Prohibido reciclar vidrio más allá de las 22.30 o 2.000 euros por echar cartón fuera del cubo:
La nueva Ordenanza de Limpieza de Madrid

Un operario de recogida de residuos protegidos con mascarilla coloca cajas de cartón y de plástico en la trituradora de un camión de basura durante su trabajo de limpieza en una calle de la capital durante el día 33 del estado de alarma, en Madrid (España), a 16 de abril de 2020. CORONAVIRUS;COVID-19;ESTADO DE ALARMA;LIMPIEZA;PANDEMIA;MASCARILLA;CAMIÓN DE LIMPIEZA; Jesús Hellín / Europa Press (Foto de ARCHIVO) 16/4/2020
Un operario de recogida de residuos coloca cajas de cartón y de plástico en la trituradora de un camión de basura
Jesús Hellín
Un operario de recogida de residuos protegidos con mascarilla coloca cajas de cartón y de plástico en la trituradora de un camión de basura durante su trabajo de limpieza en una calle de la capital durante el día 33 del estado de alarma, en Madrid (España), a 16 de abril de 2020. CORONAVIRUS;COVID-19;ESTADO DE ALARMA;LIMPIEZA;PANDEMIA;MASCARILLA;CAMIÓN DE LIMPIEZA; Jesús Hellín / Europa Press (Foto de ARCHIVO) 16/4/2020

Trece años después, rigen nuevas leyes de limpieza en la capital de Madrid. Con los votos a favor de PP, Cs y Vox, y en contra de Más Madrid, PSOE y Grupo Mixto, Cibeles ha dado su visto bueno a la nueva Ordenanza de Limpieza de los Espacios Públicos, Gestión de Residuos y Economía Circular, que remplaza a la que imperaba desde 2009. Se trata de un ramillete de obligaciones para vecinos, hosteleros y empresarios madrileños para con la higiene de la ciudad, así como castigos que hagan que, a partir de 2023, ensuciar las calles no salga impune, ni mucho menos barato. El crédito municipal en materia de limpieza y recogida de residuos supone un esfuerzo presupuestario de casi 800 millones de euros anuales.

En materia correctiva, una de las principales novedades es la multa por abandonar restos del botellón en la vía pública, que hasta la fecha se equiparaba a dejar un residuo menor en la calle. Es decir, la conducta sancionadora de tirar un papel era la misma que dejar en el suelo varias botellas o vasos. Por primera vez, se regula específicamente este práctica incívica, elevando la tipificación de estas infracciones de leves a graves, lo que incrementa el importe de las multas de los 600 euros actuales a los 2.000 euros

Un mal hábito asentado entre los ciudadanos es el depósito de cajas de cartón a los pies de los contenedores, que menoscaba la imagen de la ciudad. Para cortar de raíz esta práctica, ante el auge del comercio electrónico y su paquetería, el Ayuntamiento pasará a sancionarlo de una media de 200 euros a los 2.000.

En línea con la política de tolerancia cero que ha emprendido el actual equipo de Gobierno con los grafitis, y a pesar de que las multas por realizar pintadas vandálicas ya se elevaron en 2020, con la nueva normativa, las sanciones por grafitear cualquier superficie de la capital partirán de un importe mínimo de 2.000 euros hasta llegar a los 3.000 euros. Y, de cazar a algún reincidente, el castigo oscilará entre 4.000 y 6.000 euros.

Un horario para reciclar el vidrio

La nueva ordenanza también incluye deberes en materia de separación, depósito y recogida de residuos. Dirigida especialmente a los hosteleros, aunque también afecta a vecinos, se establece un nuevo horario para deshacerse de los residuos de vidrio. Las botellas y otros envases permitidos en el contenedor verde solo pueden tirarse durante 14 horas al día, entre las 8.00 de la mañana y las 22.30 horas.  En el periodo nocturno restante queda terminantemente prohibido. De hecho, incumplir esta norma está tipificado como una infracción leve, que implica una multa de hasta 750 euros. 

La medida trata de evitar el ruido producido al arrojar los residuos de vidrio al depósito, sobre todo en calles estrechas y por la noche, mientras los vecinos descansan. Con su paso por el pleno, ha aumentado 30 minutos más el horario, desde las 22.00 que se plantearon inicialmente. 

Por primera vez, también se incluye la obligación en las comunidades de vecinos de más de 100 viviendas de disponer de un contenedor para la recogida de aceite vegetal usado. Lo suministrará el Ayuntamiento y deberá permanecer siempre en el interior del recinto privado, desde dónde se procederá a su vaciado o sustitución. Para que esta medida se haga efectiva la comunidad tendrá que disponer de la accesibilidad adecuada para que puedan trabajar los servicios municipales.

Los comerciantes tampoco se libran de hacer deberes en materia de reciclaje. El año que viene tendrán prohibido utilizar los cubos de basura doméstica para sus residuos de papel y cartón, debiendo emplear obligatoriamente el servicio de recogida 'puerta a puerta' que establece la normativa. Fue uno de los cambios más sustanciales que ha incorporado el texto una vez superado los 30 días de información pública. 

Y no solo estarán obligados a aprovechar el servicio comercial siempre que este transite por su calle, sino que es imperativo que doblen y pleguen el cartón con el objetivo de agilizar su retirada. El incumplimiento de estas obligaciones está tipificado como infracción leve, con una sanción aparejada de hasta 750 euros.

A este respecto, el texto también ataña al gremio de la construcción, que a la hora de arrojar escombros en ocasiones usa puertas o tablas de madera a modo de suelo para poder elevar la cantidad de residuos que se vierten al contendor de obra. Esto convierte a los gigantes metálicos en 'totums revolutums' peligrosísimos para los viandantes que transitan por la calzada. En ese sentido, se endurece la infracción por sobrellenar dichos contenedores mediante cualquier medio, pasando de castigarse con 751 euros a hacerlo con 1.500.

En otro orden y también de forma pionera, se prohíbe la colocación o el abandono de folletos, octavillas o cualquier otro material publicitario en marquesinas de autobús, portales u otros lugares no habilitados para tal efecto. Y se sancionarán con multas de 750 euros las actuaciones relacionadas con la publicidad que ensucien la ciudad.

Una mesa en terraza, una papelera 

Para mitigar las posibles consecuencias perniciosas para la limpieza que provocó el 'boom' de terrazas en Madrid, al calor, fundamentalmente, de la pandemia del Covid 19, es imperativo que los hosteleros que tengan un velador en la calle dispongan de, al menos, una papelera o recipiente y un cenicero en cada una de las mesas instaladas para depositar los residuos de las consumiciones. 

Además, tanto hosteleros como comerciantes en general (quioscos, cajeros automáticos, mercadillos...) deben mantener en todo momento aseada su zona de trabajo, lo que implica limpiar cualquier mancha o suciedad producida por su actividad. Incumplir cualquiera de estas responsabilidades acarrea una sanción de 750 euros en caso de ser vulneradas.

Al margen de las terrazas, los propietarios o, en su caso, responsables de los edificios de general acceso público también deben disponer de un cenicero en sus accesos, estando obligados a efectuar su vaciado. Y también se dan por aludidos en el deber de conservar limpia su área de trabajo, bajo las mismas penas por vulnerar esa norma, 750 euros. Estas obligaciones son extensibles a las empresas encargadas de la conservación y explotación de las paradas de autobuses de los transportes públicos de uso general -sean de la Empresa Municipal de Transportes (EMT) o interurbanos-, que solo se salvan de poner un cenicero en marquesinas puesto que la ley no permite fumar en su interior, no se dan por aludidas.

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