Las pymes ya pueden pedir los primeros 500 millones del Kit Digital: estos son los requisitos, plazos y utilidad de la ayuda

La vicepresidenta primera del Gobierno y ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital, Nadia Calviño. En una imagen de archivo
La vicepresidenta primera del Gobierno y ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital, Nadia Calviño. En una imagen de archivo
RICARDO RUBIO / EP
La vicepresidenta primera del Gobierno y ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital, Nadia Calviño. En una imagen de archivo

A las 11.00 horas de este martes, el Kit Digital será ya una realidad. A partir de esa hora, las pymes que deseen acceder a ayudas para digitalizar su negocio con cargo a los fondos europeos podrán presentar ya las primeras solicitudes. Así se inicia la primera fase de este programa impulsado por el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, que repartirá un total de 3.067 millones de euros en cuatro años para ayudar a pymes y autónomos a adaptarse a la economía del futuro.

¿Cómo funciona la ayuda?

Los fondos del Kit Digital se reparten en forma de bonos de 12.000 euros para proyectos de transformación digital, pero no son una subvención al uso. En este caso, la empresa que desee beneficiarse de las ayudas no debe anticipar ningún dinero. El importe del Kit Digital va a parar directamente a los llamados "agentes digitalizadores", que son una serie de empresas autorizadas por el Gobierno para desarrollar esos proyectos, que reciben el nombre de "soluciones digitales". 

El agente digitalizador es quien recibe el pago final y además se encarga de los trámites para justificar la ayuda. Actualmente, ya hay más de 3.000 compañías autorizadas como agentes digitalizadores, aunque se espera que la lista siga aumentando en las próximas semanas.

¿Qué proyectos se pueden financiar con el Kit Digital?

Las soluciones digitales que se pueden financiar con esos bonos de 12.000 euros se dividen en 10 categorías:

  1. Creación de páginas web y visibilidad de la empresa en internet.
  2. Comercio electrónico
  3. Gestión de redes sociales para promocionar el negocio
  4. Mejorar y digitalizar la gestión de clientes
  5. Inteligencia empresarial y analítica 
  6. Servicios y herramientas de oficinas virtuales
  7. Digitalización y automatización de procesos de negocio
  8. Factura electrónica
  9. Comunicaciones seguras
  10. Ciberseguridad

¿Por qué son tan importantes los plazos?

El plazo para pedir la ayuda comienza a las 11.00 h de este martes y se extiende hasta el 14 de septiembre a la misma hora. Los interesados en recibir el Kit Digital deben registrar su solicitud lo antes posible, pues el criterio para conceder la ayuda (siempre que se cumplan los requisitos) será el orden de llegada de la solicitud. Por tanto, cuanto antes se registre la petición, mayores son las posibilidades de estar entre los elegidos.

¿Qué requisitos hay que cumplir?

Para acceder a las ayudas, el solicitante tiene que tener reconocido el estatus de "pequeña empresa" o "microempresa" y cumplir con los límites financieros que se establecen en la ley para cada una de estas categorías. Además, el solicitante debe estar inscrito como retenedor en el censo de la Agencia Tributaria, estar al corriente del pago de impuestos y de cuotas a la Seguridad Social y no tener la consideración de empresa en crisis, entre otras exigencias. Se puede consultar la lista completa de requisitos en este enlace

¿Cómo se solicita?

Para acceder al Kit Digital, la pyme o el autónomo que lo solicite debe registrarse en la web www.acelerapyme.es y completar un test de autodiagnóstico. Este test evalúa el grado de digitalización de la empresa solicitante y recomienda proyectos adaptados a sus necesidades. Tras completar el cuestionario, a la empresa se le ofrece un catálogo de soluciones digitales entre las que podrá escoger una o varias. Finalizado este proceso se debe acceder a la web sede.red.gob.es para completar la solicitud. 

¿Qué documentación hay que presentar?

El Kit Digital se puede solicitar sin aportar ninguna documentación. Basta con que el empresario autorice a Red.es para que consulte de oficio los requisitos y obligaciones requeridos para obtener la condición de beneficiario. También es posible autorizar a un tercero para que realice la gestión en nombre del empresario.

Me han concedido la ayuda: ¿Qué hago ahora?

Una vez se concede la ayuda, el solicitante debe acceder de nuevo a la web www.acelerapyme.es y elegir con qué agente quiere desarrollar su proyecto de digitalización. Una vez se haya decidido, el empresario tendrá que ponerse en contacto con el agente y suscribir el denominado "acuerdo de prestación de soluciones de digitalización".

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