Solo 400 andaluces pidieron una segunda opinión médica en el SAS el año pasado y únicamente un tercio fueron aceptadas

  • Es un derecho que asiste a los pacientes diagnosticados con una enfermedad fatal o incurable o con un tratamiento que conlleva un elevado riesgo vital.
  • ​Las neoplasias malignas fueron la principal causa de petición de una segunda opinión en 2022.
Paciente en la consulta de un médico.
Paciente en la consulta de un médico.
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Paciente en la consulta de un médico.

Recibir una muy mala noticia por parte del médico es una situación delicada que en muchos casos impide al paciente vislumbrar opciones que el sistema sanitario público le ofrece. Una de ellas es la segunda opinión médica a la que, no obstante, y a tenor de los datos oficiales, pocos andaluces recurren.

Durante todo el pasado año, solo 403 pacientes hicieron uso de este derecho, según las últimas cifras del Servicio Andaluz de Salud (SAS), si bien únicamente 135 de estas solicitudes, es decir, un tercio, fueron admitidas por el sistema, ya que estas deben ajustarse a una serie de requisitos establecidos en una normativa específica.

El dato de peticiones de una segunda opinión médica en 2022 fue muy similar al de años anteriores. No en vano, en la última década nunca se han llegado a superar las 500 solicitudes anuales, con la única excepción de 2016, cuando se alcanzaron las 618. El resto de años, desde 2013, han oscilado entre las 270 peticiones del ejercicio 2020, la cifra más baja coincidiendo con la pandemia del coronavirus, y las 485 de 2017.

Lo mismo ocurre con el porcentaje de peticiones aceptadas, que se mueve entre el 22,6% de 2019 y el 42,7% del año pasado, cuando el SAS registró 377 peticiones de segunda opinión médica y dio el visto bueno a 161.

Desde la Consejería de Salud explican a este medio que este mínimo número de peticiones de una segunda opinión médica se debe, por un lado, al desconocimiento por parte de los usuarios de este derecho que les asiste. Pero, fundamentalmente, porque cuando los pacientes reciben el diagnóstico de una enfermedad muy grave suelen manifestar un "nivel de satisfacción muy alto con el trato recibido" por parte de los facultativos y demás profesionales sanitarios.

La segunda opinión médica es, efectivamente, un derecho que garantiza el SAS a los pacientes de la sanidad pública, pero solo cuando estos han sido diagnosticados con una enfermedad considerada de pronóstico fatal, incurable, que compromete gravemente su calidad de vida o cuyo tratamiento conlleva un elevado riesgo vital.

De las 135 solicitudes que fueron aceptadas el pasado año, casi el 66% (89 peticiones) correspondieron a pacientes diagnosticados con una neoplasia maligna. En segundo lugar, y a mucha distancia, se sitúan los trasplantes de órganos (13 solicitudes), seguidos de las patologías relacionadas con la columna (10), los accidentes cerebro-vasculares (5), las enfermedades degenerativas que afectan al sistema nervioso central (4), las oftalmológicas (4) y las patologías del aparato locomotor (3).

También se registraron peticiones de una segunda opinión como consecuencia de escoliosis, tumoración cerebro-raquimedular, patología coronaria, aneurisma, enfermedad cardiocongénita, epilepsia, enfermedad rara, parálisis cerebral infantil y neoplasias de piel, con una petición por cada una de estas patologías.

Requisitos y proceso

Significa esto, por tanto, que no todo el mundo puede acceder a este recurso. Desde el SAS insisten en que la segunda opinión médica no consiste en una libre elección de especialista ni hospital, siendo esta una posibilidad que también ofrece el sistema, pero que se regula mediante otros procedimientos. Tampoco se trata de una fórmula para que el paciente pueda obtener un diagnóstico o una propuesta de tratamiento más rápidamente; ni es una petición de cita ni una solicitud de datos de la historia de salud del paciente.

Los requisitos para hacer uso de esta herramienta del SAS son claros. El paciente debe, en primer lugar, sufrir alguna de las patologías recogidas en la normativa (el listado completo puede consultarse en la página web del SAS), que esta haya sido diagnosticada en cualquier centro dependiente del sistema sanitario público andaluz y que no requiera de un tratamiento urgente o inmediato. Además, no podrá solicitar una segunda opinión médica quien ya lo haya pedido con anterioridad para el mismo proceso asistencial. Si alguno de estos requisitos no se cumple, el sistema desestimará la solicitud.

En caso de ser aceptada, un facultativo experto estudiará la información recogida en la historia clínica del paciente y emitirá un informe que enviará directamente al solicitante o ha quien haya sido autorizado en su nombre. Si se da el caso de que el equipo profesional de expertos propone un tratamiento alternativo, el SAS ofrece al paciente una relación de centros sanitarios donde pueden aplicarle dicho tratamiento.

Los interesados en pedir una segunda opinión médica pueden informarse y cursar la solicitud en la Unidad de Atención a la Ciudadanía de su centro.

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