Las becas y ayudas finalistas no contarán para calcular el ingreso mínimo vital

  • Los potenciales beneficiarios no se verán perjudicados por recibir becas de estudios, de libros o de comedor.
  • Sí se tendrán en cuenta para determinar la posibilidad de cobrar la ayuda los ingresos tanto del trabajo como del capital.
El vicepresidente Iglesias y los ministros Montero y Escrivá.
El vicepresidente Iglesias y los ministros Montero y Escrivá.
DANI GAGO
El vicepresidente Iglesias y los ministros Montero y Escrivá.

Las personas y familias que cobren el ingreso mínimo vital para garantizar que llegan a un determinado nivel de renta podrán seguir recibiendo ayudas finalistas, como becas de estudios o de comedor. Así lo confirman fuentes del Gobierno, que explican además que este tipo de ingresos de la administración de carácter puntual y vinculado a un determinado fin no contarán a la hora de comprobar si un ciudadano cumple o no los requisitos de renta para cobrar el ingreso mínimo.

La prestación fue aprobada este viernes, y el Gobierno pretende que los primeros beneficiarios puedan cobrarla a finales de junio, si bien se podrá solicitar desde el día 15 de ese mes y quienes la pidan hasta el 30 de septiembre se beneficiarán de ella con efectos retroactivos a calcular desde el 1 de junio. Para recibirla, el ciudadano debe percibir ingresos por debajo del umbral establecido para su tipo de familia, que en el caso de un hogar unipersonal es de 462 euros al mes.

Esta cantidad se ha elegido porque es la equivalente a la pensión no contributiva mínima, y de hecho fuentes del Gobierno confirman que se irá revalorizando conforme lo haga esa otra prestación. Pero, para determinar si un ciudadano cuenta con un nivel de ingresos mensuales inferior a la cifra que le corresponda no se van a tener en cuenta las ayudas finalistas. Entre estas se encuentran las becas de estudios, las de libros o las de comedor escolar, por ejemplo. 

Tampoco se tendrán en cuenta para determinar los niveles de ingresos las ayudas equivalentes al ingreso mínimo vital que el beneficiario pudiera estar recibiendo de su comunidad autónoma, ya que se pretende que éstas sean complementarias a la prestación estatal. En cuanto al patrimonio, se exigirá que sea inferior a tres veces la renta garantizada anual para el hogar en el que viva el potencial beneficiario. Y no se tendrá en cuenta la primera vivienda, si la hubiere.

Por el contrario, sí se tendrán en cuenta para determinar la cuantía del ingreso mínimo vital (y la posibilidad de cobrarlo) los posibles ingresos tanto del trabajo como del capital, en su caso. Y, asimismo, contarán pensiones y prestaciones no finalistas dentro de este cálculo, como puede ser la prestación por desempleo.

El papel de los servicios sociales

Como referencia se tomarán las cantidades de ingresos y patrimonio de 2019. No obstante, para cubrir a las personas que hayan visto caer abruptamente sus rentas por la crisis del coronavirus, el Gobierno será algo más flexible con los umbrales de renta de 2019 y, además, tendrá en cuenta precisamente esa caída de ingresos de 2020. No se conocen más detalles sobre hasta dónde llegará esta flexibilización de los criterios.

El Ejecutivo, además, está negociando con ayuntamientos y ONG para que, a través de sus servicios sociales, el ingreso mínimo vital pueda llegar a personas que, en caso contrario, tendrían más difícil solicitarlo, como las personas sin hogar. A los beneficiarios de la ayuda se les exigirá presentar la declaración de la renta, para intentar aflorar posibles ingresos irregulares.

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