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El TC avala la 'ley Celaá' y su polémica postura sobre la educación especial

La sede del Tribunal Constitucional, en Madrid.
La sede del Tribunal Constitucional, en Madrid.
TC
La sede del Tribunal Constitucional, en Madrid.

El Tribunal Constitucional (TC) ha avalado la nueva ley educativa aprobada en el Congreso en diciembre de 2020, la bautizada como ‘ley Celaá’ por la ministra que la impulsó y que ha sido muy contestada por las familias de alumnado con discapacidad, ya que consideran que la norma no tiene en cuenta a las familias que defienden que sus hijos acudan a un centro especializado para conseguir su máximo potencial. 

Hace solo dos meses, un manifiesto secundado por una veintena de organizaciones por el derecho de los padres a elegir la educación que quieren para sus hijos ya advertía de que la Lomloe quita la potestad a la familia para elegir la educación del menor con discapacidad y se la da a un profesional, al establecer que será esta figura la que evalúe y valore qué tipo de centro le corresponde al menor.

A este respecto, el Consejo Español para la Defensa de la Discapacidad y la Dependencia (CEDDD) y la Asociación Nacional de Centros de Educación Especial (ANCEE) ya había lamentado en un comunicado previo, tras conocerse la intención del Constitucional, de que el alto tribunal "ponga más urgencia en dar carpetazo a un recurso que en escuchar a la comunidad de la Educación Especial". 

"La Educación Especial muestra el mayor grado de inclusión real de su alumnado. Y, todos estos beneficios, que durante muchos años los venidos comprobando de modo habitual y normalizado, ahora ya estamos trabajando por plasmarlo sistemáticamente mediante investigaciones empíricas, de cara a darlo a conocer desde los datos objetivos e incontrovertibles", defiende Carlos Valiente, presidente de ANCEE.

Además, el tribunal de garantías defiende en su fallo la medida que contempla retirar la financiación pública a los colegios privados que segreguen por sexo. Según el texto, en ningún caso se fija que "todos los modelos hayan de recibir ayudas", sino que precisamente de la Constitución deriva "un modelo educativo pluralista". 

También entiende el TC que la norma respeta el derecho a usar el castellano y las lenguas cooficiales en las aulas. La sentencia asegura que la norma se enmarca dentro del artículo 3 de la Constitución que garantiza "la responsabilidad del Estado de velar por el respeto de los derechos lingüísticos de los alumnos". No considera que sea deber del Ejecutivo establecer una proporción del uso del castellano en las aulas, sino que, como fijó el Tribunal Supremo en dos sentencias de 2019, tiene que asegurar "un patrón de equilibrio o igualdad entre lenguas" y un "derecho efectivo a usarlas". 

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