La Fiscalía pide al Supremo revocar la rebaja de pena de un miembro de La Manada

Ángel Boza, uno de los condenados de La Manada, en una foto de archivo.
Europa Press

La Fiscalía ha pedido al Tribunal Supremo que revoque la rebaja de 15 a 14 años de la pena de cárcel de uno de los condenados de La Manada en aplicación de la ley del 'solo sí es sí', al estimar que la decisión no fue proporcional.

En su recurso, el ministerio público cuestiona que el Tribunal Superior de Justicia de Navarra se sirviese de "una mecánica adaptación" de la condena impuesta a Ángel Boza a la ley de garantía integral de la libertad sexual, sin adecuarla "a los criterios de proporcionalidad" exigidos.

Para reducir la condena por la violación grupal de una joven en los Sanfermines de 2016, el TSJ argumentó que el Tribunal Supremo señaló en la sentencia que imponía una pena de 15 años a los cinco condenados, "próxima" o "cercana" al mínimo legal, unos mínimos que la ley del 'solo sí es sí' rebajó "sensiblemente".

La Fiscalía reconoce que esa ley modificó la "horquilla penológica" en sus penas mínimas, pero subraya que no se modificaron los máximos, que siguen en los 15 años de prisión. El ministerio fiscal entiende que la rebaja adoptada por el TSJ "fue meramente aritmética, obviando todas aquellas circunstancias" que el Supremo valoró "para imponer esa pena de 15 años, y presumiendo además la decisión que en su caso hubiera tomado el tribunal sentenciador".

En el decreto en el que unificó criterios de actuación respecto a la aplicación de la ley, la Fiscalía General del Estado abogó por mantener las condenas por delitos sexuales si estas estaban comprendidas en la nueva horquilla de penas establecidas por la norma.

También la abogada de la víctima, Teresa Hermida, anunció su intención de recurrir ante el Supremo para conseguir revocar la rebaja de la condena, al entender que el TSJ no tuvo en cuenta la gravedad de los hechos cometidos. Precisamente este fue uno de los argumentos que esgrimió la magistrada del tribunal que discrepó de sus compañeros y, en un voto particular, defendió que se debió haber mantenido la condena de 15 años de cárcel que impuso el Supremo a Ángel Boza.

El Gobierno de Navarra también va a recurrir

El Gobierno de Navarra también ha recurrido el auto del Tribunal Superior de Justicia de Navarra. De este modo, el Servicio de Asesoría Jurídica del Ejecutivo Foral ha presentado el recurso ante el Tribunal Supremo, ha informado el Ejecutivo foral. Las mismas fuentes recuerdan que el pasado el 11 de septiembre de 2023 el TSJN estimó el recurso interpuesto. Su sentencia venía así a corregir la actuación previa de la Audiencia Provincial que no había admitido la rebaja.

La Audiencia entendía que, de la comparación de las dos normas aplicables, se concluye que las penas impuestas también serían imponibles con la nueva regulación normativa que, además, no se impusieron en su grado mínimo, por lo que no procede su revisión, ni la aplicación retroactiva de la ley del 'solo sí es sí'.

La Asesoría Jurídica del Gobierno de Navarra recuerda en su recurso que el fallo de la Audiencia Provincial se produjo con la decisión unánime de los tres magistrados que la componían. Sin embargo, el auto del TSJN fue acordado con el voto en contra de una de las tres magistradas que componen la citada sala.

El recurso alude, a su vez, a que "en la modificación operada por la L.O. 10/2022, la conducta enjuiciada podría imponerse desde los 13 años y 1 día hasta los 15 años, pudiendo llegar hasta la mitad inferior de la pena superior en grado, que resulta 18 años y 9 meses".

Por tanto, y tal y como se señala en el voto particular, teniendo en cuenta que la pena de 15 años de prisión sigue resultando una pena superior al mínimo legalmente previsto, aunque muy cercana al mismo, vista la amplitud de la extensión de la pena imponible y sin que sea pertinente una mera proporcionalidad aritmética, entiende que "no procede la revisión de la pena efectuada por el TSJN",

En consecuencia, el Gobierno de Navarra ha solicitado al Tribunal Supremo que confirme la pena de 15 años de acuerdo con el pronunciamiento de la Audiencia Provincial de Navarra de 2 de febrero de 2023.

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