La Fiscalía se opone a rebajar penas a agresores sexuales si se puede imponer la misma condena con la ley del 'solo sí es sí'

Fernando Grande-Marlaska, Irene Montero y el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, en el Senado.
Fernando Grande-Marlaska, Irene Montero y el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, en el Senado.
Fernando Villar / EFE
Fernando Grande-Marlaska, Irene Montero y el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, en el Senado.

La Fiscalía General del Estado ha emitido este lunes un decreto para uniformar la respuesta de todos los representantes del Ministerio Público a las revisiones de condenas a agresores sexuales, tras el goteo de rebajas de penas que ha trascendido en los últimos días a raíz de la entrada en vigor de la ley del 'solo sí es sí'. En el texto, de obligado cumplimiento para todos los fiscales, se descarta que apoyen revisiones de condena si se le puede aplicar la misma pena con la nueva reforma del Código Penal. 

El documento, que ha sido acordado con los fiscales del Tribunal Supremo y del Constitucional, establece que no podrá revisarse ninguna condena firme "cuando la pena impuesta en la sentencia sea susceptible de ser impuesta con arreglo al nuevo marco legal". Es decir, siempre y cuando la condena fijada antes de la ley del 'solo sí es sí' siga estando contemplada en la nueva horquilla de penas, no podrá rebajarse. Por ejemplo, si una persona fue condenada a tres años por delitos sexuales y las nuevas horquillas están entre dos y seis años por la misma conducta, se debe mantener la condena, ya que, de juzgarle hoy, se le podría imponer el mismo castigo.

La revisión, por tanto, solo podrá hacerse cuando la pena impuesta "exceda en abstracto de la que correspondería imponer en aplicación de los preceptos de la nueva legislación penal", concreta el fiscal general, Álvaro García Ortiz, en su decreto, que insta además a analizar "individualmente" cada procedimiento, "huyendo de automatismos que impidan valorar las concretas circunstancias concurrentes en cada caso".

Este decreto se ha dictado para no retrasar durante más tiempo las pautas que deben seguir los fiscales a la hora de contemplar, o no, una rebaja de pena y, tal y como indica el Ministerio Público, a la espera de que “próximamente” se publique la circular para unificar criterios. En cualquier caso, esta es la postura que defenderá la Fiscalía, pero serán los magistrados los que decidan en cada caso.

El anuncio llega apenas días después de que salieran a la luz más de una docena de rebajas de condenas y excarcelaciones a agresores sexuales que se han sostenido en la ampliación de las horquillas penales que entraron en vigor con la ley del 'solo sí es sí', el pasado 7 de octubre. 

La horquilla de penas previstas para una agresión sexual ha aumentado con la nueva ley, de modo que hay agresiones que se penan con más años que otras en función de su gravedad. El nuevo Código Penal, así, ha visto fundidos muchos de sus artículos antiguamente referidos al abuso sexual y las condenas también han cambiado. Las máximas han pasado a ser más bajas en algunos casos, en otros se mantienen y hay penas para las que las mínimas también han descendido.

La disposición adicional quinta

Pero más allá de las rebajas de penas en una docena de casos, la entrada en vigor de la nueva ley del 'solo sí es sí' ha revelado un debate jurídico profundo, puesto que hay tribunales que no han interpretado que haya que reducir condenas. Ante esta situación, el Gobierno ha rechazado modificar la nueva norma y quiere esperar a conocer cuál es la posición del Supremo, el órgano judicial que fija jurisprudencia y marca el camino a los demás tribunales inferiores.

Ahora, la Fiscalía se sitúa en línea con lo que el Ministerio de Igualdad, impulsor de la norma, viene defendiendo a raíz de estos casos: los tribunales no están contemplando las particularidades de cada caso. De hecho, este mismo lunes, la delegada del Gobierno contra la Violencia de Género, Victoria Rosell, ha subrayado que las rebajas concedidas a un profesor y a un padrastro que abusó de su hijastra se habían resuelto de forma "errónea", pues obviaban esas particularidades de las que habla el fiscal general; en este caso concreto, el abuso de superioridad que sí que está contemplado en el artículo 138 de la nueva ley.

Es, además, lo que aplicó el Tribunal Superior de Justicia de La Rioja en numerosas resoluciones cuando tuvo que examinar peticiones de rebaja de condenas. En su caso, según explicó su presidente, se aplicó la disposición transitoria quinta del Código Penal, que es lo que defiende precisamente ahora el Ministerio Público.

Según esa disposición, en las penas que conlleven prisión no se considerará más favorable una ley cuando la duración de la pena anterior sea también imponible con arreglo a la nueva ley.

Aplicar la ley de manera global

El decreto de la Fiscalía detalla también que ha de seguirse un criterio "reiteradamente recordado" por la jurisprudencia en múltiples sentencias: que, para que a un condenado se le aplique la norma más favorable, la elección entre la ley antigua y la nueva "ha de hacerse de manera global, en bloque", sin que sea válida la "aplicación troceada", tomando de la nueva ley lo que favorezca y rechazando lo que perjudique. En ese caso, indica el escrito, se estaría enjuiciando de manera "incorrecta". 

"Resulta evidente que la manifiesta imposibilidad de aplicar de forma fragmentada partes de una ley derogada y de otra vigente de forma simultánea constituye una máxima jurídica que no precisa aparecer expresada en una disposición transitoria", subraya, dejando así claro que no era necesaria la inclusión de una disposición concreta en este sentido.

Desde Igualdad, celebran el decreto, "imprescindible" y "necesario" para aplicar la ley "correctamente". "El escrito coincide con lo expresado por el Ministerio de Igualdad todos estos días: hay que ir caso por caso, huir de automatismos, los hechos deben ser revisados con el nuevo Código Penal completo y aplicar la ley en su totalidad, no de forma fragmentada", subrayan fuentes del departamento de Irene Montero. Y concluyen: "La ley del 'solo sí es sí' es sólida y es garantía de protección de las mujeres".

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