Gobierno y comunidades reforman la ley para permitir quitarse la mascarilla para tomar el sol, no para pasear por la playa

MLG 19-07-2020.-Bañistas portan mascarillas en la playa de La Malagueta en la capital en un domingo que ha vuelto a llenar el aforo de las playas malagueñas.-ÁLEX ZEA.
Bañistas portan mascarillas en la playa de La Malagueta el pasado verano.
ARCHIVO
MLG 19-07-2020.-Bañistas portan mascarillas en la playa de La Malagueta en la capital en un domingo que ha vuelto a llenar el aforo de las playas malagueñas.-ÁLEX ZEA.

El Ministerio de Sanidad y las comunidades han acordado este miércoles matizar la obligatoriedad del uso de las mascarilla que figura en la ley de Nueva Normalidad, que se registró en el BOE la semana pasada, y que obligaba a hacer un uso prácticamente constante de los tapabocas, incluidas situaciones tan inverosímiles como tomar el sol en la playa o bañarse en el mar. El Consejo Interterritorial de Salud ha dado luz verde al borrador de Sanidad para que la mascarilla sea obligatoria cuando se esté paseando o en situaciones en que no haya distancia de seguridad, mientras que se excluye durante el baño, la práctica de deporte o en los periodos de descanso en un lugar fijo, tanto en el mar como en piscinas y otros espacios acuáticos.

Equiparar al deporte o a un esfuerzo físico intenso

La intención de Sanidad era "modular" así la obligatoriedad del uso de mascarillas que contempla la ley de nueva normalidad, incluso cuando se puede mantener la distancia de seguridad de 1,5 metros. En concreto, este miércoles se ha modificado su artículo 6.2, que establece que no será exigible el uso de mascarilla en el caso del ejercicio de deporte individual y permite que se pueda exceptuar el uso de la mascarilla cuando, por la propia naturaleza de las actividades, ese uso resulte incompatible, con arreglo a las indicaciones de las autoridades sanitarias.

La solución que ha encontrado el Ministerio ha sido que se equiparen al ejercicio de deporte individual las actividades que supongan un esfuerzo físico intenso, de carácter no deportivo, al aire libre y de forma individual. 

Según lo acordado este miércoles, se establecen "actividades incompatibles" con el uso de la mascarilla como bañarse en el mar o tomar el sol, siempre que haya una distancia de 1,5 metros entre no convivientes.

Por el contrario, habrá que llevarla puesta en los paseos por la playa, en los accesos a la misma o en el exterior de establecimientos de hostelería cuando no se esté comiendo o bebiendo, así como en los vestuarios de piscinas públicas o comunitarias, salvo en las duchas.

Actividades incompatibles con el uso de las mascarillas

Gráfico del uso de mascarillas en playas y espacios al aire libre.
Gráfico del uso de mascarillas en playas y espacios al aire libre.
Henar de Pedro

- El baño en el mar, lagos o embalses, ríos u otros espacios acuáticos naturales o en piscinas en el exterior o cubiertas.

- La práctica de deporte en el medio acuático, sea éste natural o artificial.

- Los periodos de descanso antes o después del baño o la práctica de deporte en el medio acuático, en el entorno del mismo. En el caso de las playas o en entornos asimilados, solo podrá extenderse mientras esté en un punto determinado y respetando la distancia mínima de 1,5 metros con otras personas que no sean convivientes o asimilados. En las piscinas, solo entre intervalos de actividad.

- Las actividades de socorrismo o rescate cuando requieren acceder al medio acuático.

- Los periodos estrictamente necesarios para comer o beber, en lugares en los que esté autorizado.

En cambio, propone el uso obligatorio de la mascarilla:

- El paseo por los accesos a playas, lagos y demás entornos naturales.

- El paseo a la orilla del mar y de los demás entornos acuáticos.

- El uso de vestuarios de piscinas públicas o comunitarias, salvo en las duchas.

- La permanencia en el exterior o interior de establecimientos de hostelería fuera de los periodos necesarios para comer o beber.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento