Tasa por molino o por evacuar electricidad: Galicia, Castilla y León y Castilla-La Mancha recaudan 100 millones en cánones renovables

  • El resto de comunidades ofrecen bonificaciones fiscales a la generación o uso renovable, sobre todo autoconsumo.
  • Los parques fotovoltaicos quedan fuera de los gravámenes autonómicos existentes.
  • El 28M frustró el plan del aragonés Javier Lambán de crear también un impuesto; Cantabria estrenó el año pasado.
Parque eólico
Parque eólico
EP/IBERDROLA
Parque eólico

La manera más generalizada que tienen las administraciones públicas de incentivar la transición ecológica se centra en conceder bonificaciones fiscales a los ciudadanos para que instalen placas solares o sustituyan de otros modos el consumo de combustibles fósiles o exenciones fiscales para su generación. Sin embargo, como ocurre en muchos países europeos, en España empieza a funcionar el sistema inverso, que consiste en gravar la generación de electricidad en grandes parques eólicos, en compensación por los efectos sobre el territorio que ocupan. Así lo hacen ya Galicia, Castilla-La Mancha y Castilla y León, que el año pasado recaudaron cerca de 100 millones de euros gravando cada molino instalado, su potencia o el transporte de energía verde. Cantabria creó el suyo el año pasado, mientras que las elecciones del 28 de mayo frustraron los planes del Javier Lambán de crear un nuevo impuesto con el que contaba con recaudar en Aragón 31 millones al año y que habría sido la primera vez que también afecta a la electricidad de origen solar.

Se trata de impuestos, tasas o cánones que dejan fuera pequeñas instalaciones, el autoconsumo o la generación experimental y con muchas excepciones y que de momento no se aplican a los parques fotovoltaicos. En unos casos se calculan en función del número de aerogeneradores instalados, de su potencia o de la electricidad que se evacúa desde ellos a la red. Se liquidan una vez al año y en 2022 recaudaron en total unos 97 millones por este concepto.

En un ambiente político cada vez más polarizado, tienen como particularidad que existen en comunidades gobernadas tanto por el PP como por el PSOE. El adelanto electoral pilló al Ministerio de Transición Ecológica estudiando algún exigir algún tipo de "compensación" a las eléctricas que operan parques renovables hacia las poblaciones que se ven afectadas por su cercanía. Estas tres comunidades -más Cantabria y Aragón de forma frustrada- se suman a países europeos que ya obligan a estas empresas a revertir de alguna manera en la comunidad los beneficios que obtienen por generar electricidad renovable.

Eólica, eólica marina y vías de evacuación

La primera en crear un canon eólico, en 2009, fue Galicia. Se trata de un tributo sobre la instalación de aerogeneradores en los parques eólicos que estén dentro de su territorio o solo de aquellos que abarquen suelo gallego y de otra comunidad colindante. "Constituye el hecho imponible del canon eólico la generación de afecciones e impactos visuales y ambientales adversos sobre el medio natural y sobre el territorio, como consecuencia de la instalación en parques eólicos de aerogeneradores afectos a la producción de energía eléctrica y situados en el territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia", dice la norma, por la que la Xunta preveía recaudar en 2022 22,6 millones de euros, que irían un Fondo de Compensación Ambiental, creado para destinarlo a conservación, reposición y restauración del medio ambiente o a "actuaciones de compensación y reequilibrio ambiental y territorial en beneficio de los concellos afectados".

No tienen que pagar este impuesto las instalaciones de menos de 100 kW, las de tipo experimental y los que estén asociados a instalaciones de autoconsumo. Tampoco los parques eólicos de hasta tres aerogeneradores. A partir de esa cantidad, los que tienen entre cuatro y siete, deben pagar 2.300 euros por cada uno; 4.100 por unidad si son entre ocho y 15, y 5.900 euros a partir de 15. Para animar a la renovación de los parques con menos aerogeneradores de más tamaño, bonificaciones el 10% por cada molino que pueda suprimirse por esta vía.

