Las claves de la expropiación de pisos vacíos de la Generalitat: dónde, de quién y cuándo empiezan los requerimientos

Infografía con los detalles de la medida aprobada por la Generalitat.
Infografía con los detalles de la medida aprobada por la Generalitat.
Carlos G. Kindelán
Infografía con los detalles de la medida aprobada por la Generalitat.
Infografía con los detalles de la medida aprobada por la Generalitat.
Carlos G. Kindelán

El Govern ha puesto en marcha por primera vez una herramienta para garantizar la función social de la vivienda. Este es, según el conseller de Territorio, Juli Fernández, el objetivo de una medida aprobada en el Consell Executiu que prevé la expropiación de viviendas vacías de grandes tenedores para ponerlas en alquiler, con prioridad para personas vulnerables en situación de emergencia habitacional.   

¿Qué pisos pueden ser expropiados por la Generalitat?

Viviendas vacías propiedad de grandes tenedores que llevan deshabitadas más de dos años, por incumplimiento de la función social de la propiedad. Se trata de pisos que en su mayoría provienen de ejecuciones hipotecarias y daciones en pago, y sus propietarios son, en su gran mayoría, bancos y fondos de inversión.

¿Los particulares están incluidos en estas medidas?

Desde el Govern se especifica que los propietarios han de ser personas jurídicas, que además tienen que estar catalogados como grandes tenedores. La Ley 1/2022 del Parlament de Catalunya rebajó la consideración de gran propietario de 15 a 10 viviendas, con lo cual, quienes estén por debajo de esta cifra, no tienen la consideración de gran tenedor a efectos legales. Además, la expropiación sólo afecta a las viviendas incluidas en el Registro de viviendas vacías y ocupadas sin título habilitante.

¿Las expropiaciones se pueden llevar a cabo en zonas con baja demanda de vivienda?

En concreto, el Govern aprobó en Consell Executiu delimitar las actuaciones a 14 municipios catalanes donde se actuará de forma prioritaria. Son localidades situadas en áreas legalmente declaradas como zonas con una demanda fuerte y acreditada de vivienda. Además, son municipios en los que se han establecido acuerdos entre el consistorio y la Agencia de la Vivienda de Cataluña, y donde se han podido realizar inspecciones en la localidad y se tiene un censo preciso de las viviendas que están deshabitadas.

¿Qué municipios están incluidos en la medida aprobada por el Govern?

Son 14 localidades de las provincias de Barcelona, Girona y Tarragona. De momento, no hay ningún municipio de la provincia de Lleida. La relación concreta es la siguiente: Cornellà de Llobregat, Figueres, Lloret de Mar, Mataró, Mollet del Vallès, Reus, Roda de Berà, Rubí, Salt, Tarragona, Valls, Vic, Viladecans y Vilanova i la Geltrú.

¿Cuándo se inicia el trámite de expropiación?

En los próximos días se enviarán las primeras cartas con el requerimiento para que los propietarios de las viviendas acrediten legalmente que se destinan a la residencia de personas. Si no atienden al requerimiento en el plazo de un mes, el Departamento de Territorio declarará el incumplimiento de la función social de la propiedad e iniciará el procedimiento de expropiación, que puede durar unos seis meses.

¿El proceso es irreversible?

Pasado el primer mes, si no se acredita que la vivienda está habitada, se entra en un plazo de tres meses para llegar a un acuerdo y establecer un alquiler social. En el caso de que no se quiera alquilar la vivienda, se negociará un precio de compra por parte de la Administración. En el caso de que tampoco se llegase a un entendimiento en este aspecto, entonces se iniciaría el proceso de expropiación, cuyos trámites pueden tardar otros tres meses.

¿Cuál es el objetivo del Govern con esta medida?

En primer lugar, el Govern quiere aprovechar todas las herramientas legales para iniciar el trámite de expropiación de la propiedad por incumplimiento de la función social, con el objetivo final de obtener viviendas para las familias vulnerables, principalmente procedentes de las mesas de emergencia, en aquellas zonas con mayor demanda de vivienda social.

¿Cuántas expropiaciones están previstas?

Según los cálculos de la conselleria, este año se pueden iniciar los trámites de entre 50 y 70 viviendas, ya que la dotación económica que se tienen para aplicar esta medida es de 5 millones de euros. Las primeras viviendas para alquiler social que se adquieran mediante esta herramienta de expropiación estarán disponibles ya en 2024, ya que los plazos mínimos de los trámites son de siete meses.

¿Cuántos requerimientos de expropiación se enviarán?

La conselleria de Territorio tiene censados 189 viviendas que cumplen con los requisitos necesarios para entrar dentro de estas actuaciones, es decir, que lleven vacías dos años, que estén incluidas en el registro de viviendas vacías, que sean de grandes tenedores, y que estén situadas en uno de los 14 municipios que tienen un acuerdo con la Agencia de la Vivienda de Cataluña. De estas 189 viviendas, no todas tienen que ser expropiadas, ya que se pueden llegar a acuerdos para establecer un alquiler social.

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