¿Qué pasa si no me presento a la mesa electoral en las elecciones del 23-J?

  • Presentar una justificación de ausencia que no es admitida por la Junta Electoral también puede acarrear una sanción administrativa.
Mesa electoral.
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Servimedia
Mesa electoral.

El próximo 23 de julio se llevarán a cabo las elecciones generales en España, y muchos ciudadanos desempeñarán el importante rol de miembros de las mesas electorales, asumiendo responsabilidades como presidentes, vocales y suplentes.

Sin embargo, es posible que te surjan preguntas como: ¿Qué sucede si no puedo asistir a la mesa electoral? ¿Cuáles son las consecuencias? ¿Existen motivos válidos para no acudir? En este artículo, te proporcionaremos las respuestas a estas interrogantes.

Sanciones si no acudes a tu mesa electoral

Ser miembro de una mesa electoral es una obligación legal y un deber cívico que implica gran responsabilidad. Por eso, si no acudes a tu mesa electoral sin una causa justificada, puedes enfrentarte a una serie de sanciones.

La sanción más grave es la penal, establecida en el artículo 143 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG). En este caso, si no asistes a tu mesa electoral y no notificas con antelación ni presentas una justificación válida, puedes enfrentar una multa de entre 300 y 3.000 euros, e incluso una pena de prisión de tres meses a un año.

La otra sanción es la administrativa, que puede suponer una multa de entre 100 y 600 euros, según el artículo 145 de la LOREG. Esta sanción se aplica si tus justificaciones, aunque avises con antelación y presentes documentación, es rechazada por la Junta Electoral.

Ambas sanciones son impuestas por la Junta Electoral correspondiente, luego de llevar a cabo el procedimiento sancionador correspondiente. En caso de recibir una sanción, se dispone de un plazo de un mes para presentar un recurso contra la misma a partir de su notificación.

Causas justificadas para no acudir a una mesa electoral

Existen algunas causas justificadas para no acudir a una mesa electoral, siempre que se acrediten debidamente y se comuniquen con antelación. Algunas de estas causas son:

  • Estar embarazada o en periodo de lactancia.
  • Tener una enfermedad o una discapacidad que impida el desempeño de la función.
  • Tener más de 65 años o cumplirlos el día de la votación.
  • Ser familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad de otro miembro de la misma mesa electoral.
  • Tener un examen oficial el mismo día de la votación.
  • Tener un viaje al extranjero contratado antes del sorteo de las mesas electorales.
  • Tener un contrato laboral que impida el desempeño de la función.
  • Tener una incompatibilidad legal o profesional con el cargo.
  • Ser víctima de violencia de género o estar en situación de riesgo.

Estas causas deben ser comunicadas a la Junta Electoral en el plazo máximo de siete días a partir de la notificación de nombramiento como miembro de la mesa electoral. La Junta Electoral evaluará y tomará una decisión sobre la aceptación o denegación de las causas en un plazo máximo de cinco días desde su recepción.

Tras recibir la notificación correspondiente

Si recibes la notificación correspondiente que te designa como miembro de una mesa electoral, debes comprobar que cumples los requisitos legales para ello: ser mayor de edad, estar inscrito en el censo electoral y saber leer y escribir.

Si cumples con todos los requisitos y no tienes ninguna causa justificada para no acudir, debes aceptar el cargo y participar en el curso formativo que se llevará a cabo unos días antes de las elecciones. Además, deberás presentarte en el colegio electoral asignado a las 08:00 horas del día de la votación y permanecer allí hasta que finalice el escrutinio.

Si no cumples los requisitos o tienes alguna causa justificada para no acudir, debes comunicarlo a la Junta Electoral dentro del plazo mencionado en este artículo y presentar los documentos que respalden tu situación. Si tu causa es aceptada, quedarás eximido del cargo y se designará a otro suplente en tu lugar.

Como ves, si no acudes a tu mesa electoral sin una causa justificada, puedes enfrentarte a una serie de sanciones, tanto penales como administrativas. Sin embargo, existen circunstancias legítimas para no asistir, siempre y cuando sean debidamente acreditadas y comunicadas con antelación. En este artículo, hemos explicado las consecuencias de no presentarse a la mesa electoral, las posibles sanciones y los motivos válidos para no asistir.

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