Estos son los beneficios fiscales en la Renta 2022-2023 si vives en una zona rural en Castilla y León

Muchas organizaciones sin ánimo de lucro están contribuyendo a repoblar las zonas rurales.
Tejados en una zona rural de Castilla y León
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Muchas organizaciones sin ánimo de lucro están contribuyendo a repoblar las zonas rurales.

La despoblación de zonas rurales y el reto demográfico es uno de los principales problemas en la agenda de la Junta de Castilla y León. Se trata, según los últimos datos de Instituto Nacional de Estadística (INE) de 2021, de la segunda Comunidad Autónoma con menor tasa de natalidad, con un 5,5 por cada mil habitantes, solo por detrás de Asturias que cuenta con un 4,7‰ y empatada con Galicia en el 5,5‰, lo que se traduce en 13.095 nacidos en Castilla y León durante 2021

Muestra de la despoblación que sufre esta Comunidad es que, según el INE, desde 1996 hasta 2020 el 88% de los municipios de Castilla y León han perdido población, situándose otra vez en segunda posición a nivel nacional, tan solo por detrás de Asturias que ronda el 90% y seguida de Extremadura que lo cifra en el 86% de sus localidades.

Por esta razón, la Junta cuenta con una serie de deducciones autonómicas que apoyan al medio rural a través de ventajas fiscales que favorecen la natalidad, la permanencia de trabajadores, autónomos y jóvenes en los pueblos, así como ayudar a los emprendedores a poner en marcha negocios en el medio rural. 

Por nacimiento o adopción de hijos

Los contribuyentes residentes en municipios de menos de 5.000 habitantes podrán deducirse las siguientes cantidades por cada hijo nacido o adoptado durante el periodo impositivo:

  • 1.010 euros si se trata del primer hijo.
  • 1.475 euros si se trata del segundo hijo.
  • 2.351 euros si se trata del tercer hijo o sucesivos.

Para poder aplicar esta deducción la base imponible total menos el mínimo personal y familiar no puede superar las siguientes cantidades: 18.900 euros en tributación individual y 31.500 euros en tributación conjunta.

Por adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual para jóvenes

Los menores de 36 años podrán deducirse un 15% de las cantidades satisfechas por la adquisición o rehabilitación de la vivienda que vaya a constituir la residencia habitual del contribuyente en el territorio de la Comunidad de Castilla y León, con un límite máximo deducible de 9.040 euros anuales.

Entre los requisitos específicos para la aplicación de la deducción se establece que: 

  • Que se trate de su primera vivienda habitual.
  • Que la vivienda esté situada en un municipio que no exceda de 10.000 habitantes, con carácter general, o 3.000 habitantes si dista menos de 30 kilómetros de la capital de la provincia.
  • Que para aquellas adquisiciones que se hayan producido a partir de 1 de enero de 2016, el valor de la vivienda, a efectos del impuesto que grave la adquisición, debe ser menor de 135.000 euros.
  • Que la base imponible general más la base imponible del ahorro menos el mínimo personal y familiar no supere las siguientes cantidades: 18.900 euros en tributación individual y 31.500 euros, en tributación conjunta.

Por inversión en rehabilitación de viviendas destinadas al alquiler

Se podrán deducir el 15% de las cantidades invertidas en actuaciones de rehabilitación de viviendas, con un límite máximo de 20.000 euros, tanto en tributación individual como en conjunta.

Los requisitos para la aplicación de la deducción contemplan los siguiente puntos:

  • Que la vivienda esté situada en un municipio que no exceda de 10.000 habitantes, con carácter general, o 3.000 habitantes si dista menos de 30 kilómetros de la capital de la provincia.
  • El valor de la vivienda, a efectos del impuesto que grave la adquisición, debe ser menor de 135.000 euros.
  • Que durante los cinco años siguientes a la realización de las actuaciones de rehabilitación la vivienda se encuentre alquilada a personas distintas del cónyuge, ascendientes, descendientes o familiares hasta el tercer grado de parentesco  del propietario de la vivienda.
  • Que el importe del alquiler mensual no supere los 300 euros. El importe del alquiler mensual será la renta que libremente estipulen las partes, y por los conceptos que se pacten.

Por alquiler de vivienda habitual para jóvenes

Los menores de 36 años podrán deducirse un 25% del alquiler con un límite de 612 euros cuando la vivienda habitual se encuentre situada en un municipio que no exceda de 10.000 habitantes, con carácter general, o 3.000 habitantes si dista menos de 30 kilómetros de la capital de la provincia.

Como requisitos, a parte de la edad, la base imponible general más la base imponible del ahorro menos el mínimo personal y familiar no supere las siguientes cantidades: 18.900 euros en tributación individual y 31.500 euros en tributación conjunta. Y la deducción se practicará por el titular o titulares del contrato de arrendamiento.

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