Sanz elimina el listado de bares singulares que podrán sacar los "tanques a la calle" y amplía el horario para beber de pie

Veladores instalados en la Plaza del Salvador, en Sevilla.
Veladores instalados en la Plaza del Salvador, en Sevilla.
B.R.
Veladores instalados en la Plaza del Salvador, en Sevilla.

La nueva ordenanza municipal de veladores de Sevilla no incluirá finalmente un listado específico de los bares singulares de la ciudad, aquellos que el alcalde, José Luis Sanz, defendió que tendrán autorización para que los clientes beban en la calle al no contar con espacio suficiente para instalar veladores. Finalmente, esta excepción se aplicará a todos los negocios que cumplan una serie de requisitos más genéricos, sin nombres concretos, y además con un horario ampliado para tomarse la cerveza en la acera.

Así lo recoge el borrador de la nueva norma, que ha presentado este martes el delegado de Urbanismo, Juan de la Rosa, y que el Ayuntamiento ya ha comenzado a tramitar tras mantener varias reuniones de la Comisión Especial de Terrazas de Veladores, que "no se reunía desde 2017" y que ha dado lugar a un texto "muy trabajado" que persigue "al máximo" recoger "todas las sensibilidades", desde los vecinos hasta los hosteleros.

Tras iniciarse el trámite de audiencia pública, una vez que el borrador se consensúe con todas las partes, se propondrá su aprobación en la Junta de Gobierno Local, tras lo que se abrirá un periodo de 30 días para presentar alegaciones y, posteriormente, se remitirá al Pleno para su aprobación definitiva.

Una de las novedades más destacadas que se han incluido en este borrador es la eliminación del anexo IV, en el que se detallaban con nombres y apellidos los bares considerados como singulares. En su lugar, el Ayuntamiento analizará de forma individual todas las solicitudes que lleguen para determinar el carácter emblemático de un negocio en función de criterios como su actividad singular, antigüedad y relevancia en la cultura tradicional sevillana. Además, este listado se irá actualizando cada año.

Los bares que finalmente sean considerados como emblemáticos, y que no cuentan con espacio para instalar terrazas, tendrán autorización para que los clientes saquen los "tanques a la calle", como defendió Sanz en su campaña electoral, con un horario ampliado respecto al que se propuso inicialmente. Así, se podrá beber de pie en la calle de 13.00 a 15.00 (en vez de 12.00 a 14.00) y de 20.00 a 23.00 horas (en vez de hasta las 22.00).

Bares y heladerías

Los cinco capítulos y 40 artículos del borrador de la ordenanza municipal incluye otras aportaciones, muchas relativas a las licencias. En este sentido, el texto contempla que podrán pedir licencia de veladores la hostelería, con y sin música; así como los establecimientos de ocio y esparcimiento, salvo los salones de celebraciones y las discotecas de menores.

En cuanto a establecimientos de otro tipo, solo las heladerías podrán colocar mesas y sillas, dejando fuera a las confiterías o freidurías, que sí están autorizadas actualmente. También podrán hacerlo los hoteles que tengan autorizada la actividad hostelera, siempre que se desarrolle en planta y con acceso independiente. Se excluyen también las viviendas con fines turísticos.

La vigencia de estas licencias será de un máximo de tres años (dos hasta ahora) y se contempla también en el texto los horarios a cumplir por los negocios, que no podrá exceder de la 1.00 de la madrugada, salvo en Navidades, Semana Santa, Feria, viernes, festivos y vísperas de festivo, que se alargará hasta las 2.00 horas. En las Zonas Acústicamente Saturadas (ZAS) el horario de cierre habitual se adelante a las 00.00 horas (una hora más en las fechas ya mencionadas).

Pérdida de licencia

El Ayuntamiento perseguirá también a los establecimientos incumplidores para evitar la proliferación de veladores en algunas zonas de la ciudad, medidas que ya se están llevando a cabo con la retirada de instalaciones sobrantes y la imposición de multas.

La ordenanza presentada este martes contempla que el Consistorio podrá revocar una licencia por un periodo mínimo de seis meses, en caso de tenerla el local, cuando se impongan dos o más multas graves. E, inclusive, se podrá no conceder más la autorización en caso de infracciones muy graves. Las multas, además, oscilarán entre los 600 euros, para las leves, y los 120.000 euros para las más graves. En caso de incumplimientos "reiterados", estos podrán ser puestos en conocimiento de la Fiscalía de Medio Ambiente.

Asimismo, no se autorizarán veladores adosados a las fachadas de los edificios declarados como Bien de Interés Cultural (BIC), como es el caso de la iglesia de Santa Catalina (ahora rodeada de veladores), así como aquellos que tengan un nivel de protección A o B. Pero, por el contrario, sí se mantendrán las terrazas instaladas en bandas de aparcamiento o atravesando la calzada, medidas excepcionales que se adoptaron durante la pandemia. Actualmente, según el Consistorio, hay 50 instalaciones en plataformas y 25 cruzando la calzada.

Obligaciones del local

Se recoge también en el texto presentado este martes una serie de obligaciones que deben cumplir los propietarios de los establecimientos. Entre ellas, mantener las terrazas en las "adecuadas condiciones" de seguridad, salubridad y ornato, con la instalación de elementos como papeleras y ceniceros en cada velador.

Asimismo, los responsables del negocio deberán cada día recoger y guardar en el interior del establecimiento todo el mobiliario de las terrazas, para evitar su acumulación en las aceras durante el horario de cierre. Tampoco podrán apilar productos ni residuos juntos a las terrazas ni el local; ni salirse del espacio delimitado para los veladores.

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