Además, el gobierno gallego aprobó en marzo de este año un anteproyecto de ley de recursos naturales que creará otro canon, en este caso, sobre las infraestructuras necesarias para evacuar la electricidad que se genere en las plantas eólicas marinas. Los ingresos que se recauden por este concepto se destinarán a los municipios donde se ubiquen estaciones y subestaciones eléctricas y otras infraestructuras para hacer llegar la electricidad que generen los molinos flotantes a tierra.

Esta ley está de momento en proyecto y está por ver si dará tiempo a llevarlo a cabo antes de que vuelva a haber elecciones en Galicia que no se esperan hasta el año que viene. El proyecto que ya con las del 28 de mayo quedó frustrado fue el que poco antes había presentado el Gobierno de Aragón, para recaudar unos 31 millones de euros anuales con un nuevo impuesto medioambiental sobre la explotación de parques eólicos y fotovoltaicos. El anteproyecto decayó con las elecciones y ahora está por ver si el nuevo gobierno autonómico lo retomará. 

Hidroeléctrica y eólica, pero no nuclear

La comunidad que más recauda por un impuesto de este tipo es Castilla y León. En 2022, ingresó 61,9 millones de 289 declaraciones del impuesto sobre afección ambiental, según datos de su Consejería de Economía y Hacienda, que el año pasado también giró 11 liquidaciones complementarias por importe de casi 5.000 euros.

Como en los demás casos, se trata de un tributo propio, un Impuesto sobre la  afección medioambiental causada por determinados aprovechamientos del agua embalsada, por los parques eólicos y por las instalaciones de transporte de energía eléctrica de alta tensión. La Junta quiso recaudar también por la actividad de las centrales nucleares, pero el Tribunal Constitucional lo consideró inconstitucional tras un recurso del Gobierno en contra de gravar una actividad de carácter estatal.

En este caso, el hecho imponible es "la alteración o modificación sustancial de los valores naturales de los ríos como consecuencia del uso o aprovechamiento para la producción de energía eléctrica", es decir, generación hidroeléctrica, y también "por los parques eólicos y por los elementos fijos del suministro de energía eléctrica en alta tensión", siempre dentro del territorio de Castilla y León. 

En el caso del cánon sobre generación hidroeléctrica, se gravará cuando el salto de agua sea superior a 20 metros y cuando la capacidad de embalsar superior sea a 20 hectómetros cúbicos. El gravamen oscilará entre 5.000 y 15.000 euros por cada megavatio de potencia instalada.

En los parques eólicos, el gravamen se aplica sobre los generadores, pero no sobre su cantidad sino de su potencia, cinco tramos que van desde los 2.000 euros para molinos de 501 kilovatios hasta 12.000 euros para los de más de 2.000 kW.

Molinos y potencia 

La tercera comunidad que ya tiene un impuesto sobre las renovables es Castilla-La Mancha, con el canon eólico que creó en 2011, con el que  en 2022 se recaudaron 12,8 millones, una cifra similar a los 12,4 millones consignados en los Presupuestos autonómicos para 2023, parte de los cuales van al Fondo autonómico para el Desarrollo Tecnológico de las Energías Renovables. No obstante, en la Consejería castellanomanchega de Desarrollo Sostenible precisan que la cifra final depende de "la puesta en funcionamiento de nuevos parques".

El canon eólico se aplica sobre "la generación de afecciones e impactos adversos sobre el medio natural y sobre el territorio, como consecuencia de la instalación en parques eólicos de aerogeneradores afectos a la producción de energía" y, en concreto, sobre el número de aerogeneradores de los parques ubicados enteramente dentro de Castilla-La Mancha o que ocupen su suelo cuando se trate de instalaciones que abarquen otras autonomías.

No tendrán que pagar los parques de hasta dos molinos pero a partir de ahí se establece una primera gradación más barata que la gallega. Entre tres y siete, 489 euros por cada uno; entre ocho y 15, 871 euros. Cuando tengan más de 15, el tributo se calculará en función de si su potencia es  mayor o menor de la potencia instalada del parque. En un caso, el canon será de 1.233 por aerogenerador y en el segundo, 1.275.

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