El Gobierno mantiene el control para líquidos en la cabina del avión hasta que AENA active equipos para escanearlos dentro de la maleta

Control de pasajeros en el aeropuerto de Barajas.
Control de pasajeros en el aeropuerto de Barajas.
EFE
Control de pasajeros en el aeropuerto de Barajas.

Una de las consecuencias más universales y evidentes de los atentados del 11 de septiembre de 2001 en Nueva York fue la introducción de nuevos controles de los pasajeros en los aeropuertos de todo el mundo y, dentro de ellos, las restricciones a la cantidad de líquidos o geles que los pasajeros podían llevar en la cabina del avión sin tener que facturarlos. Más de 22 años después, y a pesar de peticiones como la que en 2007 hizo el Parlamento Europeo para eliminarlos, los límites a los líquidos que pueden llevarse en el equipaje de mano se mantendrán en España a partir de este jueves, cuando entrará en vigor la nueva actualización del Programa de Seguridad Nacional de Aviación Civil que, en su parte pública, mantiene la obligación de que cada frasco no supere la capacidad de 100 mililitros y de que el pasajero tenga que sacarlos de la maleta y meterlos en una bolsa de plástico de un litro de capacidad para ser escaneados antes de acceder a la zona de embarque.

Así figura en la Resolución del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible aprobó a mitad de enero con la segunda actualización de normas de seguridad sobre el control de aeropuertos y sus trabajadores, de pasajeros o de aeronaves en España que entrará en vigor este jueves, 1 de febrero. Se trata de la "parte pública" de las medidas de seguridad en este ámbito, de aplicación en todos los aeropuertos españoles, a excepción de los de tipo militar, aunque en ellos también haya vuelos civiles.

La actualización integra regulaciones europeas y otras disposiciones nacionales para superar una Resolución anterior, de septiembre de 2022, que fue la primera vez en que se reformó el Programa Nacional de Seguridad de la Aviación Civil, para incorporar cambios en las amenazas de seguridad, en los riesgos y también desarrollos tecnológicos. En esta última versión, se incorporan cambios para incorporar el software de detección automática de objetos prohibidos (APID) y sistemas de detección de explosivos a los controles de seguridad del equipaje de mano.

No hay modificaciones por lo que respecta a los líquidos, aerosoles y geles (los denominados LAG) que los pasajeros pueden llevar consigo en la cabina del avión, algo que desde el Ministerio de Transportes apuntan que no sucederá hasta que se implanten en los aeropuertos tecnologías que permitan escanearlos sin tener que sacarlos de la maleta de cabina. Es decir, hasta nueva orden se mantendrá la obligación de sacar los líquidos del equipaje de mano así como el límite de 100ml para cada envase que deberá introducir en una bolsa de plástico de capacidad máxima de un litro antes de pasar por el escáner.

A lo largo de 2024 y empezando por los grandes 

No será necesario sacarlos cuando AENA ponga en marcha su proyecto para instalar equipos con una tecnología -EDSCB, Explosive Detection System for Cabin Baggage) de rayos X capaces de generar una imagen en 3D -similares a un TAC- que permitirán escanear líquidos o dispositivos electrónicos como ordenadores portátiles sin tener que sacarlos del equipaje de mano para pasar el control que dirige a la zona de embarque.

De momento, estos nuevos equipos estarán disponibles en una fecha imprecisa a lo largo de 2024 y de manera gradual, empezando primero en los aeropuertos con más pasajeros -Madrid, Barcelona y Palma-, porque la idea es aligerar las filas de pasajeros que se forman en los controles.

Hasta entonces, el Gobierno mantendrá como los controles 'tradicionales' para los líquidos en la actualización de la parte pública del Plan Nacional de Seguridad. De acuerdo a la Resolución de Transportes, el pasajero deberá retirar del equipaje de mano todos los líquidos, aerosoles y geles (LAG), que deberán presentarse "en envases individuales de capacidad no superior a 100 mililitros o equivalente, introducidos en una bolsa de plástico transparente recerrable de capacidad no superior a un litro, en la que quepan con holgura estando la bolsa cerrada".

Se inspeccionarán "como mínimo" estos LAG, así como los que hayan sido "adquiridos en un aeropuerto o a bordo de la aeronave que se transporten en bolsas a prueba de manipulación precintadas" y, como hasta ahora, estará permitido introducir en el avión líquidos que sean medicamentos o alimentos infantiles.

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