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Plazas reservadas para personas con discapacidad en las oposiciones, cuántas son y cuáles son los requisitos

Un examen de oposición
Un examen de oposición
EUROPA PRESS
Un examen de oposición

Las personas con discapacidad tienen mayores dificultades que el resto para acceder al mercado laboral. Se enfrentan a obstáculos tanto físicos como intelectuales y ello impide su plena integración en el mundo laboral. Para facilitar su verdadera inclusión, la normativa española establece que estas personas deben ocupar al menos el 2% de los puestos de trabajo tanto de las empresas públicas como privadas con más de 50 trabajadores.

Para favorecer el cumplimiento de este porcentaje y facilitar el acceso de estas personas a la administración pública, existen una serie de medidas dirigidas a las convocatorias de empleo público, conocidas comúnmente como oposiciones.

Las personas con discapacidad tienen un cupo reservado en la mayoría de oposiciones. En concreto, tal y como establece la orden HFP/688/2017, hay un 7% de plazas reservadas en las ofertas de empleo público, divididas en: 

Es decir, dependiendo de la convocatoria de empleo público, el número de plazas reservadas será distinto. Por ejemplo, en una que ofrezca un total de 1.000 plazas, estarán reservadas 70 a personas con discapacidad. Este porcentaje, no obstante, ha ido variando a lo largo de los años, ya que hasta el año 2010 era de un 5% solo. Su incremento al 7% fue motivado por la necesidad de adecuar la normativa española a la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

¿Qué requisitos hay que cumplir?

Para que una persona pueda optar a una plaza de oposición otorgada por discapacidad, además de cumplir con los requisitos habituales en lo que se refiere a edad, nacionalidad, titulación, etc., debe tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%, ya que por debajo de ese porcentaje no se considera, a efectos legales, una discapacidad.

Además, será necesario superar los procesos de selección correspondientes y acreditar la discapacidad y "la compatibilidad con el desempeño de las tareas", tal y como establece la norma. Todas estas personas pueden optar a cualquier convocatoria de oposiciones, excepto aquellas que requieran necesariamente determinadas capacidades que no posean.

El Ministerio de Hacienda y Función Pública realizará después la distribución de reserva de plazas "dando preferencia a las vacantes en cuerpos y escalas cuyas funciones resulten compatibles con la existencia de una discapacidad". La adjudicación, además, se realiza según la petición de destino y de acuerdo con la puntuación total obtenida.

Por otro lado, hay que tener en cuenta que, quien solicite optar a una de las plazas reservadas a personas con discapacidad, sea por el cupo general o el intelectual, únicamente podrá presentarse por esta vía. Es decir, no optará al resto de plazas. En caso de hacerlo, es excluido del proceso.

Sin embargo, en el caso de que la persona con discapacidad se haya presentado por el cupo de reserva y no obtenga una de estas plazas, pero haya superado los exámenes con una puntuación superior a la de los aspirantes que se presentan por sistema general y obtienen plaza, se le incluirá en el sistema de acceso general por orden de puntuación.

Adaptaciones y exención de pago de tasas

Además de garantizar un cupo de plazas, también es importante facilitar a estas personas las adaptaciones necesarias para que realicen el examen o pruebas correspondientes en igualdad de condiciones que el resto de aspirantes.

En la solicitud, pueden pedir "las adaptaciones y los ajustes razonables de tiempo y medios", tal y como establece la norma. Para ello, deberán adjuntar a la solicitud el dictamen del grado de discapacidad, donde se acredite qué deficiencias presenta la persona, para que el organismo competente valore si le conceden estas adaptaciones. Entre ellas se encuentran:

  • Adaptaciones de medios: de carácter técnico o tecnológico, para personas, por ejemplo, con discapacidad auditiva o visual; adaptaciones físicas para acceder al lugar, como es el caso de personas con discapacidad motora y asistencia a través de medios humanos.
  • Adaptaciones de tiempos: en función de la discapacidad acreditada, el tribunal podrá acordar conceder tiempo adicional para la realización de las pruebas.

Por otro lado, estas personas están exentas de pagar la tasa, siempre que acompañen a la solicitud el certificado que acredita su grado de discapacidad. Estas exenciones se aplican a todas las oposiciones convocadas por el Estado aunque, por norma general, también a aquellas autonómicas y locales. 

Medidas insuficientes

Pese a estas facilidades, muchas organizaciones denuncian que no son suficientes y aún existen muchas dificultades para que estas personas accedan a los cuerpos superiores de las administraciones públicas.

"A pesar de los cupos de reserva, todavía existen obstáculos importantes que dificultan el acceso de las personas con discapacidad a los principales cuerpos de la Administración General del Estado, como inspectores, TAC, cuerpo diplomático, jueces y fiscales, entre otros, donde están infrarrepresentadas", explicó la directora de Programas con Universidades y Promoción del Talento Joven de Fundación ONCE, Isabel Martínez Lozano el pasado mes de octubre.

Según manifestó Martínez, "apenas se cubre el 30% de las plazas reservadas en los grupos A1 y A2, lo que evidencia que hay obstáculos en el acceso" de estas personas al empleo público en las oposiciones destinadas a cuerpos y escalas profesionales de nivel superior, por lo que ve "necesario desplegar una estrategia global que facilite la diversidad en el empleo público".

Por su parte, el movimiento asociativo Plena Inclusión España denunció el pasado mes de marzo que "no se respetan las mínimas condiciones de accesibilidad cognitiva" para personas con discapacidad intelectual ya que algunas ofertas exigen que la inscripción al examen se haga mediante certificado digital.

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