A FONDO | Así cambian las penas a agresores sexuales con la 'contrarreforma' del PSOE

Las penas de cárcel por delitos sexuales según cada propuesta penal.
Las penas de cárcel por delitos sexuales según cada propuesta penal.
Carlos G. Kindelán
Las penas de cárcel por delitos sexuales según cada propuesta penal.

La polémica surgida en torno a la ley del 'solo sí es sí' tras las rebajas de penas a agresores sexuales que su aplicación ha traído consigo ha llevado al debate público el análisis de cómo se debe castigar cada delito contra la libertad sexual. Para ello, juristas, expertos y partidos políticos aluden a distintos sistemas que están, han estado o pueden estar en vigor: cómo se castigaban estos delitos en el Código Penal de 1995, cómo se penan ahora con la ley del Ministerio de Igualdad, y cómo se podrían condenar según las distintas propuestas de reforma que -de momento solo el PSOE y el PP- se han puesto sobre la mesa.

La ley de libertad sexual, comúnmente conocida como ley del 'solo sí es sí' marcó un cambio de paradigma, y de esquema, al consagrar el consentimiento como eje de cualquier relación sexual y aunar en un solo delito lo que antes eran dos, el abuso y la agresión sexual. 

Sin embargo, las revisiones de condenas que empezaron nada más entrar en vigor la norma el pasado 7 de octubre, empujaron a los socios de coalición a sentarse y negociar una reforma para atajar el problema. El acuerdo no ha sido posible, y los socialistas presentan hoy en solitario una proposición de ley en el Congreso de los Diputados para reformar el 'sí es sí' y volver, en cierta parte, al esquema penal anterior.

En Unidas Podemos la noticia no ha sido bien recibida y denuncian que sus socios hayan impulsado una reforma de forma unilateral y recuperando la violencia y la intimidación como aspectos a tener en cuenta para computar penas más altas. En la oposición, el PP afea al PSOE que haya presentado una iniciativa exactamente igual a la que ellos mismos registraron "hace 50 días". Ahora bien, ¿cómo queda el esquema penal en cada uno de los textos?

Las penas de cárcel por delitos sexuales según cada propuesta penal.
Las penas de cárcel por delitos sexuales según cada propuesta penal.
Carlos G. Kindelán

El Código Penal de 1995

Para entender cómo se ha llegado a la situación actual hay que echar la vista atrás. Y es que hasta la ley del 'solo sí es sí', el Código Penal que imperaba para condenar delitos contra la libertad sexual era el de 1995. Este estaba basado en un sistema que distinguía dos tipos de delitos, según la gravedad: el abuso sexual (más leve) y la agresión sexual (más grave). Para diferenciar ambos se precisaba de un detalle que ha pasado a primer plano en los últimos días: si se había producido el delito con violencia o intimidación. Así es como quedaban entonces las penas:

El abuso se definió como aquel acto sexual no consentido que se ejecute, sin violencia o intimidación, "sobre personas que se hallen privadas de sentido de cuyo trastorno mental se abusare, así como los que se cometan anulando la voluntad de la víctima mediante el uso de fármacos, drogas o cualquier otra sustancia natural o química". Así, se castigaba: 

  • El abuso sexual: 1-3 años de prisión
  • ​El abuso sexual con penetración: 4-10 años de prisión

Por otro lado, cuando el delito se cometía empleando "violencia, intimidación o abuso de una situación de superioridad o de vulnerabilidad de la víctima", pasaba a considerarse como agresión sexual y, por ende, a castigarse con mayor severidad: 

  • Agresión sexual: 1-5 años 
  • Agresión sexual con penetración: 6-12 años
  • Agresión sexual con agravantes (de carácter vejatorio, grupal, vulnerabilidad, etc.): 5-10 años 
  • Agresión sexual con penetración y agravantes: 12-15 años

Las penas relativas a los delitos sexuales cometidos contra menores de 16 años eran distintas: 

  • Abuso sexual a menores de 16 años: 2-6 años ​
  • Abuso sexual con penetración a menores de 16: 8-12 años (mitad superior de la pena si hay agravantes)
  • Agresión sexual a menores de 16 (con violencia): 5-10 años
  • Agresión sexual con penetración a menores de 16 (con violencia): 12-15 años

Ley del 'solo sí es sí'

La ley de libertad sexual, comúnmente conocida como ley del 'solo sí es sí', entró en vigor el pasado 7 de octubre con dos novedades principales: pivotaba sobre la redefinición del consentimiento expreso (cualquier acto no consentido es agresión sexual) y eliminaba la distinción anterior entre abuso y agresión. Así, al unificar dos tipos de delitos en uno, la horquilla de penas se ensanchó, y el mínimo general pasó a ser más bajo (pues pasó a ser el del mínimo que antes estaba para el abuso sexual): 

  • Agresión sexual: 1-4 años 
  • Agresión sexual con penetración: 4-12 años
  • Agresión sexual agravada (violencia de "extrema gravedad", vulnerabilidad, relación afectiva, sumisión química, etc.): 2-8 años
  • Agresión sexual con penetración agravada: 7-15 años

En cuanto a las agresiones a los menores de 16 años, la pena más baja (la que iba de 2 a 6 años de prisión por abuso sexual) no ha sido alterada con la ley del 'solo sí es sí'. Pero sí cambiaron las penas para las agresiones sexuales con penetración:

  • Agresión sexual con penetración a un menor de 16 años: 6-12 años
  • Agresión sexual con penetración a menores de 16 años y con especial violencia: 10-15 años 

Propuesta de reforma del PSOE y el PP

Ante el goteo de rebajas de condenas y excarcelaciones a agresores sexuales iniciada nada más entrar en vigor la ley, el Gobierno empezó a trabajar en una reforma de la ley para tratar de enmendar esos "efectos indeseados". Lo cierto es que los dos partidos que conforman el Ejecutivo han estado semanas negociando para ver cuál era la vía más adecuada para afrontar esa modificación de la norma. 

Pero ante la ausencia de acuerdo, el PSOE decidió esta semana registrar su iniciativa en solitario, la cual volvía a recuperar los condicionantes de violencia o intimidación para agravar las penas. Es decir, mantenía los tipos básicos, pero incluía un escalón intermedio para distinguir y castigar con mayor dureza aquellas agresiones cometidas con violencia. Una propuesta que, además, es prácticamente igual a la que presentó el PP en el mes de diciembre:

  • Agresión sexual: 1-4 años (no cambia)
  • Agresión sexual agravada: 2-8 años (no cambia)
  • Agresión sexual con penetración (no cambia): 4-12 años
  • Agresión sexual con penetración agravada (no cambia): 7-15
  • Agresión sexual con violencia o intimidación: 1-5 años
  • Agresión sexual con violencia o intimidación agravada: 7-15 años
  • Agresión sexual con penetración y violencia o intimidación: 6-12 años
  • Agresión sexual con penetración, violencia y agravantes: 12-15 años

En lo que respecta a los menores de 16 años, el PSOE propone en su reforma volver al modelo anterior a la ley del 'solo sí es sí'. Esto es, volver a subir los mínimos en la horquilla de penas con las que se castigaban los delitos agravados y que, a juicio de los socialistas, "son más proporcionadas en relación con las formas de violencia sexual a un menor de edad"

  • Agresión sexual con penetración a menores de 16 años: 8-12 años
  • ​Agresión sexual con penetración y especial violencia a menores de 16 años: 12-15 años
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