El registro por delitos sexuales roza los 52.500 condenados, un 7% son menores

El consentimiento se convierte en el centro de las relaciones sexuales, la clave que configura el delito la ley de libertad sexual, del solo sí es sí, asegura la protección a las víctimas de delitos sexuales. Incorpora como agravante la sumisión química, y considera delito leve el acoso callejero, previa denuncia de la víctima. La nueva norma prohíbe los anuncios que promocionan la prostitución. Además de lo recogido en el Código penal para la difusión de vídeos íntimos de otra persona, la ley de libertad sexual prevé multas de hasta 3 meses para quien reciba una imagen y la redifunda en redes. En el texto que aprueba hoy el Congreso también se prevé que los menores que cometan agresión sexual hagan de forma obligatoria cursos de educación sexual.
Una pancarta en una manifestación contra el abuso sexual, imagen de archivo.
EP
El consentimiento se convierte en el centro de las relaciones sexuales, la clave que configura el delito la ley de libertad sexual, del solo sí es sí, asegura la protección a las víctimas de delitos sexuales. Incorpora como agravante la sumisión química, y considera delito leve el acoso callejero, previa denuncia de la víctima. La nueva norma prohíbe los anuncios que promocionan la prostitución. Además de lo recogido en el Código penal para la difusión de vídeos íntimos de otra persona, la ley de libertad sexual prevé multas de hasta 3 meses para quien reciba una imagen y la redifunda en redes. En el texto que aprueba hoy el Congreso también se prevé que los menores que cometan agresión sexual hagan de forma obligatoria cursos de educación sexual.

El Registro Central de Delincuentes Sexuales (RCDS) alcanzó a 30 de junio de 2023 un total de 52.444 condenados inscritos. De ellos, el 93% son adultos (48.816) y un 7% son menores (3.628), según las cifras del Ministerio de Justicia.

Andalucía es la región que más condenados aporta (10.061), casi dos de cada diez. Por detrás se sitúan Cataluña (7.823); Comunidad Valenciana (6.868); Comunidad de Madrid (5.246); Canarias (2.998); País Vasco (2.321); Región de Murcia (1.963); Galicia (2.365); Castilla y León (2.300) y Castilla-La Mancha (1.903).

A continuación figuran las Islas Baleares (1.811); Aragón (1.303), Extremadura (1.087); Principado de Asturias (986); Comunidad Foral de Navarra (810); Cantabria (565); La Rioja (341); Melilla (193) y Ceuta (183).

A todos ellos se unen los 1.534 condenados de los que no se informa de su procedencia, 316 del Tribunal Supremo y 66 de la Audiencia Nacional. Además, cabe destacar que el año 2022 término con 51.149 inscritos (47.626 adultos y 3.523 menores), por lo que en lo que llevamos de 2023 se han inscrito otros 1.295 condenados más.

Evitar el trabajo con menores

Este censo, creado con la idea de que un condenado contra la libertad y la indemnidad sexual no pueda trabajar con menores, fue aprobado por el Gobierno a finales de 2015, momento en el que estaban inscritos un total de 43.745 condenados. 

Por aquel entonces se quería evitar que cualquiera de ellos realizase cualquier actividad, trabajo o voluntariado en el que se estuviera en contacto con bebés, niños o adolescentes. De esta forma, ahora cualquier persona que pretende trabajar con estos, desde un trabajador de guardería hasta un monitor de campamento o un cocinero de un comedor escolar, debe acreditar en su puesto de trabajo que su historial está limpio. 

Para ello debe presentar un certificado que acredite que no está incluido en dicho registro. Es lo que sucede por ejemplo con los profesores, quienes no pueden tener antecedentes penales por delitos sexuales para ejercer la docencia, una medida que intenta plantar cara a la reincidencia en este ámbito.

Este registro incluye los datos identificativos y el perfil genético de los condenados en sentencia firme por un juzgado, algunos en más de una ocasión, por agresión, abuso sexual, acoso, prostitución, maltrato, exhibicionismo y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos con fines de explotación sexual, incluyendo la pornografía, con independencia de la edad de la víctima o del condenado. Además, esta información abarca condenas establecidas tanto en España como en otros países. 

La anulación de estos antecedentes

La cancelación de estos antecedentes penales tiene que ver con parámetros como la edad de la víctima. En el caso de que el condenado sea mayor de edad y haya causado el daño a un menor, los antecedentes no expirarán hasta tres décadas después de concluida la pena.

En el resto de casos, la inscripción en este censo, que bebe tanto del Registro Central de Penados como del Registro Central de Sentencias de Responsabilidad Penal de Menores, se puede anular cuando se han cancelado los antecedentes penales entre seis meses y diez años después de terminada la pena, dependiendo de la gravedad de ésta.

Su próxima reforma, avalada por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), pretende la adaptación de la regulación del registro a las últimas reformas legislativas en la materia, a los avances tecnológicos y a la integración efectiva del sistema europeo de información de antecedentes penales (ECRIS).

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