Cuidado con los bulos sobre el voto por correo en las elecciones del 4-M en Madrid

Cuidado con los bulos sobre el voto por correo en las elecciones del 4-M en Madrid
Cuidado con los bulos sobre el voto por correo en las elecciones del 4-M en Madrid
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Cuidado con los bulos sobre el voto por correo en las elecciones del 4-M en Madrid

Coincidiendo con las elecciones a la Comunidad de Madrid del 4 de mayo, están circulando varios bulos que hablan de fraude en el voto por correo. Aunque la desinformación siempre está presente en campaña, este tipo de mentiras siembran dudas en el sistema electoral y generan incertidumbre y confusión en torno a la votación. Si has recibido un posible bulo de este tipo, puedes hacérnoslo llegar a través de WhatsApp (+34 644 22 93 19).

Un ejemplo de estos bulos es el que dice que cuando se emite el voto por correo es obligatorio que te identifiquen. La realidad es que Correos pide el DNI al solicitar y recoger el voto, pero no al emitirlo. Además, no se trata de una normativa nueva, sino que es así desde 1985, fecha en la que entró en vigor la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG). También lo acordó de esa forma la Junta Electoral Central en 1991.

No, no hay un fraude electoral porque "la gente que aparece en el voto por correo aparece también en las listas de voto presencial": esos electores aparecen identificados para que no puedan votar dos veces

También han circulado contenidos en redes que decían que se iba a producir un fraude electoral ya que las personas que aparecen en las listas de voto por correo también están en las de voto presencial. Las personas que reciben el certificado para votar por correo sí aparecen en las listas de voto presencial, pero eso no supone ningún fraude: salen precisamente para evitar que voten dos veces, tal y como lo afirmó a Maldita.es tanto la Junta Electoral Central como el Instituto Nacional de Estadística (INE), organismo del que depende la oficina del censo electoral.

Para distinguirlos de los electores que votan en persona, los que hayan recibido el certificado de voto por correo aparecen en las listas junto a una letra ‘C’ que sirve para identificarlos.

No, no es cierto que “desde el año 2016 la Guardia Civil ya no custodia los votos por correo”: esta medida nunca ha estado contemplada en la LOREG

Circula en redes sociales un vídeo en el que Rafael Palacios, quien es presentado como fundador de la Asociación Plataforma de Elecciones Transparentes, asegura que “desde el año 2016 la Guardia Civil ya no custodia las sacas de los votos” en referencia a los votos por correo, motivo por el que plantea que podría dar lugar a un fraude electoral.

Pero es un bulo que la Guardia Civil haya dejado de custodiar los votos por correo en 2016: desde el cuerpo aseguran que nunca han hecho custodia de los votos que llegan por correo, tal y como podemos comprobar en el artículo 73.4 de la LOREG que especifica que los custodia el "Servicio de Correos". Este artículo, desde su entrada en vigor en 1985, sólo ha sido modificado una vez para añadir que los sobres recibidos después de las 20 horas del día de la votación “se remitirán a la Junta Electoral de Zona”. De igual forma, desde Correos indican a Maldita.es que se trata de un contenido falso.

No, los votos por correo no se han dejado de contabilizar "por separado" respecto a los presenciales: se contabilizan al mismo tiempo desde que se aprobó la LOREG

Otra desinformación que relacionada con el voto por correo que vuelve es la que dice que los votos emitidos por esa vía han dejado de contabilizarse “por separado” respecto a los presenciales. Lo cierto es que los votos por correo se introducen en las urnas junto con los presenciales cuando cierran los colegios electorales y se contabilizan ambos al mismo tiempo. Esto ha sido así desde que se aprobó la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) en 1985.

La LOREG establece en su artículo 88 que, después de anunciar a las 20:00 que se va a concluir la votación, el presidente de la mesa electoral "procede a introducir en las urnas los sobres que contengan las papeletas de voto remitidas por correo". Esto no es nada nuevo, puesto que ya se establecía así en la ley original de 1985.

No, no hay "fraude en el voto por correo" usando el voto CERA (Censo Electoral de los Residentes Ausentes)

Un bulo que ya apareció durante las anteriores elecciones generales de 2019 señala que se estaría produciendo un fraude en el voto por correo a través del Censo Electoral de los Residentes Ausentes (CERA). Esta desinformación, que ha circulado en forma de vídeo, compara el aumento del voto por correo desde las elecciones generales del año 2000 hasta las elecciones generales de abril de 2019 con la bajada en votos a partir de 2011 del voto CERA (Censo Electoral de los Residentes Ausentes, aquellos que residen fuera de España por más de un año) pese al aumento del número de electores CERA. Con este argumento, se afirmaba que en abril de 2019 se produjo un fraude en el voto por correo, asegurando que había personas votando por correo en lugar de los electores en el extranjero. Era un bulo.

Tal y como se especifica en el artículo 31 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General (LOREG), existen dos censos electorales distintos: el censo de los residentes en España y el censo de los electores residentes-ausentes que viven en el extranjero. Como ya explicamos en Maldita.es, nadie en el censo CERA puede pedir el voto por correo normal y nadie que aparezca en el censo CERA está en el censo de la mesa donde introducen el voto por correo normal en la urna. Los electores CERA pueden votar en urna en el consulado o por correo postal a ese consulado. Si opta por votar por correo al consulado, ese voto se considera CERA al igual que los votan en urna en el consulado y no voto por correo normal.

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