El Supremo aclara que los recursos contra la Interterritorial de Sanidad deben ir a la Audiencia Nacional

Una trabajadora limpia un acceso al metro en el distrito de Vicálvaro, en una de las 8 nuevas zonas de Madrid con restricciones de movilidad por el coronavirus.
Una trabajadora limpia un acceso al metro en el distrito de Vicálvaro, en una de las 8 nuevas zonas de Madrid con restricciones de movilidad por el coronavirus.
FERNANDO VILLAR / EFE
Una trabajadora limpia un acceso al metro en el distrito de Vicálvaro, en una de las 8 nuevas zonas de Madrid con restricciones de movilidad por el coronavirus.

Aclaración del Tribunal Supremo justo el día en que la Comunidad de Madrid ha anunciado que recurrirá las medidas que se votaron este jueves en el Consejo Interterritorial de Sanidad y que supondrán cerrar Madrid y otros nueve municipios madrileños. El Alto Tribunal ha fallado en relación a un recurso anterior que la competencia de resolver sobre los acuerdos de este órgano es la Audiencia Nacional y no el Tribunal Supremo o los tribunales superiores de justicia autonómicos, en este caso de la Madrid.

La Sala III, de lo Contencioso-Adminstrativo, ha determinado que la Audiencia Nacional es la instancia competente para resolver los recursos contra el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, dado que allí se reúnen un ministro pero también responsables de todas las comunidades autónomas

"Dado que en la Conferencia Sectorial participa un miembro del Gobierno, esto es un Ministro, así como representantes de todas las comunidades autónomas, lo propio es atribuir la competencia a la Audiencia Nacional", dice el auto difundido este jueves.

Así lo ha aclarado en relación con el recurso que una asociación de consumidores presentó contra la decisión de tomar actuaciones coordinadas contra el coronavirus que adoptó este órgano el 16 de julio. En concreto, en contra de del plan de respuesta temprana en el escenario de control de la pandemia y las restricciones que contemplaba para eventos y actividades multitudinarias. Los recurrentes consideraban que con la decisión se había "suspendido el contenido esencial de derechos fundamentales y habla de la innecesariedad e impertinencia del confinamiento".

En todo caso, el fallo del Supremo no entra a valorar el recurso, sino que aclarar qué instancia judicial es competente para hacerlo, la Audiencia Nacional al tratarse el Consejo Interterritorial de un órgano de representación autonómica. 

"No estamos ante actuaciones del Consejo de Ministros ni de Comisiones Delegadas del Gobierno en que si sería competente éste órgano

judicial", dice en referencia a sí mismo.

La resolución se publica justo el día en el que la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso, ha asegurado que acatarán la decisión del Consejo Interterritorial que este jueves se ha publicado en el BOE y que es “de obligado cumplimiento”. Per también que la recurrirán ante los tribunales. "Iremos a los tribunales para defender los intereses legítimos de la ciudadanía, porque si no volveremos a las colas del hambre y del paro", ha dicho en la Asamblea de Madrid.

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