Estas son las ayudas que pueden pedir las madres trabajadoras a la Seguridad Social y a Hacienda

Una madre consulta información en un ordenador junto a su hija.
Una madre consulta información en un ordenador junto a su hija.
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Una madre consulta información en un ordenador junto a su hija.

Criar a un hijo o hija en España acarrea un coste económico importante que no todas las madres pueden asumir. Para ayudar a esa conciliación entre familia y trabajo, el Gobierno y las Comunidades Autónomas disponen de una serie de ayudas económicas, permisos laborales o deducciones a las que pueden acceder las madres trabajadoras.

Algunas de ellas no son exclusivas para madres trabajadoras, como el Ingreso Mínimo Vital, al que pueden acceder todas aquellas personas, mujeres y hombres, que reúnan los requisitos establecidos por la Seguridad Social. La cuantía mensual de esta renta mínima garantizada dependerá de las personas que conformen la unidad de convivencia. En el caso de un adulto y un menor, la ayuda actual sería de 785,48 euros/mes, mientras que si esa unidad está formada por dos adultos y un menor, la ayuda asciende a 966,74 euros.

Otra de ayuda también disponible es la denominada prestación por nacimiento y cuidado del menor, que unifica las prestaciones por maternidad y paternidad y está gestionada por la Seguridad Social. Esta ayuda beneficia a personas trabajadoras por cuenta ajena o propia, hombres y mujeres, que se encuentren en situación de alta y "disfruten de los periodos de descanso/permiso por nacimiento y cuidado de menor y acrediten los períodos mínimos de cotización exigibles en cada caso", detalla este organismo en su web.

La prestación económica consiste en un subsidio equivalente al 100% de la base reguladora. Es decir, si la trabajadora percibe una retribución mensual y ha permanecido en alta en la empresa todo el mes natural, la base de cotización correspondiente se dividirá entre 30. En cualquier caso, el importe máximo a percibir es de 4.495,50 euros, informan desde Noticias Trabajo.

La tercera ayuda a la que las madres trabajadoras pueden acceder es en realidad una deducción por maternidad de 100 euros al mes por cada niño menor de tres años. En este caso, hay dos maneras de cobrar la ayuda: solicitando el abono anticipado, siempre y cuando se cumplan los requisitos, o bien presentando la declaración del IRPF, cuyo importe máximo de la deducción asciende a 1.200 euros anuales por cada hijo y se aplica tanto si la renta sale a pagar, como a devolver o si es cero.

Asimismo, esta deducción es compatible con otra de un máximo de 1.000 euros anuales en el IRPF por gastos de guardería y la Agencia Tributaria es la encargada de gestionar ambas, tal y como explican en su web.

El complemento de ayuda a la infancia es otra de las prestaciones disponibles y que está integrado en el Ingreso Mínimo Vital, aunque se puede conceder de forma independiente, indica la Seguridad Social, encargada de gestionarlo.

El importe de este complemento dependerá del número de menores que formen parte de la unidad de convivencia y en función de la edad que tengan el día 1 de enero de cada año. Estas son las cuantías establecidas para 2024:

  • Menores de 3 años: 115 euros.
  • Mayores de 3 años y menores de 6 años: 80,50 euros.
  • Mayores de 6 años y menores de 18 años: 57,50 euros.

La Seguridad Social cuenta con este simulador donde los interesados pueden comprobar si cumplen con los requisitos y tienen derecho al IMV, así como a este complemento de ayuda a la infancia.

En cuanto a las familias numerosas, tanto la Seguridad Social como Hacienda disponen de ayudas o deducciones. En el caso de la Seguridad Social, se trata de una prestación que se abona en un pago único y cuya cuantía asciende a 1.000 euros, siempre que los ingresos del beneficiario no rebasen el límite establecido, matizan desde este organismo estatal.

Por otro lado, también la Agencia Tributaria permite deducciones por familia numerosa de 1.200 euros en la declaración del IRPF —modelo 143—, que puede ser de 2.400 euros si se pertenece a categoría especial.

Las familias que tengan un hijo o menor acogido con discapacidad también cuentan con una exención en el IRPF, cuya cantidad dependerá de la edad y el grado de discapacidad. La cuantía exenta va de los 83,33 euros mensuales por hijo, en el caso de menores de 18 años con discapacidad igual o inferior al 33%, a los 470,60 euros mensuales por hijo si son mayores de 18 y tienen una discapacidad del 65% o más, o los 705,80 euros al mes por hijo si la discapacidad supera el 75%.

En el apartado de los permisos, las madres trabajadoras cuentan con la posibilidad de solicitar un permiso retribuido de cinco días al año para cuidar a un familiar y también pueden ausentarse hasta un máximo de cuatro días por causas de "fuerza mayor", como una enfermedad o accidente.

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