Joaquim Coll Historiador y articulista
OPINIÓN

¿Puigdemont en Madrid?

Fotografía de archivo del expresidente de la Generalitat catalana que ha sido exonerado del delito de sedición, por el magistrado Pablo Llarena.
Fotografía de archivo del expresidente de la Generalitat catalana que ha sido exonerado del delito de sedición, por el magistrado Pablo Llarena.
EFE/Julien Warnand
Fotografía de archivo del expresidente de la Generalitat catalana que ha sido exonerado del delito de sedición, por el magistrado Pablo Llarena.

El expresident fugado a Bélgica se enfrenta en las próximas semanas a una crucial disyuntiva. Regresar a España enmanillado, en aplicación de la nueva euroorden que el juez Pablo Llarena emitirá por los delitos de desobediencia y malversación una vez se resuelvan las cuestiones prejudiciales sobre el mecanismo europeo de extradición; trasladarse a Suiza para prolongar una huida casi definitiva; o presentarse voluntariamente ante el Tribunal Supremo ahora que todavía disfruta de inmunidad como eurodiputado, y que las posibilidades de acabar encarcelado preventivamente por riesgo de fuga serían pocas. 

La supresión del delito de sedición es un factor que le favorece, más aún cuando Llarena ha descartado, en el reciente auto sobre cómo encajar la reforma del Código Penal, la aplicación del nuevo delito de desórdenes públicos agravados

En paralelo, antes de finales de enero, el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) se pronunciará sobre la negativa de la justicia belga de entregar a los procesados en rebeldía. Se prevé que su sentencia abra por fin el camino a las extradiciones. Finalmente, en primavera, otro tribunal europeo (TGUE), puede inclinarse por retirar la inmunidad a Puigdemont. El periplo judicial en Europa se acerca pues a su fin y no parece que vaya a ser favorable a los políticos huidos.

El periplo judicial en Europa se acerca pues a su fin y no parece que vaya a ser favorable a los políticos huidos

Entre tanto, la reforma del Código Penal ha cambiado el escenario por completo. La sedición ha desaparecido sin que el nuevo delito de desórdenes públicos agravados puede aplicarse automáticamente a los condenados o procesados en rebeldía, tal como razona Llarena en su escrito. Sin embargo, el juez mantiene la malversación agravada para Puigdemont, con un sorprendente quiebro argumental que es muy poco probable que haga suyo el Tribunal Supremo. La rebaja de la malversación que ERC pactó con el Gobierno de Pedro Sánchez estaba calculada al milímetro para beneficiar a los políticos del procés, que ciertamente no se lucraron con el dinero gastado en la organización de la votación ilegal del 1 de octubre. Por tanto, contra lo que razona Llanera, no se les puede aplicar el artículo 432, sino los artículos siguientes del Código Penal en el apartado de malversación, siendo las penas de cárcel (de 1 a 4 años) e inhabilitación (entre 2 y 6 años) muy inferiores a las iniciales.

Cuando esto último se resuelva, a Puigdemont le llegará el momento de presentarse en Madrid, antes de que el TJUE haga inevitable su extradición y pueda perder también la inmunidad como eurodiputado. Además, si regresa voluntariamente a España, no será posible tenerlo en prisión hasta la celebración del juicio, con lo que podría volver a hacer política en Cataluña, relanzando su figura como héroe del separatismo. Y mientras no haya sentencia incluso podría ser candidato si entre tanto se celebran elecciones autonómicas, lo cual es bastante probable ante la enorme debilidad parlamentaria de Pere Aragonès. Como la desobediencia no comporta penas de prisión y por la nueva malversación solo le caerían un máximo de cuatro años, de los que cumpliría menos de la mitad, creo que más pronto que tarde veremos a Puigdemont en Madrid. 

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