GUÍA | ¿Debo volver a mi residencia habitual ya o puedo esperar unos días más? ¿Me pueden multar al regreso?

Un guardia civil solicita la documentación a un conductor en un control montado en la A-5
Un guardia civil solicita la documentación a un conductor en un control montado en la A-5
EFE
Un guardia civil solicita la documentación a un conductor en un control montado en la A-5

Miles de españoles se desplaza a otros puntos de la geografía española durante las estas fiestas navideñas para visitar a sus familiares y allegados. Pese a que el Gobierno acordó con las comunidades autónomas un marco común de actuación, el incremento de contagios por el coronavirus ha forzado a la mayoría de regiones a endurecer las restricciones para frenar los positivos. 

El resultado han sido 17 modelos de restricciones diferentes que pueden confundir al ciudadano a la hora de plantearse realizar un viaje de cierta entidad. ¿En qué fechas puedo viajar? ¿Me hace falta algún tipo de justificante? ¿Qué comunidades permiten la entrada y salida para ver a familiares? A continuación resolvemos algunas de las dudas que se pueden plantear a la hora de emprender un desplazamiento en estas fechas. 

¿Qué comunidades permiten la entrada y salida durante todas las fechas navideñas?

El Gobierno y las comunidades autónomas establecieron como norma general un cierre perimetral de las regiones entre el 23 de diciembre y el 6 de enero, pero permitiendo la entrada y salida de cada región para visitar a familiares y personas allegadas. Esta medida es la que va a estar en vigor en las comunidades de Andalucía, Asturias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Cataluña, Extremadura, Galicia, Madrid, Murcia y las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla. De esta formas, las personas que tengan que viajar a alguno de los territorios señalados con anterioridad para ver a sus familiares o allegados podrán hacerlo sin problema.    

¿Hay alguna autonomía cerrada a las visitas?

Sí. En la Comunidad Valenciana solo podrán entrar personas que sean residentes, lo que implica que ni familiares ni allegados podrán ir de visita. Por ejemplo, una persona se encuentre en Madrid temporalmente cursando estudios universitarios pero cuya residencia está en Valencia no tendría problemas para regresar a su tierra para estar con su familia. Sin embargo, un valenciano con residencia habitual en la capital de España no podría viajar a la Comunidad Valenciana para estar con sus familiares.

¿Qué pasa con el resto?

Otras comunidades han optado por permitir solo la entrada y salida de personas para visitar a familiares en dos periodos: del 23 al 26 de diciembre y del 30 de diciembre al 2 de enero. Se trata de Aragón, Castilla y León, La Rioja y Navarra. El País Vasco, por su parte, solo abrirá la comunidad el 31 de diciembre y el 1 de enero.

¿Y Canarias y Baleares?

El acuerdo del Gobierno y las comunidades autónomas que recomendaba el cierre perimetral entre el 23 de diciembre y el 6 de enero no afectaba a Canarias y Baleares, que al ser territorios insulares y con otras características podían optar por medidas diferentes. Así, en Canarias se podrá salir o entrar de la comunidad para visitar a familiares y allegados excepto en la isla de Tenerife, que está cerrada perimetralmente con las excepciones correspondientes. Además, todas las personas que quieran entrar en Canarias necesitan una prueba PCR negativa, realizada 72 horas antes del vuelo. En Baleares, por su parte, no hay cierre perimetral pero se exige una PCR o TMA negativa a los pasajeros de vuelos nacionales mayores de seis años procedentes de cualquier punto de España que hayan estado fuera de las islas más de 72 horas.

Soy allegado, ¿puedo entrar en todas las comunidades?

No en todas. Algunas comunidades como Castilla y León, Galicia, Extremadura y Murcia han vetado a los allegados y solo permiten familiares. Tampoco pueden entrar allegados en la Comunidad Valenciana, donde solo podrán acceder residentes. 

¿Qué pasa si vivo o estoy en una zona que se encuentra confinada?

Dependerá de lo que haya decretado el Gobierno regional correspondiente. Por ejemplo, la Comunidad de Madrid mantiene seis zonas de la región con restricciones de movilidad -La Moraleja (Alcobendas), Sanchinarro y Andrés Mellado (Madrid capitak), Getafe Norte (Getafe) y Felipe II y Alcalde Bartolomé González (Móstoles)- pero debido a las fiestas navideñas, se ha establecido una excepción a la prohibición generalizada de entrada y salida a estos barrios. En concreto, los días 24, 25 y 31 de diciembre de 2020 y el 1 de enero de 2021 se levanta esta restricción, por lo que se entiende que si personas residentes en las citadas zonas básicas quieren reunirse en otros lugares con sus familiares y allegados, podrán hacerlo, aunque solo los días señalados, no durante el resto de las pascuas.

¿Necesito algún tipo de justificante?

Es evidente que si hay un control de la Policía Nacional o la Guardia Civil y te preguntan necesitarás justificar el desplazamiento fuera de tu lugar de residencia habitual. Comunidades autónomas como Navarra, Madrid, Cataluña, La Rioja, País Vasco o Aragón han puesto a disposición de sus ciudadanos un modelo de declaración responsable o una especie de salvoconducto para mostrar a las autoridades. En la hoja hay que indicar los nombres y apellidos de las personas que se desplazan, su lugar de residencia, el destino de su viaje y la fecha y razón del desplazamiento (visita familiar o visita a allegado). Además, se requiere el nombre de la persona a la que se visita. Si el Ejecutivo regional de la autonomía donde resides no lo ha hecho, deberás elaborar tu mismo esa declaración responsable o presentar algún documento (DNI, Libro de Familia...) que acredite el viaje. 

