Los derechos del trabajador y las condiciones durante un ERTE

Sánchez preside hoy el primer Consejo de Ministros virtual de la historia de Esp
El Consejo de Ministros valora agilizar las medidas del ERTE. 
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Tras el brote de coronavirus en España, son muchas las empresas que han abogado por una causa de fuerza mayor para aplicar un ERTE durante el periodo que duren las medidas del estado de alarma declarado en el país. Así, la incertidumbre se ha sembrado sobre muchos trabajadores.

Un ERTE es un expediente de regulación temporal de empleo, es decir, la suspensión del contrato o la jornada laboral de un trabajador por distintos motivos que pueden ser económicos, técnicos, organizativos, de producción o de fuerza mayor. 

El ERTE se regula en la Ley del Estatuto de los Trabajadores, concretamente en el Artículo 57. 

¿Qué derechos tiene el trabajador tras un ERTE?

En primer lugar, los trabajadores tendrán que ser informados por el empresario de la suspensión de sus contratos. Si solamente se trata de una reducción de la jornada laboral y no de la suspensión del contrato, esta reducción tendrá que ser de entre un 10% y un 70% de la jornada de trabajo “computada sobre la base de una jornada diaria, semanal, mensual o anual”. 

En segundo lugar, todos los trabajadores que hayan sido suspendidos de su trabajo por un ERTE, tienen derecho a cobrar la ayuda por desempleo siempre y cuando cumplan los requisitos que se necesitan para cobrar esta prestación. 

Debido al coronavirus como causa de fuerza mayor que ha llevado a muchas empresas a realizar un ERE temporal, se baraja la idea de que todos los trabajadores tengan opción a la ayuda por desempleo independientemente de la cotización requerida.

También, en el Real Decreto 1483/2012 que regula los ERE y los ERTE, se establece en el Artículo 16 que "durante las suspensiones de contratos de trabajo o las reducciones de jornada se promoverá el desarrollo de acciones formativas vinculadas a la actividad profesional de los trabajadores afectados". 

Además, el ERTE es solamente una suspensión temporal de empleo por un motivo determinado, por lo que este tiempo debe estar fijado de antemano, aunque luego pueda prolongarse más en caso de ser necesario. Así, los trabajadores no tienen derecho a cobrar indemnización por parte de la empresa, ya que no es un despido como tal. 

Sin embargo, la empresa sí que tiene que seguir pagando durante el tiempo que dure el ERTE la afiliación a la Seguridad Social de los trabajadores.

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