Estos son los motivos por los que te pueden suspender las ayudas del SEPE por desempleo

Una oficina del SEPE en Madrid
Una oficina del SEPE en Madrid
Europa Press
Una oficina del SEPE en Madrid

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ofrece a los trabajadores en desempleo numerosas prestaciones a las que pueden optar para percibir una ayuda estatal. Algunos de ellos son el subsidio por cotizaciones insuficientes, por cargas familiares o para mayores de 52 años en desempleo. Sin embargo, hay algunos supuestos en los que el propio servicio público se ve obligado a suspender la concesión de estas prestaciones. 

El SEPE incluye en su página web una serie de requisitos para la concesión de cada una de las ayudas y también un listado de infracciones que, dependiendo del caso, pueden ser privativas de la prestación que se esté percibiendo. 

Destacan aquellas relativas a obligaciones para percibir una prestación del SEPE, como es la suscripción de un acuerdo de actividad, inscribirse como demandante de empleo o negarse a participar en programas de empleo, formación o reconversión profesional, entre otros.

Infracciones contempladas por el SEPE

El SEPE distingue en su reglamento entre infracciones leves, graves y muy graves.

Infracciones leves

  • No presentarse ante el Servicio Público de Empleo Estatal en la forma y fecha indicadas, salvo causa justificada.
  • No presentarse ante los servicios públicos de empleo o las agencias de colocación (cuando estas desarrollen actividades en el ámbito de la colaboración con aquellos), salvo causa justificada, si ha sido citado o citada previamente.
  • No devolver en plazo, salvo causa justificada, al servicio público de empleo o, en su caso, a las agencias de colocación sin fines lucrativos, el correspondiente justificante de haber comparecido en el lugar y fecha indicados para cubrir las ofertas de empleo.
  • No cumplir las exigencias del acuerdo de actividad, salvo causa justificada, siempre que la conducta no esté calificada como otra infracción leve o grave.
  • No facilitar a los servicios públicos de empleo la información necesaria para poder recibir notificaciones y comunicaciones.
  • No cumplir, salvo causa justificada, el requisito de mantener la inscripción como demandante de empleo, exigido para continuar percibiendo la prestación.

Infracciones graves

  • No comunicar al Servicio Público de Empleo Estatal, salvo que exista causa justificada, la baja en las prestaciones en el momento en que se produzcan situaciones que den lugar a la suspensión o extinción del derecho a la prestación, o si se dejan de reunir los requisitos necesarios.
  • Rechazar una oferta de empleo adecuada, tanto si es ofrecida por los servicios públicos de empleo, como por las agencias de colocación, salvo causa justificada.
  • Negarse a participar en los trabajos de colaboración social o en programas de empleo, incluidos los de inserción profesional, o en acciones de promoción, formación o reconversión profesional, ofrecidos por los servicios públicos de empleo, salvo causa justificada. También en acciones de orientación e información profesional ofrecidas por las agencias de colocación (cuando desarrollen actividades en el ámbito de la colaboración con aquellos).

Infracciones muy graves:

  • Actuar fraudulentamente con el fin de obtener prestaciones indebidas o superiores a las que correspondan, o prolongar indebidamente su disfrute mediante la aportación de datos o documentos falsos, la simulación de la relación laboral y la omisión de declaraciones legalmente obligatorias u otros incumplimientos que puedan ocasionar percepciones fraudulentas.
  • Compatibilizar la solicitud o el percibo de prestaciones o subsidios por desempleo, así como la prestación por cese de actividad de los trabajadores autónomos con el trabajo por cuenta propia o ajena, salvo en el caso del trabajo a tiempo parcial.
  • Ponerse de acuerdo con el empresario o la empresaria para obtener indebidamente cualquier prestación de la Seguridad Social.
  • No destinar o desviar las cantidades que se perciban de prestación por desempleo de acuerdo con lo establecido en los programas de fomento de empleo.
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