¿Tengo que llevar la mascarilla puesta en el bus?

Uso de mascarillas en interiores.

Este miércoles 20 de abril se ha publicado el real decreto que pone fin a la obligatoriedad de llevar mascarilla en interiores, salvo determinadas excepciones, tras más de dos años desde que estallase la pandemia del coronavirus.

La vuelta a la normalidad está más cerca que nunca, ya que "la evolución de la epidemia de COVID-19, favorecida por las coberturas de vacunación que se han alcanzado en España (...), permite plantear modificaciones en las estrategias de control de la epidemia", detalla el decreto para argumentar la flexibilización del uso de las mascarillas.

¿En qué casos sigue siendo obligatoria?

En todo caso, en el decreto también se establecen los espacios donde la mascarilla seguirá siendo obligatoria para personas mayores de seis años de edad. Sin embargo, "se recomienda para todas las personas con una mayor vulnerabilidad ante la infección por COVID-19 que se mantenga el uso de mascarilla en cualquier situación en la que se tenga contacto prolongado con personas a distancia menor de 1,5 metros", añaden.

Se mantiene la obligatoriedad en centros y establecimientos sanitarios y sociosanitarios, residencias, así como en el transporte público, al ser espacios donde puede haber una probabilidad de transmisión más elevada. 

De esta manera, su uso seguirá siendo obligatorio en el autobús al ser un medio de transporte público en el que "se concentra mucha población" con "poca distancia interpersonal". El empleo de mascarilla es obligatorio "en el transporte aéreo, por ferrocarril o por cable, en el transporte público de viajeros y en los espacios cerrados de buques y embarcaciones, cuando no se pueda mantener la distancia". No obstante, dejará de ser obligatorio su uso en andenes y estaciones de viajeros.

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