El BOE pone fecha a los exámenes de Selectividad: entre el 22 de junio y el 10 de julio en convocatoria ordinaria

  • La convocatoria extraordinaria tiene que celebrarse antes del 17 de septiembre, según consta en el BOE.
  • "Cada prueba de la evaluación de Bachillerato para el acceso a la Universidad tendrá una duración de 90 minutos".
Alumnos extremeños realizando las pruebas de la EBAU
Alumnos extremeños realizando las pruebas de la EBAU
JUNTA DE EXTREMADURA
Alumnos extremeños realizando las pruebas de la EBAU

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha fijado definitivamente que la prueba de Evaluación de Bachillerato para el Acceso a la Universidad (EBAU) se celebrará entre el 22 de junio y el 10 de julio en convocatoria ordinaria y antes del 17 de septiembre en extraordinaria.

El BOE recuerda que se ha suspendido la actividad educativa presencial en todos los centros y etapas, ciclos, grados, cursos y niveles de enseñanza por el estado de alarma decretado por el coronavirus y señala que, por tanto, se hace necesario adaptar el contenido de las pruebas y modificar las fechas de la evaluación de Bachillerato para el acceso a la Universidad que se encuentran reguladas en la Orden PCM/139/2020, de 17 de febrero.

Así, se cambian los artículos 6, 8 y 9 de dicha Orden para plasmar lo acordado entre el Ministerio de Educación y Formación Profesional, el de Universidades y las comunidades autónomas.

En el 9 se fijan las fechas para la realización de las pruebas que ahora "deberán celebrarse entre el 22 de junio y el 10 de julio de 2020" en convocatoria ordinaria, con los resultados provisionales publicados antes del 17 de julio de 2020. 

En cuanto a las pruebas correspondientes a la convocatoria extraordinaria "deberán realizarse con fecha límite el 17 de septiembre de 2020, inclusive". "Los resultados provisionales de las pruebas serán publicados con fecha límite el 23 de septiembre de 2020, inclusive", indica.

También se modifica el artículo 6 que se refiere a la longitud de las pruebas. De ese modo, se establece que se realizará una prueba por cada una de las materias objeto de evaluación y en cada una, el alumnado dispondrá de una única propuesta de examen con varias preguntas.

En la elaboración de la prueba se tendrá en cuenta que el número de preguntas que deba desarrollar el alumno o alumna se adapte al tiempo máximo de realización de la prueba, incluyendo el tiempo de su lectura. Además, tendrá que responder, a su elección, a un número de preguntas determinado previamente por el órgano competente en cada Comunidad.

"El citado número de preguntas se habrá fijado de forma que permita a todos los alumnos alcanzar la máxima puntuación en la prueba, con independencia de las circunstancias en las que este pudiera haber tenido acceso a la enseñanza y el aprendizaje durante la suspensión de la actividad lectiva presencial. Para realizar el número máximo de preguntas fijado todas las preguntas deberán ser susceptibles de ser elegidas", determina el texto publicado. 

Duración y estructura de las pruebas

Asimismo, se establece que "cada una de las pruebas de la evaluación de Bachillerato para el acceso a la Universidad tendrá una duración de 90 minutos". "Se establecerá un descanso entre pruebas consecutivas de, como mínimo, 30 minutos y no se computará como periodo de descanso el utilizado para ampliar el tiempo de realización de las pruebas de los alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo a los que se les haya prescrito dicha medida".

Además, se indica que la evaluación de Bachillerato para el acceso a la Universidad tendrá, preferentemente, una duración de un máximo de cuatro días y, en aquellas comunidades con lengua cooficial, tendrá, preferentemente, una duración de un máximo de cinco días.

Por último, se cambia el artículo 8 para determinar que "en cada una de las pruebas se procurará considerar al menos un elemento curricular de cada uno de los bloques de contenido, o agrupaciones de estos, que figuran en la matriz de especificaciones de la materia correspondiente".

Fórmula de la calificación

"Al menos el 70% de la calificación de cada prueba deberá obtenerse a través de la evaluación de estándares de aprendizaje seleccionados entre los definidos en la matriz de especificaciones de la materia correspondiente", reza el BOE.

"Las administraciones educativas podrán completar el 30% restante de la calificación a través de la evaluación de estándares de los establecidos en el anexo I del Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre. Los porcentajes de ponderación asignados a cada bloque de contenido en la prueba completa de cada materia, constituida por el total de preguntas que se le ofrecen para elegir al alumnado, harán referencia a la puntuación relativa que se asignará a las preguntas asociadas a los estándares de aprendizaje de los incluidos en dicho bloque. Estas ponderaciones son orientativas".

"En la elaboración de cada una de las pruebas de la evaluación se procurará utilizar al menos un estándar de aprendizaje por cada uno de los bloques de contenido, o agrupaciones de los mismos, que figuran en la matriz de especificaciones de la materia correspondiente", concluye.

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