Condenados un cabo y un soldado de la Legión por una pelea durante una misión

La princesa de Asturias, Leonor (i-d), el rey Felipe VI y la reina Letizia, al paso de Pacoli, la cabra de la Legión, durante el desfile del Día de la Fiesta Nacional en Madrid.
La Legión desfila durante el 12 de octubre.
Chema Moya / EFE
La princesa de Asturias, Leonor (i-d), el rey Felipe VI y la reina Letizia, al paso de Pacoli, la cabra de la Legión, durante el desfile del Día de la Fiesta Nacional en Madrid.

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a un cabo y a un soldado de la base de la Brigada de la Legión de Viator (Almería) por agredirse mutuamente en una "discusión" en Alcalá de Henares (Madrid), municipio al que se habían desplazado como integrantes de un convoy militar en comisión de servicio para transportar material de guerra.

La sentencia ratifica la pena de seis meses de prisión impuesta a cada uno de ellos, en el caso del cabo por un delito de abuso de autoridad en su modalidad de maltrato de obra a un subordinado en relación con un delito de lesiones, y en el caso del soldado como autor de un delito de insulto a superior en su modalidad de maltrato de obra.

El primero deberá abonar una multa de 150 euros y deberá indemnizar al soldado con 800 euros por los daños que le ocasionó la "patada en el muslo" que le propinó en el enfrentamiento. Por su parte, el soldado deberá indemnizar al cabo con 180 euros por daños morales.

Según se recoge en el fallo, se trasladaron a Alcalá de Henares en octubre de 2017 para el transporte de material de guerra desde la base almeriense. Una vez entregado el material transportado, se alojaron en un hostal. El relato de hechos probados indica que los condenados se fueron a comer con sus respectivos compañeros y consumieron "cerveza y vino".

Al reencontrarse se inició una conversación entre ambos condenados. El superior llamó la atención a su subordinado "sobre su forma de conducir el vehículo ligero" y le reprochó "la velocidad y no llevar las luces de emergencia encendidas durante el viaje".

La conversación se convirtió poco a poco "en una discusión". La sentencia indica que los demás legionarios presentes se fueron "al ver que estaban todo el rato dándoles vueltas a lo mismo" y se quedaron a solas.

El tribunal señala como acreditado que se produjo "un forcejeo" en el que el soldado "agarró por los brazos al cabo, empujándole", y en el que el cabo "lanzó una patada que llegó a impactar en el muslo izquierdo del soldado". A las 23.00 horas, dos agentes de la Policía Nacional que estaban en ese momento dentro del vehículo patrulla observaron "como tres personas se encontraban peleándose entre sí" y decidieron intervenir.

El soldado agredido se dirigió a la Casa de Socorro, donde fue asistido, y a continuación interpuso una denuncia en la comisaría. El agredido presentaba un "eritema en el cuello, levantamiento de uñas del tercer y cuarto dedo de la mano izquierda, hematoma en formación en la cara externa del muslo izquierdo y una abrasión en rodilla derecha".

En su resolución, el Supremo considera que, aunque los hechos tuvieron lugar durante el periodo de tiempo libre o descanso, la comisión de servicio "no se interrumpió, ni tampoco el nexo causal con el servicio". Además, argumenta que la "discusión que culminó en la agresión se inició por un hecho directamente relacionado con el servicio, como fue la llamada de atención al referido soldado por la forma de conducir".

Mostrar comentarios

Códigos Descuento