Galicia convoca 14 becas de formación en oficinas de turismo: plazos y requisitos

Oficina municipal de turismo de Ourense.
Oficina municipal de turismo de Ourense.
Turismo Galicia
Oficina municipal de turismo de Ourense.

La Xunta de Galicia ha convocado 14 becas de formación práctica en las distintas oficinas de información turística situadas en las ciudades de A Coruña, Lugo, Ourense, Pontevedra, Vigo y Santiago de Compostela. Así lo ha recogido este lunes el Diario Oficial de Galicia (DOG), donde se establece que el plazo de solicitud estará abierto hasta el 18 de abril.

Este programa formativo, para el que Turismo Galicia destina 90.000 euros, se desarrollará a lo largo de este año y tendrá una duración máxima de seis meses, que empezarán a contar desde el día que se inicien las citadas prácticas. Las 14 personas seleccionadas, que se incorporarán a partir del 1 de mayo de 2024, recibirán un total de 6.000 euros de beca.

Se ofrecen cuatro becas en Santiago de Compostela, ya que la capital gallega tiene dos oficinas de turismo y se dividen dos por oficina. En el resto de ciudades de la comunidad —A Coruña, Lugo, Ourense, Pontevedra y Vigo—, habrá dos plazas.

Requisitos para optar a las becas

Las becas se concederán en régimen de concurrencia competitiva, teniendo en cuenta el cumplimiento de los requisitos y la valoración de los méritos y de la entrevista personal. Tal y como establece el DOG, los interesados en solicitar estas prácticas tienen que:

  • Estar en posesión de estos títulos: grado en turismo; técnico superior en guía, información y asistencia turísticas, o técnico superior en agencias de viajes y gestión de eventos.
  • Haber obtenido alguno de los títulos a partir del 1 de enero de 2019.
  • Tener nacionalidad española o de cualquier Estado miembro de la Unión Europea.
  • Acreditar el Celga 4 de lengua gallega.
  • Presentar el certificado B1 o superior de inglés.

Quedarán excluidas las solicitudes de aquellas personas que hayan disfrutado de estas mismas becas en ediciones anteriores o que hubiesen renunciado a ellas durante su desarrollo en el pasado. Además, las personas beneficiadas no podrán tener empleo remunerado ni percibir la prestación por desempleo.

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