El Gobierno no se plantea reformar el 'sí es sí' pese a que el Supremo ya ha rebajado seis condenas

La ministra de Igualdad, Irene Montero, en el Congreso.
La ministra de Igualdad, Irene Montero, en el Congreso.
CONGRESO
La ministra de Igualdad, Irene Montero, en el Congreso.

Han pasado tres meses desde que entró en vigor la ley del 'solo sí es sí', dos desde la primera rebaja de condena a un violador al aplicar la nueva norma y uno y medio desde que el Tribunal Supremo se pronunciara sobre la misma por primera vez. Desde entonces, al menos 180 condenados por delitos sexuales se han beneficiado ya en sus penas por la ley, y seis de esas rebajas han sido ordenadas por el alto tribunal. Mientras tanto, el Gobierno enfría la posibilidad de modificar la norma, pese a que en numerosas ocasiones apeló a la decisión del Supremo para tomar una decisión.

Este mismo viernes, la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, defendió que la ley "avanza en materia de protección" y que su articulado está todavía en fase de "aplicación". Tras recordar que el Ejecutivo ya reforzó "la voluntad del legislador" en el Código Penal, Montero ha asegurado que están esperando al "asentamiento de doctrina" que hace el Supremo cuando se pronuncia sobre, al menos, tres sentencias. Por ahora, ha valorado seis casos, pero hay que tener en cuenta que cada uno es diferente y tiene sus particularidades, por lo que hacen falta más sentencias para unificar doctrina. 

La Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual -comúnmente conocida como ley del 'solo sí es sí'- nació de la indignación social y las movilizaciones tras la primera sentencia de La Manada. El objetivo del Ministerio de Igualdad fue, desde el principio, trasladar al articulado la insignia "no es abuso, es violación", y así lo hizo. El redactado de una de las leyes estrella del departamento de Irene Montero redefinió el consentimiento sexual y eliminó la distinción entre abuso y violación. El abuso sexual desapareció del Código Penal y, desde la entrada en vigor el pasado 7 de octubre, todos los delitos sexuales pasan a estar en un mismo saco: el de las agresiones sexuales. 

Ese cambio, irremediablemente, supone una modificación de las penas. La horquilla de condenas se ensanchó, y los mínimos bajaron. ¿La consecuencia? Un goteo de rebajas de condenas y excarcelaciones a agresores sexuales que pidieron una revisión a los tribunales, amparándose en la aplicación de la norma más favorable. Dicho principio implica que, cuando haya conflicto entre dos normas penales, siempre se aplicará la más favorable para el reo. 

El PSOE pidió esperar al Supremo desde el principio

La primera noticia de rebaja de condena a un violador en el mes de noviembre originó un revuelo social y político, pues sacaba a relucir ciertas lagunas en la ley del Ejecutivo. Ya lo reconoció entonces María Jesús Montero: el objetivo nunca fue atenuar condenas, sino "todo lo contrario". 

Menos autocríticos fueron los impulsores de la norma. En Igualdad acusaron a algunos jueces de interpretar erróneamente el articulado y desde un sesgo machista. "Con una debida formación, esto no habría sucedido", espetó la delegada del Gobierno contra la Violencia de Género, Victoria Rosell, en una rueda de prensa desde el Ministerio.

Con todo, la parte socialista del Gobierno no descartó en ningún momento impulsar alguna reforma. Insistieron más de una vez en que la del 'sí es sí' es una buena ley que, más allá de condenar a agresores sexuales, ofrece un abanico de recursos de atención y reparación para las víctimas. Eso sí, pedían continuamente esperar a ver la postura del Tribunal Supremo antes de tomar una decisión. 

Así lo hizo el propio presidente del Gobierno, Pedro Sánchez: "Creo que es importante esperar a que se pronuncie el TS para que se unifique toda esa doctrina y garanticemos entre todos la seguridad de las mujeres", aseveró durante un acto organizado por el PSOE con motivo del 25N, Día Internacional contra la Violencia de Género.

Un fallo inesperado

Sin embargo, el alto tribunal no falló como esperaban. La primera vez en pronunciarse fue sobre el 'caso Arandina', a finales de noviembre. Los magistrados elevaron a 9 años las condenas a dos de los exjugadores de fútbol acusados de agredir sexualmente a una menor, pero subrayaron que el castigo habría sido de un año más antes de la entrada en vigor de la ley del 'solo sí es sí'. 

Esta fue la primera sentencia dictada por el Supremo, el órgano judicial que sirve de referencia al resto de tribunales inferiores y el que sienta la jurisprudencia. 

Semanas después, el PSOE y Unidas Podemos anunciaban un acuerdo para modificar el Código Penal y tratar de corregir la interpretación que están dando algunos jueces de la ley. Y así lo hicieron, a través de una enmienda a la reforma del Código Penal para reformar el delito de sedición y rebajar el de malversación. 

Los socios de coalición no modificaron la ley de libertad sexual, ni tampoco la propuesta penal que se contempla en ella; sino que introdujeron en la exposición de motivos del Código Penal un nuevo párrafo en el que expresan cuál es la voluntad del legislador a la hora de aplicar reformas. 

El portavoz socialista en el Congreso, Patxi López, aseguró en diciembre que la intención de la enmienda no era otra que dar "un toque de atención a los tribunales para que no vayan por ahí, porque la ley permite lo contrario". Sin embargo, al no figurar esta aclaración en el articulado, no sería vinculante en un principio, ya que tiene valor interpretativo, no normativo.

Todavía no se ha unificado doctrina

Esta reforma no entró en vigor hasta este jueves, 12 de enero, por lo que apenas ha dado tiempo a contemplar si ha habido cambio o no por parte de los tribunales a la hora de aplicar la nueva ley. De hecho, la portavoz del Gobierno, Isabel Rodríguez, dejó abierta la posibilidad de introducir más cambios en la norma a principios de enero. "El Gobierno está muy pendiente de la aplicación de esas normas y del trabajo que están haciendo los tribunales, especialmente el Tribunal Supremo, para poder valorar cualquier otra acción", insistió. 

Pues bien, el alto tribunal ha rebajado ya un total de seis condenas por delitos de agresión sexual desde que entró en vigor la ley de libertad sexual. La última, este viernes, cuando los magistrados acordaron rebajar de 13 años y 6 meses a 12 años la pena que se le impuso a un hombre condenado por un delito continuado de agresión sexual a su sobrina de 8 años. Es también, por tanto, la primera pena del Supremo desde que este jueves entrara en vigor la reforma del delito de sedición y el de malversación, en la que los socios de Gobierno incluyeron una enmienda específica para evitar, precisamente, que los jueces fallaran a favor de rebajar condenas.

A partir de tres sentencias ya hay jurisprudencia, es decir, que ese conjunto de sentencias emitidas ya crean una pauta, una guía, para solucionar problemas jurídicos semejantes. 

No obstante, tal y como han apuntado fuentes del Supremo a Europa Press, para que se aclaren las reglas de aplicación de la ley del 'solo sí es sí' a las sentencias firmes, se tiene que fallar en el mismo sentido en casos similares. "Y hasta conseguirlo, podrían pasar meses", según apuntan. Además, explican que, aunque el 'caso Arandina' fue una primera manifestación, no sirve para fijar doctrina porque es un asunto que ya estaba pendiente de un recurso de casación y tenía elementos jurídicos a ponderar más allá de la nueva ley.

En todo caso, pase lo que pase, ya no hay marcha atrás, porque la ley ya entró en vigor y siempre se aplicará la norma más favorable. Y es que cualquier cambio que impulse el Ejecutivo solo se aplicaría a los delitos que se cometan desde que se apruebe.

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