Cómo pedir las ayudas de hasta 7.200 euros para autónomos con menores a cargo que contraten desempleados en Andalucía

Una familia, en una imagen de archivo.
Una familia, en una imagen de archivo.
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Una familia, en una imagen de archivo.

La Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo de la Junta de Andalucía ha vuelto a convocar dos líneas de subvenciones destinadas exclusivamente a trabajadores autónomos para facilitar la conciliación de la vida personal, familiar y laboral. Una de ellas contempla la posibilidad de contratar para su negocio una persona que le cubra en los supuestos de riesgo durante el embarazo y en los periodos de descanso por nacimiento de hijo, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento familiar; mientras que en la otra está destinada a personas con menores de tres años a cargo que contraten personas desempleadas.

¿Cuál es la cuantía de la subvención?

La ayuda destinada para los autónomos con menores de tres años a cargo que contraten personas en situación de desempleo tiene una cuantía de 6.000 euros. Sin embargo, en caso de que la persona que se vaya a contratar sea mujer, hombre menor de 30 años, persona con una discapacidad igual o superior al 33%, víctima de violencia de género o de terrorismo la cantidad de la ayuda se elevará hasta los 7.200 euros. No obstante, cabe destacar que la persona debe estar inscrita en el Servicio Andaluz de Empleo como demandante de empleo.

Según indica la Junta de Andalucía, estas cuantías se adaptarán proporcionalmente a la jornada de trabajo resultante cuando la contratación sea de tiempo parcial, siendo la duración mínima de 20 horas semanales o su promedio en cómputo anual. La cuantía también se reducirá de forma proporcional al periodo de contratación, en caso de que este sea menor al máximo establecido.

¿Cuáles son los requisitos?

Para poder beneficiarse de esta subvención se deben cumplir una serie de requisitos. En principio, los autónomos tienen que estar dados de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Personas Trabajadoras por Cuenta Propia o Autónomos. Además, tendrán que tener a su cargo menores de tres años por nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento familiar permanente.

También será necesario que tengan formalizada una contratación por cuenta ajena, bien sea a jornada completa o parcial, siempre y cuando no sea inferior a las 20 horas semanales de una persona que esté inscrita como demandante de empleo en las Oficinas de Empleo de la Comunidad de Andalucía. Cabe destacar que, el nuevo contrato debe suponer un incremento de la plantilla contratada respecto al mes anterior y que la persona beneficiada no debe haber tenido ningún vínculo laboral con la persona trabajadora.

¿Cómo solicitar la ayuda?

Las personas que deseen solicitar la ayuda deberán hacerlo en la sede electrónica de la Junta de Andalucía. Será necesario rellenar un formulario, al que se puede acceder pinchando en este enlace, y aportar la documentación exigida. Entre ellos se hallan el DNI, el Certificado de situación censal emitido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, Certificado de Empadronamiento, Informe de Vida Laboral emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social, Informe de Vida Laboral de Empresas, documento que acredite el requisito de tener un hijo menor tres años, entre otros.

¿Hasta cuando se puede solicitar?

El plazo para solicitar esta ayuda inició este martes 25 de julio, tras haber sido publicada la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, y cerrará el próximo sábado 30 de septiembre a las 23.59 horas.

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