La justicia condena a la Generalitat por poner en riesgo a un mosso que trabajó durante el estado de alarma teniendo problemas de salud

  • El TSJC considera que el Departament de Interior vulneró derechos fundamentales del agente.
  • El policía alegó enfermedades respiratorias y renales, pero no obtuvo el permiso de ausentarse hasta días después.
Control de movilidad de los Mossos d'Esquadra en la N-260 en Sort (Lleida).
Control de movilidad de los Mossos d'Esquadra en la N-260 en Sort (Lleida), durante el estado de alarma por coronavirus.
ACN
Control de movilidad de los Mossos d'Esquadra en la N-260 en Sort (Lleida).

La sala del contencioso–administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya TSJC ha confirmado la sentencia de un juzgado de Girona que concluye que el Departament de Interior de la Generalitat vulneró derechos fundamentales de un agente de tráfico de los Mossos d'Esquadra en marzo del 2020. 

En concreto, la sala ha rechazado el recurso del Departament y ha considerado que se puso en riesgo la salud del agente durante los días que tuvo que ir a trabajar, cuando él había pedido permiso para ausentarse del puesto de trabajo por deber inexcusable alegando, en un escenario de estado de alarma por el coronavirus, y porque sufría asma, insuficiencia renal crónica y proteinuria.

Trabajó mientras esperaba una respuesta

Los hechos se remontan a marzo del 2020, cuando el agente tuvo que ir a trabajar entre el 19 y el 27 del mismo mes mientras esperaba respuesta a varias solicitudes hechas para ausentarse de su puesto de trabajo alegando el riesgo para la salud que le representaba ir presencialmente a trabajar.

La sala, en la misma línea que ya lo hizo un juzgado de Girona, considera que la actuación de la administración infringió los derechos fundamentales invocados por el trabajador. Según recoge la interlocutoria del TSJC, ante las primeras sucesivas peticiones la administración "mostró una pasividad inexcusable poniendo en riesgo la salud del solicitante". Por su parte, el agente había invocado el derecho a la vida y a la integridad física y moral.

Interior "mostró una pasividad inexcusable poniendo en riesgo la salud del solicitante", según el TSJC

El agente en cuestión solicitó a la responsable de seguimiento y valoración médica de la Dirección General de la Policía ausentarse el 19 de marzo y aportó documentación médica que probaba las enfermedades respiratorias y renales que sufría. La respuesta del servicio médico a su solicitud, no obstante, no llegó hasta el día 27. El día 31, cuatro días más tarde, la Subdirección General de Recursos Humanos de la Dirección General de la Policía incluyó al agente entre el listado de personas "altamente sensibles" ante el contexto de la covid-19 y se indicó la autorización para el confinamiento domiciliario del trabajador.

En un comunicado, el sindicato USPAC ha celebrado la decisión del TSJC y ha asegurado que las medidas cautelares ganadas a primeros de la pandemia, como la no reincorporación al trabajo sin un test negativo por covid, fueron "esenciales" para la protección de los trabajadores.

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