A juicio una inquilina que defiende que su contrato temporal es fraudulento: "Me juzgan a mí cuando deberían juzgar a mis caseros"

fotografo: Jose Gonzalez [[[PREVISIONES 20M]]] tema: Testimonio alquileres temporales fradulentos
Eunate Martínez mira por la ventana de su habitación, en el barrio madrileño de Lucero.
José González
fotografo: Jose Gonzalez [[[PREVISIONES 20M]]] tema: Testimonio alquileres temporales fradulentos

Tras un año viviendo en Madrid, Eunate Martínez, una donostiarra de 24 años, había emprendido la siempre ardua búsqueda de una nueva vivienda en la capital el verano de 2020, justo después del confinamiento.

Después de pasar por innumerables ofertas de viviendas "demasiado caras" o "en condiciones demasiado malas", por fin apareció algo en su radar que parecía encajar con lo que buscaba. Era una habitación en un piso compartido en la calle Ánsar del barrio de Lucero. Su precio, 290 euros mensuales, era más barato de lo habitual y el espacio se adaptaba a sus necesidades.

"Cuando estás en Madrid buscando piso, es imposible encontrar nada y te acoges a lo primero que encuentras más o menos decente", declara Martínez. "En cuanto vi esta habitación tenía claro que la quería, porque me encajaba en todo".

Justo dos años después, lo que parecía el prometedor inicio de una nueva etapa de su vida acabará, este martes, con ella sentada en el banquillo de los acusados por "expiración de plazo de contrato". En un inusual juicio, dado que pocos inquilinos están dispuestos a llegar tan lejos en un conflicto con sus caseros, Martínez se disputa con la propiedad si su contrato de alquiler debería ser de vivienda temporal o habitual.

"Cuando estás en Madrid buscando piso, es imposible encontrar nada y te acoges a lo primero que encuentras más o menos decente"

Los contratos de temporada difieren de los de vivienda habitual en que no están sometidos a la nueva ley de vivienda -anteriormente tampoco a la ley de arrendamientos urbanos (LAU)- y, por tanto, no tienen una duración mínima de cinco años en el caso de que el propietario sea una persona física o siete, si es una jurídica. Tampoco se ven afectados por las restricciones que se pueden imponer en las zonas declaradas como tensionadas tras la aprobación de la ley de vivienda.

Estos contratos, que tienen una duración máxima de 11 meses, son perfectamente legales, siempre y cuando se especifique un motivo por el cual la estancia del inquilino vaya a ser temporal: por un periodo vacacional, un contrato de trabajo temporal, un curso académico… Incluso estando especificado, el contrato de temporada podría ser declarado fraudulento si ese motivo no se puede justificar, por ejemplo, con un contrato de trabajo o una matrícula educativa.

"Coaccionada y amedrentada"

Martínez, que ahora tiene 27 años, compagina sus estudios de trabajo social con una beca en la universidad y un trabajo indefinido, pero a tiempo parcial, en un comedor del campus. Su situación económica es, según admite, muy precaria, motivo por el cual, firmó sin dudar el contrato de la habitación en la que vive sin caer en la cuenta de que era solo de nueve meses. Su intención, sin embargo, nunca fue la de estar solo unos meses y así se lo hizo saber a la propiedad.

"Antes de firmar el contrato, la gestora me preguntó que cuánto tiempo iba a estar y yo le dije que indefinido y me dijeron que estupendo, así que di por hecho que el contacto sería permanente", declara la donostiarra, que se empadronó en el inmueble, algo irregular en una vivienda de temporada. Al darse cuenta, junto a sus compañeras, de que en su contrato venía especificada una duración de nueve meses, preguntaron a la gestora que les respondió, según su relato, que el contrato se renovaría automáticamente y podrían estar tanto como quisieran.

En agosto de 2022 llegó un aviso inesperado. El alquiler iba a subir a 30 euros más al mes, una subida de más del 10% que la propiedad atribuyó al IPC. Martínez decidió entonces contactar con el Sindicato de Inquilinas de Madrid donde le explicaron su situación y le hicieron ver que su contrato era fraudulento.

"Ella ya dijo que necesitaba una vivienda habitual y necesitaba empadronarse en la vivienda y ellos no pusieron pegas y lo aceptaron", explica Víctor Palomo, portavoz del Sindicato de Inquilinas, que está ejerciendo desde entonces su representación y le está dando asesoría jurídica. "Es en ese caso es donde nosotros nos aferramos a decir que ese contrato no puede durar nueve meses ni un año, sino que tiene que ser de vivienda habitual a pesar de que es una habitación".

Tras una infructuosa reunión con los cuatro hermanos que son propietarios del edificio de dos plantas, en la que Martínez asegura que se sintió "coaccionada y amedrentada", la solicitud de la inquilina de que su contrato pasara a ser de vivienda habitual aceptando incluso una subida fue rechazada por los caseros. Desde entonces, Martínez recibió hasta tres burofaxes instándole a abandonar el piso a los que ella respondió que seguiría pagando lo que figuraba en su contrato y defendiendo que se trataba de un contrato temporal fraudulento.

El pasado mes de abril, la propiedad informó a Martínez que iniciaban una demanda contra ella para que abandonara la vivienda. El juicio dará comienzo este martes. Al ser contactados por este medio para que pudieran dar su versión de los hechos, los propietarios del inmueble se han limitado a decir, a través de su gestora, que no van a hacer declaraciones y que se atienen a lo que resuelva el juez al final del procedimiento.

Una cuestión de principios

El Sindicato de Inquilinas ve en este juicio una oportunidad de probar en los tribunales lo que denuncian que es "la pretensión de los caseros es la de hacer contratos de carácter temporal a inquilinos que residen de manera habitual en su vivienda con la finalidad de no tener que respetar las leyes de arrendamiento y poder subir los precios de manera unilateral cada poco tiempo".

Cuentan para ello con que la defensa judicial de Martínez -que ha asumido una abogada de oficio- se base en el "principio de la primacía de la realidad". Esta doctrina se basa en las sentencias del Tribunal Supremo del 15 de diciembre de 1999 y del 19 de febrero de 1982 por las que, en resumidas cuentas, se señaló que, a pesar de lo que se establezca en un contrato donde media la voluntad de las partes, debe apreciarse si lo estipulado en el contrato coincide con la realidad y, de no ser así, prima la realidad por encima de lo pactado en el contrato.

"Lo que esperamos es que el juez determine que la demanda está mal puesta y que se archive porque el contrato seguiría en vigor hasta el plazo de cinco años que marca la LAU", declara Palomo, que admite que, sea cual sea esta primera sentencia es muy probable que alguna de las partes recurra iniciando un largo recorrido judicial.

Eunate, por su parte, está decidida a seguir con el procedimiento hasta el final, una actitud poco habitual entre los inquilinos que se ven presionados por la propiedad en situaciones como esta y que optan generalmente por buscar otra vivienda.

"Me están juzgando a mi cuando les deberían estar juzgando a ellos porque son ellos los que están cometiendo un fraude de ley intentando hacer pasar contratos de temporada lo que realmente deberían ser contratos permanentes", declara la inquilina.

- ¿Por qué has decidido llegar hasta aquí en lugar de buscar otra vivienda?

- "Es una cuestión de principios, siento que se cometen muchos abusos contra los inquilinos y creo que tenemos que empezar a organizarnos para poder acabar con esto". 

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