El Constitucional niega que la condena a Turull sea desproporcionada y no ve vaguedad en el delito de sedición

  • La sentencia argumenta que el exconseller usó la movilización ciudadana para tratar de sustituir la legalidad.
  • El TC rechaza el recurso de amparo presentado por Turull, uno de los condenados del procés.
Cuixart, Turull, Romeva y Forn salen de la cárcel con un permiso por Sant Jordi
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Europa Press
Cuixart, Turull, Romeva y Forn salen de la cárcel con un permiso por Sant Jordi

El Tribunal Constitucional niega en la sentencia que desestima el recurso de amparo del exconseller Jordi Turull que la condena de 12 años de prisión por sedición y malversación impuesta por el Tribunal Supremo sea desproporcionada. 

La sentencia rechaza que Turull tratase de defender derechos fundamentales y sostiene que con su conducta "lo que pretendía era neutralizar las decisiones adoptadas por este tribunal y los órganos judiciales sirviéndose de la movilización ciudadana para este propósito". La mayoría del pleno del Constitucional avala la lectura del tribunal del procés y ve encaje de los hechos en el delito de sedición en el que no ve "vaguedad".

El TC niega que la ausencia de violencia sea argumento para descartar "el alzamiento tumultuario". "El delito de sedición no prevé, en el tipo básico o en la modalidad agravada, la causación de lesiones o el uso de armas; de manera que la ausencia de estas circunstancias no impide apreciar la comisión del referido delito", dice el texto hecho público este miércoles.

"La responsabilidad penal que se le atribuye, como autor de un delito de sedición, tampoco le exime del hecho de haber inducido a los convocados a comportarse de manera agresiva", dice la sentencia de la que ha sido ponente el magistrado Pedro González-Trevijano, que remarca que Turull "venía obligado a ejercer el cargo de conseller conforme al marco normativo".

"Hemos de rechazar que, bajo el pretexto de facilitar el ejercicio de estos derechos, estuviese legitimado para incumplir las obligaciones inherentes al cargo que desarrollaba", dice el TC. La sentencia niega que el delito tenga un "grado de vaguedad tal" que impida identificar los hechos como sedición.

El TC también niega que se hayan lesionado los derechos de Turull a la defensa, a no ser discriminado por razón de lengua en el juicio oral, el derecho a la igualdad de armas o el derecho de prueba. También rechaza las acusaciones de parcialidad dirigidas a magistrados del Supremo y vuelve a confirmar su competencia para encausar los hechos

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