Estas son las exigencias para alquilar en España: pagar para ver el piso, examen de solvencia y un casting de personalidad

Mudanza.
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Más que un proyecto ilusionante, la búsqueda de una vivienda se ha convertido en toda una carrera de obstáculos, especialmente para los más jóvenes, que no pueden cumplir los cada vez más exigentes requisitos para entrar a vivir en un piso. El aumento de la demanda y los desorbitados precios han dado la vuelta al mercado: ahora los que eligen son los propietarios a los inquilinos, no estos últimos al piso. 

Precisamente, con la intención de frenar estos abusos, en mayo de 2023 entró en vigor la Ley de Vivienda, con la que el Gobierno de coalición pretendía regular el mercado del alquiler en toda España, estableciendo límites a la subida de precios y prohibiendo prácticas como la de cobrar los gastos de gestión inmobiliaria a los inquilinos.  Sin embargo, son muchos quienes ya han encontrado la manera de sortear la legislación para salirse con la suya. 

Examen de solvencia y pagar antes de visitar el piso 

Adelantar una mensualidad como 'señal' para ir a ver el piso es una de las prácticas que se están popularizando en nuestro país, especialmente en las grandes ciudades como Madrid, donde conseguir un alquiler puede llevar entre dos y seis meses de búsqueda.

Ahora, además, entregar las tres últimas nóminas e incluso un documento con la vida laboral -un requisito que acostumbrábamos a ver en la última fase del acuerdo- ha pasado a ser, en muchas ocasiones, un paso imprescindible antes de ver el piso. Si no se cumple con una nómina mínima- que a menudo supera los 3.000 o 4000 euros- no es posible, siquiera, visitar la vivienda.

Estas exigencias responden a un nuevo método de las agencias inmobiliarias para 'filtrar' y elegir a los propietarios más interesados y con más posibilidades económicas

Avales bancarios de seis mensualidades

Firmar un contrato de alquiler actualmente requiere probar, una y otra vez, la capacidad económica de los inquilinos, pero no basta con mostrar las nóminas y pagar una fianza, muchas agencias y propietarios piden, además, un aval bancario con valor de seis -o más- mensualidades. 

Anuncio de una vivienda en Idealista. Solicitan un mes de fianza, dos de garantía adicional y un AVAL de seis mensualidades.
Anuncio de una vivienda en Idealista. Solicitan un mes de fianza, dos de garantía adicional y un AVAL de seis mensualidades.
Idealista

Por otro lado, aunque en la misma línea -la de mostrar la solvencia económica-, a la firma de un contrato, algunos anuncios en alquiler solicitan un mes de fianza, que es lo máximo permitido por la nueva Ley de Vivienda, "Será obligatoria la exigencia y prestación de fianza en metálico en cantidad equivalente a una mensualidad de renta en el arrendamiento de viviendas" y dos meses de garantía adicional, también dentro del marco de lo legal, "En contratos de hasta cinco años de duración, o de hasta siete años si el arrendador fuese persona jurídica, el valor de esta garantía adicional no podrá exceder de dos mensualidades de renta". 

Pasar un 'casting' para ser inquilino

Cuando al fin, un posible inquilino ha pasado todas las fases previas a la firma del acuerdo: la visita al piso -con los requisitos debidos, de haberlos-, el examen de solvencia económica, el aval bancario o el seguro de impago... en muchas ocasiones aún falta la última prueba: una entrevista personal con el propietario.

Entonces, es el momento de elegir inquilino entre la multitud de personas que buscan desesperadas un lugar donde vivir. Por lo que, ahora sí, los criterios son totalmente subjetivos. Así cuenta Ainhoa su experiencia en la búsqueda de piso en Madrid, "Me gustaba mucho el piso y cumplía con los requisitos económicos que pedían, pero me dijeron que preferían una pareja porque eran dos nóminas". También Eduardo explica cómo le rechazaron en una de estas entrevistas personales en su búsqueda, "El propietario me dijo claramente que tenía otros candidatos, una pareja de funcionarios. Eso era una garantía económica que prefería".

Esquivando la Ley de Vivienda

Ante la obligación que impone la Ley de Vivienda a los propietarios, de hacer frente a los honorarios de las agencias inmobiliarias, algunos portales ya han encontrado la trampa: camuflar ese gasto en concepto de 'Asesoría Integral en Búsqueda y Orientación Residencial Personalizada' o 'Servicios de administración del alquiler', entre los que afirman, incluyen asesoramiento jurídico, o mantenimiento.  

En este contexto, los sindicatos de inquilinos recuerdan que "Intentarán cobrarnos los honorarios cambiando el concepto de la factura, es decir, cobrarnos por un servicio que no hemos contratado" y aconsejan "hacer pantallazos" del anuncio para poder demostrar que hemos sido nosotros quienes hemos encontrado el inmueble. 

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