¿Me puedo salir en algunas de las ventanas que hay fuera de las fechas señaladas, como el fin de semana del 26 de diciembre o el 9 de enero, para desplazarme fuera de mi región?

El cierre perimetral decretado por el Gobierno y las comunidades es del 23 de diciembre al 6 de enero. Solo se puede salir por causa justificada (motivos laborales, ir al médico...) o para la reagrupación familiar, aunque la mayoría de autonomías solo permiten las visitas familiares en fechas clave, como Nochebuena. Así, si quieres viajar fuera de tu región para hacer turismo, por ejemplo, el fin de semana después del día de Navidad, no podrás hacerlo. Pasadas las fiestas, hay comunidades, como Andalucía, Madrid o Extremadura, que no tienen previsto por ahora extender el cierre perimetral, por lo que sus ciudadanos podrán entrar y salir libremente de sus territorios, aunque solo podrán ir sin causa justificada a otros territorios sin cierre perimetral. Por ejemplo, el fin de semana del 9 de enero, un madrileño podría viajar a Cáceres o Badajoz, pero no a Bilbao. Esto se debe a que otras comunidades, como Castilla y León, Asturias, País Vasco o Aragón, han extendido su cierre perimetral más allá del 6 de enero. 

¿Cuánto me puede poner de multa si me salto las restricciones?

Los ciudadanos que durante estos próximos días incumplan las normas establecidas de entrada y salida de sus territorios sin causa justificada serán sancionados por las fuerzas de seguridad con multas que van desde los 100 a los 600.000 euros en función de su gravedad y reiteración.

¿Con cuántas personas está permitido reunirse? 

Por regla general, las reuniones familiares se deben limitan a seis personas durante todo el periodo navideño, como van a hacer Asturias, Canarias, Madrid, Navarra, Extremadura, País Vasco o Aragón. Sin embargo, hay excepciones. Algunas comunidades permiten ampliar hasta diez personas el número de comensales solo en fechas clave, como el 24, 25 y 31 de diciembre y el 1 y 6 de enero. Es el caso de Andalucía, Baleares -excepto Mallorca- Cataluña, Cantabria, Castilla y León, Galicia, Castilla-La Mancha, Comunidad Valenciana, La Rioja y Murcia. 

¿Contarán los niños? 

Sí. Casi todas las comunidades incluyen a los niños en el cómputo de comensales. Solo el Gobierno de Canarias ha apostado por no incluir en esa contabilidad a los menores de seis años -excepto en la isla de Tenerife por su situación epidemiológica-. Galicia apostó inicialmente por dejar al margen de los cálculos a los menores, en su caso hasta los diez años, pero finalmente rectificó. 

¿Se mantiene el toque de queda?

Sí. Todas las comunidades mantienen el toque de queda, aunque cada una lo ha adaptado a sus necesidades. Cataluña, Castilla y León, País Vasco, Canarias y Cantabria han decretado el toque de queda entre las 22.00 y las 6.00 horas; mientras que en Galicia, Andalucía, Asturias, Navarra, Aragón, Murcia y la Comunidad Valenciana ha quedado fijado entre las 23.00 y las 6.00 horas. En  Madrid, Extremadura, Castilla-La Mancha y Baleares es entre las 00.00 y las 6.00 horas. La Rioja, por su parte, adelanta el fin del toque de queda a las 5.00 horas y lo inicia a las 23.00. Por regla general, en la mayoría de comunidades el horario es más amplio en Nochebuena y Nochevieja, donde el inicio del toque de queda se prolonga hasta las 1.30 horas. 

¿Podré asistir a la misa del gallo?

El acuerdo entre el Gobierno y las comunidades autónomas sí prevé que pueda celebrarse la misa del gallo en Nochebuena, pero siempre que para asistir no se incumplan el resto de restricciones, como el toque de queda nocturno o la limitación de aforo. No obstante, las autoridades sanitarias recomiendan ofrecer alternativas a la misa presencial, como puede ser la retransmisión por Internet o por televisión. En este sentido, La 2 de TVE emitirá en directo el próximo 24 de diciembre la tradicional ceremonia, que será oficiada por el Papa Francisco desde la Basílica de San Pedro del Vaticano. Será a las 19.30 horas, un horario inusual a causa de la pandemia. 

¿Siguen las restricciones para ir a comprar a un comercio?

Sí. Se recomienda a la población que organice sus compras con antelación para evitar las grandes aglomeraciones en calles y centros comerciales. Los comercios y calles comerciales respetarán el aforo previsto y las limitaciones impuestas en la comunidad o ciudad autónoma correspondiente, asegurándose el mantenimiento de la distancia interpersonal de seguridad.

¿Y para ir a comer a un restaurante?

Los establecimientos hosteleros seguirán las normas de aforo y prevención, así como el resto de restricciones vigentes en cada comunidad y ciudad autónoma. En particular, en el interior, se garantizará una adecuada ventilación natural o mecánica. Se recomienda reforzar el mensaje de hacer uso de la mascarilla cuando no se esté comiendo ni bebiendo y se evitará comer del mismo plato.

¿Habrá más frecuencias en el transporte público?

Durante el periodo navideño, se recomienda a las administraciones competentes aumentar la frecuencia de horarios del transporte público para evitar las aglomeraciones, garantizando una adecuada ventilación y el cumplimiento de las medidas de prevención, que incluyen no comer y hacer un uso correcto de la mascarilla.

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