Los consumidores podrán disfrutar gratis los servicios que ya hayan pagado por un tiempo equivalente al del confinamiento

  • Los usuarios podrán pedir nuevas fechas para viajes ya pagados u obtener un bono para gastar en el plazo de un año, si han reservado por agencia. 
  • Para servicios con cuotas ya pagadas, como gimnasios o guarderías, la empresa tendrá que ofrecer gratis sus servicios por el tiempo no disfrutado.
El ministro de Consumo, Alberto Garzón, compareciendo este viernes.
El ministro de Consumo, Alberto Garzón.
EFE
El ministro de Consumo, Alberto Garzón, compareciendo este viernes.

El Consejo de Ministros aprobó este martes dos paquetes de medidas impulsados por el Ministerio de Consumo que lidera Alberto Garzón: el primero para fortalecer las prohibiciones a la publicidad del juego online que se decretaron el pasado febrero, y el segundo para determinar qué ocurre con los bienes y servicios ya contratados que no se están pudiendo disfrutar por el confinamiento.

Este segundo bloque busca evitar, en la medida de lo posible, los reembolsos del precio pagado en un momento en el que las empresas afrontan fuertes pérdidas. Fuentes próximas al Ejecutivo explican que la idea de la norma es que los consumidores y los negocios lleguen a un acuerdo para disfrutar los servicios y productos ya sufragados una vez termine el estado de alarma. Estos servicios y productos se dividen en tres grupos: los combinados, los puntuales y los sostenidos. Y para cada uno de ellos se establecen diferentes normas.

En primer lugar, se entienden como servicios sostenidos aquellos por los que el usuario paga para utilizarlos durante un tiempo: los gimnasios con cuota mensual, las guarderías, las academias, etc. Cuando se haya pagado una cuota que el usuario no está pudiendo disfrutar, el negocio tendrá que intentar llegar a un acuerdo con el consumidor para resarcirle. Por ejemplo: si el usuario tenía pagado el gimnasio para tres meses y el confinamiento dura mes y medio, el gimnasio tendrá por ley que ofrecerle mes y medio gratis. Si al consumidor no le interesa la oferta, estará facultado para pedir la devolución del dinero.

En segundo lugar, los bienes y servicios combinados son, por ejemplo, los viajes que se adquieren a través de una agencia, que es la que gestiona la reserva del transporte, el hotel o las excursiones. Para aquellas personas que reservaron un viaje en una agencia y no lo han podido disfrutar por el confinamiento, el decreto de Garzón establece que el negocio estará obligado a ofrecer al cliente un bono de una duración de un año por el mismo valor del viaje que se ha perdido. Si en ese año el usuario no ha podido disfrutarlo, podrá solicitar el reembolso de lo pagado.

Por último, los bienes y servicios puntuales son aquellos que el usuario adquiere una sola vez. Siguiendo con el ejemplo del viaje, si el consumidor reservara por separado el hotel, el transporte o las excursiones, cada producto se consideraría un servicio puntual. Y, en estos casos, la nueva norma establece un plazo de 60 días para que el proveedor ofrezca una alternativa para otras fechas por el mismo valor del servicio no disfrutado. Si al cliente no le interesa o no puede encontrar una fecha en la que viajar, a partir de esos 60 días podría solicitar el reembolso.

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