¿Pueden Madrid y otras autonomías decretar toques de queda para frenar el avance del coronavirus?

Policía Nacional y Guardia Civil despliegan controles para vigilar el cumplimiento de las restricciones a la movilidad impuestas por el estado de alarma decretado en Madrid.
Un policía nacional durante las restricciones a la movilidad en Madrid.
Rodrigo Jiménez / EFE
Policía Nacional y Guardia Civil despliegan controles para vigilar el cumplimiento de las restricciones a la movilidad impuestas por el estado de alarma decretado en Madrid.

Pese a todas las restricciones y medidas que se han tomado desde marzo para frenar el avance del coronavirus en España, la enfermedad sigue avanzando. Ahora las restricciones se dirigen hacia el ocio nocturno y la mayoría de las comunidades apuestan por imponer un toque de queda para desmovilizar a la ciudadanía por la noche. 

Y es que en los últimos días varias comunidades han pedido al Gobierno central la aplicación de esa medida, que ya está en vigor en otros países como Francia. Este jueves, en el Consejo Interterritorial de Salud, que reúne a los representantes de Sanidad tanto del Gobierno central como de las autonomías, no hubo acuerdo sobre el toque de queda, pues Madrid y País Vasco se opusieron a aplicarlo.

Ante esa perspectiva, Castilla y León ya ha anunciado que aplicará un toque de queda tras consultar a sus servicios jurídicos, mientras mientras que Murcia y Comunidad Valenciana preguntarán a sus respectivos Tribunales Superiores de Justicia si pueden implantarlo. Andalucía lo ha anunciado para Granada este mismo fin de semana.

Madrid, por su parte, no ha limitado los movimientos, pero ha prohibido las reuniones nocturnas. La presidenta Isabel Díaz Ayuso ha señalado que sus medidas son "distintas" a un toque de queda y van dirigidas a proteger la economía.

¿Qué es un toque de queda?

Con toque de queda, las autoridades se refieren a la limitación del movimiento nocturno, enfocado en este caso a suprimir las reuniones sociales y los botellones, que se consideran como el principal foco de contagios de coronavirus. Las propuestas varían en aplicarlo desde las 23.00 horas o medianoche hasta las 6.00  del día siguiente

Isabel Álvarez Vélez, catedrática de Derecho Constitucional de la Universidad Comillas ICADE, precisa a 20minutos que, en primer lugar, la expresión toque de queda no está contemplada dentro del ordenamiento jurídico español. 

"Es un término que  se está usando por la prensa, que en otros países existe, pero en lo que respecta a nuestra ordenamiento no tiene ningún fondo jurídico", precisa la catedrática. "Todos entendemos lo que quiere decir, pero eso hay que dejarlo claro, que ese término no existe en nuestras leyes".

Álvarez Vélez considera que las Comunidades Autónomas sí tienen la capacidad jurídica para decretar medidas que limiten la movilidad por la noche. Pero advierte de que ello debe contar con el aval de los tribunales.

"Todas las medidas que tomen las Comunidades Autónomas en el sentido de limitar derechos, que además en este caso son derechos fundamentales como es la libertad de movimiento, deben tener una autorización judicial".

La experta insiste en la necesidad de una previa autorización judicial. Solo el Gobierno central puede adoptar una restricción de ese tipo sin el aval de los jueces, adoptando el estado de alarma, y solo por 15 días. Para una prórroga es preceptiva la autorización del Congreso, como ya se hizo durante el proceso de desescalada al confinamiento ordenado en marzo.

"Es muy importante, en el caso de las Comunidades Autónomas, que estas medidas estén avaladas para que no haya problemas de que, a posteriori, sean suspendidas", señala. "Todas estas medidas deben tomarse con amparo judicial".

En las últimas semanas, varias comunidades han visto sus restricciones tumbadas o cuestionadas por la justicia. El más reciente ha sido el de Madrid, cuando el Superior de Justicia de la región no avaló el confinamiento perimetral que había ordenado el Gobierno en vísperas del Puente del 12 de Octubre. 

La resolución señaló que las restricciones al movimiento (se impedía salir o entrar en la comunidad salvo causa justificada) no podía fundamentarse en un acuerdo tomado por el Consejo Interterritorial de Salud, un organismo ejecutivo que aglutina a los representantes de las carteras de Sanidad.   

Mostrar comentarios

Códigos Descuento