¿Tengo que llevar la mascarilla puesta en la farmacia?

Archivo - Imatge de recurs d'una farmàcia
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RICADO RUBIO/EUROPA PRESS
Archivo - Imatge de recurs d'una farmàcia

Este miércoles 20 de abril ha entrado en vigor, tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), la eliminación del uso obligatorio de mascarillas en espacios cerrados, salvo en determinados supuestos.

Después de más de dos años desde que estallase la pandemia, el Gobierno flexibiliza las medidas de prevención por la evolución epidemiológica y por el alcance de la cobertura de vacunación en España, que permite plantear modificaciones en las estrategias de control.

¿En qué casos sigue siendo obligatoria?

En este sentido, las personas de seis años en adelante seguirán teniendo que llevar mascarilla en estos casos: en centros sanitarios y sociosanitarios, en establecimientos que ofrezcan servicios sanitarios, en residencias de mayores y en medios de transporte públicos. 

Por tanto, seguirá siendo obligatorio en el interior de los establecimientos farmacéuticos, al igual que en hospitales, centros de atención primaria, clínicas dentales, centros de fisioterapia, ópticas o cualquier otro espacio que ofrezca este tipo de servicios.

El Gobierno considera que en los centros y establecimientos sanitarios "puede haber una mayor concentración de personas vulnerables, con un "riesgo de enfermedad grave mayor" y donde "la probabilidad de transmisión es más alta".

Asimismo, desde Sanidad recomiendan que las personas con vulnerabilidad hagan un "uso responsable" de la mascarilla, aunque no sea obligatoria y se centra, principalmente, en mayores de 60 años, en personas inmunodeprimidas, en embarazadas o en personas con factores de riesgo.

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