La Manada intentará rebajar sus condenas con la ley del 'solo sí es sí', pero los penalistas lo ven improbable: "El TS no admitirá revisión"

Vista de los cuatro miembros de La Manada, Alfonso Jesús Cabezuelo, José Ángel Prenda, Antonio Manuel Guerrero y Jesús Escudero durante el juicio por los hechos acaecidos en Pozoblanco que se celebra en la ciudad de la Justicia de Córdoba a 18 de noviembre del 2019.
Vista de los cuatro miembros de La Manada, Alfonso Jesús Cabezuelo, José Ángel Prenda, Antonio Manuel Guerrero y Jesús Escudero durante el juicio por los hechos acaecidos en Pozoblanco que se celebra en la ciudad de la Justicia de Córdoba a 18 de noviembre del 2019.
Europa Press
Vista de los cuatro miembros de La Manada, Alfonso Jesús Cabezuelo, José Ángel Prenda, Antonio Manuel Guerrero y Jesús Escudero durante el juicio por los hechos acaecidos en Pozoblanco que se celebra en la ciudad de la Justicia de Córdoba a 18 de noviembre del 2019.

No había pasado ni una semana desde la aprobación definitiva de la ley del 'solo sí es sí' cuando trascendió la noticia de que el abogado de los miembros de La Manada iba a solicitar una rebaja de las penas valiéndose de la nueva legislación. ¿Oportunidad o enredo? Los juristas apuntan a lo segundo. Como mucho, y en el mejor de los escenarios, se lograría disminuir en torno a un año la condena de 15 años que dictó el Tribunal Supremo en 2019. Pero los penalistas consultados por este periódico dudan que, teniendo en cuenta que la condena impuesta no fue la máxima contemplada, el alto tribunal acepte revisar el caso. 

El caso es paradójico. La ley de libertad sexual, la del 'sí es sí', tiene su germen en la oleada de indignación que surgió a raíz de la violación en grupo a una joven durante las fiestas de San Fermín en Pamplona (Navarra). La sentencia inicial de los tribunales navarros condenaba a los cinco miembros a 9 años de prisión por abuso sexual, y no por violación. Finalmente, el Tribunal Supremo elevó la condena a 15 años por un delito continuado de violación con las agravantes específicas de trato vejatorio y actuación conjunta de dos o más personas. 

Ahora, la nueva ley impulsada por el departamento de la ministra de Igualdad, Irene Montero, ha eliminado esa distinción entre abuso y violación, ensanchando así la horquilla de penas para incluirlas todas en el saco de las agresiones sexuales y recogiendo, por tanto, condenas más bajas. Eso es precisamente lo que, según avanzó El Confidencial, quiere aprovechar el representante de los condenados, Agustín Martínez, para que se revisen las penas a la baja. 

"Lo hace en virtud del principio de retroactividad de la norma penal más favorable, que establece que, cuando se modifica una ley penal que favorece al reo, se puede aplicar a sentencias dictadas con anterioridad", explica a 20minutos Jose Antonio Tuero, primer presidente de la sección de abogados penalistas del Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM). 

Con todos los agravantes, el Supremo fijó las condenas en 15 años de cárcel, partiendo de una horquilla iba de un mínimo de 14 años y 3 meses a un máximo de 18 años. "Los hechos son muy graves, y la actitud de los acusados posterior a los mismos que se describe en la sentencia aumenta la culpabilidad del injusto, o la antijuridicidad de su conducta, lo que justifica la imposición de una pena superior al mínimo legalmente previsto, aunque muy cercana al mismo", alegó entonces el Alto Tribunal. 

"No tiene muchos visos de prosperar"

Ahora, con la modificación de la ley, el límite inferior de la horquilla se rebaja de 14 a 13 años, que es lo que previsiblemente va a alegar el abogado para pedir una reducción de las penas. "Es enredar un poco", asegura Tuero. Según el abogado, la revisión "no tiene muchos visos de prosperar", precisamente porque la sentencia firme sigue estando dentro de los límites mínimos y máximos que establece la ley de libertad sexual. "Dependerá mucho del Tribunal Supremo", añade. 

Lo mismo opina Helena Gil, magistrada y profesora de derecho penal en la escuela judicial del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). "No lo veo factible. El tema no es sencillo, pero teniendo en cuenta la jurisprudencia del TS en reformas legales muy similares, yo creo que no va a ser posible", asegura a este periódico. 

El ejemplo que pone es el siguiente: una persona ha sido condenada a cuatro años de cárcel por hurto, pero cambian la legislación y la pena máxima pasa a ser de tres años. Puesto que la condena del imputado queda fuera del margen legal, sí que sería una sentencia que tendría que revisarse. 

"Aquí lo que pasa es que nos encontramos con una pena que, aunque la ley haya cambiado, estaría dentro del margen legal del delito de violación, y el Supremo no suele revisar condenas que se mantengan en el margen de la nueva regulación", detalla Gil. En otras palabras, si los miembros de La Manada fuesen condenados ahora en base a la ley del 'solo sí es sí', no hay nada que asegure que la pena fuera menor, ya que la horquilla actual está entre los 13 y los 18 años (los 15 años a los que fueron condenados sigue siendo factible). 

La condena podría haber sido mayor

En lo que se apoya el abogado de los condenados por violación es en que el TS alegó que la sentencia fijada "se encuentra muy próxima al mínimo legal"(14 años y cuatro meses), por lo que su estrategia iría en defender que el mínimo legal actual ha bajado a los 13 años. 

Con todo, hay un asunto importante a tener en cuenta. La sentencia podría haber sido más alta, ya que los violadores fueron condenados solo por el delito que habían cometido, sin contemplar su cooperación en las violaciones de los otros miembros. De hecho, el propio TS lo indica en su sentencia, señalando que la víctima sufrió "un total de 10 agresiones sexuales" y que, según contaron los jueces, de tenerse en cuenta la llamada "cooperación necesaria", la pena podría haberse disparado hasta los 50 años.

"Esto que el TS deja anotado sí que se puede tener en cuenta a efectos de proporcionalidad. Que digan que ya tuvieron una pena más baja que la que les hubiera correspondido. Pero en casos similares anteriores nunca se han revisado, por lo que me parecería muy raro que lo hicieran esta vez", apostilla la magistrada. 

Otra pregunta que surge con esta cuestión es si los agresores hubiesen sido castigados con la misma pena si el juicio se hubiese producido después de la entrada en vigor de la ley de libertad sexual. "Es un futurible", afirma Tuero, de la ICAM. Según detalla, dentro de las sentencias, una de las partes "fundamentales" es la pena a imponer, que se dicta en función de las circunstancias del caso en concreto. Por eso el Código Penal pone horquillas, para que el juzgador determine, en función de las circunstancias concretas, de la gravedad, de la trascendencia, si impone la pena más alta o la más baja en ese intervalo. 

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