Sobre beneficios, no sobre cifra de negocio, y excluyendo a los bancos: diferencias del impuesto de Bruselas y el del Gobierno

Sánchez y Ribera en una imagen de archivo
Sánchez y Ribera,  en una imagen de archivo
EFE
Sánchez y Ribera en una imagen de archivo

La Comisión Europea ha propuesto formalmente este miércoles a los países de la UE la creación de un nuevo impuesto con el que las empresas energéticas harán una "contribución solidaria" para paliar los efectos de la crisis energética que sufren familias y negocios. Se trata de un instrumento en la misma línea del que se creará en España, aunque con dos diferencias fundamentales. El que plantea Bruselas será "solo" a empresas activas en el sector de la energía, mientras que el Gobierno creará también otro, para la banca. Si en España se plantea un tributo del 1,2% sobre la cifra de negocio de estas compañías, Bruselas propone actuar sobre los beneficios extraordinarios, con un tributo de al menos el 33%.

La creación de un impuesto sobre los beneficios caídos del cielo de empresas energéticas es una de las medidas que contempla la propuesta de regulación que hace la Comisión a los gobiernos de la UE para intervenir el mercado y tratar de bajar la factura de la luz. Bruselas les pide una "contribución solidaria" para que parte de sus beneficios se "reconduzcan" para ayudar a hogares y empresas más vulnerables. "Hacer beneficios es positivo, pero en estos momentos es erróneo recibir beneficios extraordinarios o de la guerra y que paguen el pato los consumidores. Los beneficios tiene que canalizarse a quienes más lo necesitan", ha indicado la presidenta de la Comisión, Ursula von der Leyen, ante el Parlamento Europeo.

Lo que plantea Bruselas es un nuevo impuesto que como en España será "excepcional y temporal". La Comisión no especifica cuánto tiempo durará. El Gobierno lo plantea solo para 2023 y 2024. A partir de ahí, hay dos grandes diferencias entre estos dos tributos.

Beneficios y solo energéticas

La primera es que Bruselas solo quiere gravar de esta forma adicional a compañías energéticas, cuando el Gobierno creará dos impuestos, uno para ellas y otro más para las entidades financieras. "Para compañías y establecimientos permanentes sólo en los sectores del petróleo, el gas y refinería que es conmensurado y apropiado a la situación socioeconómica actual", dice en su documento la Comisión.

El impuesto también se calculará de una forma distinta a lo que ha planteado el Gobierno en una propuesta que este martes dio el primer paso del trámite parlamentario con la toma en consideración en el Congreso.

El PSOE y Unidas Podemos plantean un tributo del 1,2% sobre la cifra de negocios de estas compañías porque considera que así se "posibilita que las aportaciones respondan a su cuota de mercado".

A diferencia de esto, Bruselas plantea un impuesto que se basará en "el exceso de beneficio tributables por el año fiscal 2022", entendidos siempre si están un 20% de los beneficios que ingresaron en los tres años fiscales anteriores. Este gravamen  será "un mínimo" del 33% porque la Comisión permite que los Estados miembros fijen impuestos más altos o lo combinen con otras medida ya tomada. El PP, en un documento con propuestas energéticas que bebe en buena medida de los planteamientos de la Comisión, aceptó como mal menor gravar los beneficios extraordinarios en lugar de la cifra de negocios. Este martes votó en contra en el Congreso de la tramitación parlamentaria para crear los dos nuevos tributos que plantea el Gobierno.

Por otra parte, la Comisión subraya la importancia de que los ingresos que obtenga cada Gobierno europeo por este impuesto sean utilizados en beneficios de los hogares y las empresas, sobre todos los más afectados por la actual carestía de la energía. El propósito debe ser, indica, "apoyar financieramente las medidas que sean necesarias para reaccionar a la situación que plantea la actual crisis en hogares y negocios. Los que generan beneficios excesivos necesitan contribuir con una porción de los mismos en un espíritu de solidaridad".

Efecto de la 'excepción ibérica'

Con este mismo objetivo -que empresas que están ganando mucho más dinero del esperado por los elevados precios de la energía los reviertan en parte para bajar la factura- la Comisión plantea una segunda media que puede que no afecte en exceso a España. Plantea que un límite del precio de la electricidad que se genera con energías "inframarginales", es decir más barata que la marginal, que es el gas, de modo que se "recupere así el exceso de ingresos" por parte de compañías que producen electricidad más barata con renovables, nuclear o lignito, pero que luego la venden al precio de gas.

Bruselas propone un precio máximo de 180 euros MWh para la luz producida con renovables o nuclear. Con ella, la Comisión trata de contener el precio de la electricidad producida con energías más baratas que el gas y que no hace falta importar de otros países. "Asegurando que las plantas de electricidad más baratas y más eficientes por toda la UE despachan siempre antes y que los Estados miembros pueden acudir a las importaciones cuando las necesiten".

Sin embargo, en España este tope de 180 euros queda por encima o supera en muy poco lo que cuesta la electricidad producida con renovables, de modo que la medida podría no tendría efecto aquí. El motivo es la 'excepción ibérica'. Aunque Bruselas descarta ampliarla a toda la UE como propone España y piden algunos Estados miembros, su existencia hace difícil que el precio supere el umbral de los 180 euros que fija Bruselas y, de hacerlo, sería por poco. 

De algún modo, fijar un precio máximo para las energías inframarginales es una versión alternativa al 'excepción ibérica'. Es lo contrario porque el mecanismo que rige en España y Portugal limita el precio del gas, que la Comisión no toca en este instrumento, pero el efecto es similar. España y Portugal pagan íntegro el precio del gas -directamente o mediante la compensación- pero el límite de 40 euros por MWh pone un tope al precio del resto de tecnologías las inframarginales que ahora topa Bruselas con 180 euros MWh.

Este miércoles desde Estrasburgo la comisaria de Energía, Kadri Simson, ha asegurado que España y Portugal no tendrán que aplicar la 'excepción ibérica' que no expirará hasta el 31 de mayo de 2023. "Pedimos a los Estados miembros que sigan con sus sistemas de topes, por ejemplo España", ha dicho. De la misma manera, Bruselas invita a los países a introducir límites más bajos para renovables que 180 euros MWh o distintos umbrales para las distintas tecnologías.

El límite al precio de gas que funciona en España y Portugal desde junio hace que el MWh de electricidad producida por cualquier fuente no pueda cobrarse a más de 40 euros hasta noviembre y a una media de 48 euros en un año que termina en mayo de 2023. Con este límite de precio que también afecta a las renovables, en el sector explican que supone que el MWh generado con ellas no supera los 150 o 200 euros.  Es el resultado de sumar el coste de los dos megavatios para hacer uno de electricidad (total, 80 euros el MWh) a los costes de derechos de emisión de CO2 y   de producción

La propia Comisión reconoce que este precio tope de 180 euros está también por encima de lo que ha venido costando la electricidad generada con renovables, pero en esta cifra contempla también las expectativas de ganancias de este sector en el actual contexto de precios elevados, como incentivo para que este límite no perjudique a las inversiones en renovables.

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