Dentista, podólogo, ITV, averías en casa, en el vehículo, pasaporte... Resueltas algunas dudas que genera el coronavirus

Imagen recurso de revisión dentista
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Que no cunda el pánico. Si bien es cierto que con el estado de alarma muchos sectores han paralizado por completo su actividad, otros muchos siguen al pie del cañón para solucionar imprevistos o urgencias que puedan surgir estos días de confinamiento por el coronavirus.

En este artículo intentamos resolver algunas de las dudas más frecuentes en materia de averías, urgencias sanitarias (dentistas, podólogos…) así como vigencia de documentación.

Dentista

El presidente del Consejo General de Dentistas, Óscar Castro Reino, explica a 20minutos que la situación en la que se encuentran ahora mismo las clínicas dentales es muy complicada: “El Ministerio de Sanidad nos ha pedido que donemos todo nuestro material de protección porque la gente que está en primera línea (médicos y enfermeros) lo necesita. Nos hemos quedado sin material y estamos en una situación de desabastecimiento, por lo que no podemos atender a nuestros pacientes”.

Por eso ahora mismo las clínicas están cerradas, aunque si una persona tiene una urgencia, “como inflamaciones, dolor, traumatismos dentales, etc., se tiene que dirigir en primera instancia a su dentista, porque, aunque esté cerrado, prácticamente todos tienen los teléfonos desviados para urgencias, prescripciones…”. En tal caso el experto le podría orientar y mandar a los servicios de la sanidad pública para que le atiendan allí. “Si no recibiera contestación, que se dirija a directamente los dentistas de la sanidad pública”.

Es preciso tener en cuenta que este colectivo está pidiendo que se decrete el cierre oficial de todas las clínicas “y se dejen abiertas algunas para atender urgencias”, eso sí, con los Equipos de Protección Individual (EPI) de los que ahora mismo carecen.

Podólogo

El Consejo General de Colegios Oficiales de Podólogos de España explica a este medio que "se siguen atendiendo las urgencias cumpliendo las recomendaciones de seguridad, siempre que haya EPI”. Por urgencias entienden “uñas encarnadas, posoperatorios, úlceras…”, aunque recuerdan que la “mayor parte de los tratamientos no suelen ser urgentes”.

Respecto al lugar de la consulta, indican que en función del problema será necesario que acudan a la clínica o no, dependiendo de los materiales que se necesiten utilizar para la intervención. No obstante, para casos muy graves en los que las personas no se pueden mover sí que atienden a domicilio, pero no es lo habitual.

Averías de luz, agua, electrodomésticos...

Desde la Confederación Nacional de Asociaciones de Instaladores y Fluidos (Conaif) explican a este periódico que estos servicios “se siguen atendiendo, aunque hay algunas empresas que los han dejado de prestar”. Hacen hincapié en que únicamente se pueden solicitar en ocasión de extrema urgencia, por ejemplo, “si una persona se queda sin luz o se queda sin agua”. Una reparación que en estos momentos no sería urgente sería si la pila se atasca un poco.

Cuando el problema ya ha ocurrido, lo que el cliente debe hacer es “ponerse en contacto con una empresa instaladora y decirle lo que le ocurre”. Hasta su hogar acudirán los expertos necesarios “manteniendo las recomendaciones de seguridad prescritas el Ministerio de Sanidad”, aunque una de sus denuncias al departamento de Salvador Illa es que "no cuentan con equipos de protección suficiente”.

Vehículo averiado

Hay profesionales que, ahora más que nunca, necesitan que sus vehículos no les dejen tirados en medio de la carretera. Es el caso de los transportistas, los conductores de ambulancias, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, los conductores de transporte público… Por eso, para ellos está más que garantizada la atención en los talleres.

En el caso de los ciudadanos de a pie, la Confederación Española de Talleres de Reparación de Automóviles y Afines remite a las excepciones recogidas en el Real Decreto por el que se establece el estado de alarma para especificar quién podría beneficiarse de este tipo de servicios: 

  • Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad.
  • Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
  • Desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial.
  • Retorno al lugar de residencia habitual.
  • Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
  • Desplazamiento a entidades financieras y de seguros.
  • Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
  • Cualquier otra actividad de análoga naturaleza que habrá de hacerse individualmente, salvo que se acompañe a personas con discapacidad o por otra causa justificada.

Bombona de butano

Aquellos hogares que dependan de la bombona de butano no tienen de qué preocuparse. Esta les seguirá llegando a casa y, además, hasta septiembre está prohibido que las compañías que las comercializan suban sus precios, según establece el Real Decreto-ley 8/2020 de marzo de 2020.

Concretamente, este documento establece que, debido a las circunstancias excepcionales, “se congelan los precios correspondientes a los gases licuados del petróleo” y además “se amplía la cobertura de colectivos vulnerables en el ámbito del suministro de servicios públicos esenciales, en particular en el ámbito del agua, el gas natural y la electricidad”.

Renovación del Pasaporte/DNI

Según explican fuentes de la Policía Nacional a este periódico, las circunstancias varían dependiendo de si nos referimos al DNI o al pasaporte. En el caso del DNI, “se ha extendido la validez de todos los DNI que expiraban en estas fechas durante un año”, por lo que no habría mayor problema.

Sin embargo, en el caso de los pasaportes, la cosa cambia. Lo primero que tiene que valorar el sujeto que desea sacarse o renovar el pasaporte es si es “realmente urgente”, teniendo en cuenta las restricciones de vuelos y de transportes. Si verdaderamente el afectado no puede esperar, tendrá que acercarse a la “Oficina de Documentación más cercana, donde valorarán si su caso está justificado o no”, aunque, según las mismas fuentes, no hay unos criterios establecidos que marquen las excepciones en las que sí se renovaría dicha documentación.

ITV

La Asociación Española de Entidades Colaboradoras de la Administración en la Inspección Técnica de Vehículos (ITV) resuelve en su página web algunas de las dudas que puedan surgir a los conductores.

La primera y quizá más importante es que a “aquellos vehículos que les caduque la inspección en este periodo podrán circular sin problemas en cuanto a multas y seguros”. Asimismo, informan de que “durante el periodo de cierre no se atenderán citas previas. Para cuando finalice el estado de alarma” aún están analizando cómo se retomarán esas citas para que no haya colapsos en las estaciones ni haya problemas para los usuarios.

Por otro lado, cuando todo vuelva a la normalidad, el plazo que tendrán los propietarios de los conductores para pasar la ITV será el mismo que los clientes tenían antes de que se decretara el estado de alarma. Para más información, puedes consultar las preguntas y respuestas de la página web de la Asociación Española de Entidades Colaboradoras de la Administración en la Inspección Técnica de Vehículos.

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