• Ofrecido por:

A FONDO

Cómo se calcula el grado de discapacidad de una persona, cuántos grados hay y qué ayudas supone cada uno de ellos

El Equipo de Valoración y Orientación valora el grado de discapacidad.
El Equipo de Valoración y Orientación valora el grado de discapacidad.
Henar de Pedro
El Equipo de Valoración y Orientación valora el grado de discapacidad.

El reconocimiento del grado de discapacidad establece que una persona presenta deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales que, al interactuar con diversas barreras, "pueden impedir su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con los demás". 

No obstante, no existe un único dictamen de discapacidad, sino que a cada persona se le reconoce un grado distinto, expresado en porcentaje, teniendo en cuenta una serie de parámetros funcionales y sociales.

En la actualidad, la valoración del grado de discapacidad se rige por el Real Decreto 1971/1999, pero está previsto que este año se actualicen los criterios para su evaluación ya que se trata de una legislación algo obsoleta, que no se adecúa a la clasificación propuesta por la Organización Mundial de la Salud (OMS) de 2001, recogida en la Convención de Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de 2006.

¿Cómo se calcula el porcentaje de discapacidad?

Para calcular el porcentaje de discapacidad, se valoran principalmente los informes médicos que el familiar aporte. "Es muy aconsejable que lleven todos los informes de los que dispongan, de forma física, aunque lo envíen de forma telemática, y se los preparen muy bien, que se los aprendan de memoria, y se anticipen a lo que les puedan preguntar”, asegura Cristina Herencia, trabajadora social.

Por otro lado, se utiliza un baremo estandarizado a nivel nacional, con la finalidad de que la valoración y calificación del grado sea uniforme y, por tanto, se garantice la igualdad de condiciones para acceder a beneficios, derechos económicos y servicios de estas personas. Este baremo tiene en cuenta tanto las limitaciones funcionales de la persona como los factores sociales "complementarios" que obstaculizan también su vida diaria.

Por tanto, se realiza una valoración de las tareas básicas de la vida diaria, el tiempo que se emplea en realizarlas y si es necesario asistencia para llevarlas a cabo. Entre los aspectos funcionales a medir se encuentran:

  • Actividades de autocuidado: vestirse, comer, evitar riesgos, aseo e higiene personal.
  • Otras actividades de la vida diaria: comunicación; actividad física (levantarse, vestirse, reclinarse, llevar, elevar, empujar); función sensorial (oír y ver); funciones manuales (agarrar, sujetar y apretar); transporte; función sexual; sueño y actividades sociales y de ocio.

Estas actividades se valoran en base a criterios de evaluación específicos de la o las diferentes patologías que sufra la persona: sistema respiratorio, aparato visual, lenguaje...etc. Además, se tienen en cuenta factores sociales, que dificulten su integración, de carácter:

  • Familiar: problemas graves en miembros de la familia o ausencia de miembros responsables de la unidad familiar.
  • Económico: se valora teniendo como referencia el salario mínimo interprofesional.​
  • Laboral: en función de la edad y la situación de empleo. En personas con una discapacidad incompatible con cualquier actividad laboral no se valora este factor.
  • Cultural: se diferencia entre situación cultural deprimida, inferior, primaria y ordinaria, dependiendo de la formación educativa.
  • Entorno: se valoran aspectos como la carencia o dificultad de acceso a recursos sanitarios, dificultades en vivienda, barreras arquitectónicas y/o de comunicación y problemas de rechazo social.

Los factores funcionales se cifran en porcentaje, mientras que los sociales se traducen en un valor absoluto, según el criterio del profesional, que no puede sobrepasar los 15 puntos. Además, para poder aplicar este baremo, el porcentaje de grado de la discapacidad no podrá ser inferior al 25%.

¿Cuánto grados de discapacidad hay?

El grado de discapacidad, determinado por clases, se expresa en porcentaje. Existen cinco tipos diferentes, en función del alcance de la discapacidad:

  • Grado 1, discapacidad nula (0%): los síntomas, de existir, son mínimos y no justifican una disminución de la capacidad de la persona para realizar las actividades de la vida diaria. 
  • Grado 2, discapacidad leve (1-24%): los síntomas existen y justifican alguna dificultad para llevar a cabo las actividades de la vida diaria, pero son compatibles con la práctica totalidad de las mismas. 
  • Grado 3, discapacidad moderada (25-49%): los síntomas causan una disminución importante o imposibilidad para realizar algunas de las actividades de la vida diaria, siendo independiente en las actividades de autocuidado. 
  • Grado 4, discapacidad grave (50-70%): los síntomas causan una disminución importante o imposibilidad para realizar la mayoría de las actividades de la vida diaria, pudiendo estar afectada alguna de las actividades de autocuidado. 
  • Grado 5, discapacidad muy grave (superior al 75%): los síntomas imposibilitan la realización de las actividades de la vida diaria.

Para que se considere una discapacidad a efectos legales, la valoración de la discapacidad física, psíquica y/o sensorial, además de los factores sociales complementarios, debe alcanzar un grado igual o superior a 33%.

En el caso de que existan dos o más discapacidades distintas, se combinan los porcentajes de cada una de ellas según una tabla de valores, para obtener el porcentaje de discapacidad global.

¿Quién determina el grado de discapacidad?

El Equipo de Valoración y Orientación (EVO) de cada comunidad autónoma, formado por un médico, un psicólogo, un trabajador social y, en algunos casos, un técnico en orientación laboral y/o un pedagogo, examinará a la persona y tendrá en cuenta todos los informes aportados para emitir el dictamen técnico facultativo. 

Este dictamen contiene el diagnóstico, el grado de la discapacidad y, en algunos casos, la determinación de la existencia de dificultades para utilizar el transporte colectivo. 

Beneficios y ayudas sobre el grado de discapacidad

Tener reconocido el grado de discapacidad es especialmente relevante ya que determinará la posibilidad de obtener ayudas para terapias, transporte o facilidades laborales, que variarán dependiendo del porcentaje de discapacidad reconocido.

"Te juegas mucho porque, por ejemplo, a la hora de pedir ayudas en colegios, no solo a nivel económico, sino en apoyos, no es lo mismo un alumno que tiene reconocida la discapacidad que uno que no. Y depende del porcentaje también, pero hay que luchar por el 33%", comenta la trabajadora social.

Si el porcentaje es igual o superior al 33% permitirá, por ejemplo, beneficios fiscales en el IRPF, gratuidad de los medicamentos, reducción de precios en el transporte público, ventajas a la hora de acceder a una vivienda pública o protegida, jubilaciones anticipadas, ampliación del permiso de maternidad o becas de estudios.

Puedes consultar en este documento de la Comunidad de Madrid todas las prestaciones disponibles vinculadas al reconocimiento del grado de discapacidad.

Revisión del grado de discapacidad

El grado de discapacidad no es definitivo, sino que puede revisarse si la persona considera que ha tenido un empeoramiento de su estado de salud. Cuando esto ocurre, se puede solicitar la revisión del grado de discapacidad.

Para solicitarlo, deben haber transcurrido al menos dos años de la resolución inicial. Solo puede reclamarse antes de ese periodo si se acredita con informes médicos actualizados y recientes o bien un error en el diagnóstico o un cambio sustancial en su estado desde el reconocimiento anterior.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento