Miguel Ángel Aguilar Cronista parlamentario
OPINIÓN

Argumentos y decibelios

Tractorada en la huelga de agricultores en Huesca este martes.
Tractorada en la huelga de agricultores en Huesca este martes.
EUROPA PRESS
Tractorada en la huelga de agricultores en Huesca este martes.
¿PREGUNTAR OFENDE? por Miguel Ángel Aguilar

Ninguna reclamación tiene probabilidad de ser atendida a menos que vaya acompañada del ruido suficiente para multiplicar su proyección noticiosa y generar incomodidades relevantes a la ciudadanía por ajena que se encuentre a las partes en conflicto. Porque, como apuntaba certero El Roto en una de sus viñetas «Lo esencial de los argumentos son los decibelios».

De modo que ninguna huelga puede lograr el objetivo perseguido por los trabajadores convocantes sin infligir molestias a quienes nada tienen que ver con las reclamaciones laborales.

La huelga limpia sin consecuencias para terceros no existe como tampoco existe la guerra limpia, sin bajas propias. Cuestión distinta es que el Gobierno y las autoridades de cualquier color intenten invalidar las huelgas atribuyéndoles motivaciones políticas, según una larga tradición en la que nos madrugó Franco asegurando en Sevilla a la altura de 1942 que «la huelga es el trampolín donde los saltimbanquis de la política hacen sus cabriolas».

Con la democracia recuperada, el derecho de huelga se consideró un gran avance inscrito en la Constitución dentro del capítulo segundo Derechos y libertades, Sección 1ª de los derechos fundamentales y de las libertades públicas, artículo 28.2 en los siguientes términos: «Se reconoce el derecho a la huelga de los trabajadores para la defensa de sus intereses. La ley que regule el ejercicio de este derecho establecerá las garantías precisas para asegurar el mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad».

Han transcurrido 45 años desde que fue promulgada la Carta Magna, pero sigue faltándonos esa ley reguladora que, al parecer, debiera tener el carácter de Ley Orgánica. El rastreo en su búsqueda ha sido inútil. Así lo prueba que ningún proyecto de ley del Gobierno, ni proposición de Ley de los grupos parlamentarios, haya tenido su entrada en el Congreso. Entre tanto, el derecho de huelga en España se regula en el Real Decreto Ley de Relaciones de Trabajo 17/1977 de 4 de marzo; anterior, por tanto, a la Constitución.

Observemos aquí que todo derecho se corresponde con alguna obligación y que el derecho de los trabajadores a huelga se correspondería con la obligación a soportarla de los ciudadanos, incluidos aquellos que sean por completo ajenos al conflicto de intereses que haya generado su convocatoria y que carezcan de cualquier capacidad para dirimirlo.

A estos, como nos previene José Ángel Valente: «Los reconocerás porque llevan siempre una oreja portátil y una lengua subsidiaria y reptante. Los reconocerás por la tenue palidez de sus segundas manos y el escondido sobresalto que a veces les produce una mirada».

Todos los que, llegada su hora, reclaman con vehemencia su derecho a la huelga quieren que cuando sean otros quienes lo ejerzan lo lleven a cabo sin irrogarles molestia ni alteración alguna en su condición de sujetos pasivos.

En el caso de las protestas de los campesinos, que subidos a sus tractores se han plantado estos días en las carreteras, su intento es obstaculizar o bloquear el tráfico rodado para incidir sobre la población, partiendo del supuesto de que el transporte es la clave del arco cuando se pretende afectar la vida cotidiana de un país.

Aquellos principios que quisieron inculcarnos en nuestra infancia, según los cuales «buen porte y buenos modales abren puertas principales», han sido abolidos en favor de una nueva pedagogía social impulsada por las autoridades que propugna, al contrario, la apertura de puertas principales a coces.

Hay que cocear y subir los decibelios para ser tenido en cuenta. Cuestión distinta es que en la tractorada suceda, como escribe muestro poeta, que las causas no engendren sus efectos sino otras causas indistinguibles que acaso ya estuvieran allí desde otro tiempo.

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