Cronología de las restricciones para frenar la pandemia: estados de alarma y contradicciones en los tribunales

Puerta del Sol, antes de Semana Santa.
Puerta del Sol, antes de Semana Santa.
Jorge Paris
Puerta del Sol, antes de Semana Santa.

Hace poco menos de un año, el 21 de junio de 2020, los españoles decían adiós al primer estado de alarma, que los había confinado durante tres meses en sus casas, y encaraban con optimismo una 'nueva normalidad' en la que esperaban haber derrotado al coronavirus. Nada más lejos de la realidad. Tras un inicio de verano esperanzador, la pandemia golpeó con fuerza al país con una segunda ola que se solapó con la tercera y, juntas, volvieron a disparar los contagios y los fallecimientos. Un aumento que obligó al Gobierno a tomar medidas drásticas.

Así, el vertiginoso incremento de los casos el pasado otoño y las dificultades para imponer restricciones de forma sistemática y adecuada a la gravedad de la situación en cada territorio llevaron al Ejecutivo de Pedro Sánchez a decretar un segundo estado de alarma, que decae este domingo. Con él lo harán algunas restricciones que las comunidades difícilmente podrán adoptar por sí mismas, como el cierre perimetral, para el que necesitan el visto bueno de los tribunales. En este tiempo, las competencias de las autonomías para imponer restricciones han variado sustancialmente, no sin generar interrogantes y desconcierto.

14 de marzo: El Gobierno aprueba el primer estado de alarma

El 13 de marzo de 2020, el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, se asomó a los televisores de los españoles para anunciar que, al día siguiente, el Consejo de Ministros daría luz verde al primer estado de alarma a causa de la pandemia de COVID-19. Se trataba de una medida prevista inicialmente para 15 días que terminó confinando en su casa a la población durante más de tres meses

El objetivo de esta herramienta era que el país contase con un mando único -el Gobierno central- para facilitar la toma de decisiones que limitaban los derechos fundamentales, como la circulación o la reunión. Se trataba de una circunstancia extrema, en la que los contagios diarios se contaban por decenas de miles, los hospitales colapsaron, el virus diezmó las residencias de ancianos y el número de fallecidos obligó a habilitar IFEMA para albergar sus cuerpos. 

El país no estaba preparado para una pandemia de esta magnitud, pero paulatinamente el Ejecutivo consiguió reducir la transmisión del coronavirus y armonizar una desescalada por territorios, que comenzó con las franjas horarias para pasear y culminó con la proclamada 'nueva normalidad'. El estado de alarma dotó de agilidad a la adopción de decisiones, pero su duración acabó por no convencer a la oposición, que decidió no prorrogarlo más allá del 21 de junio y devolver sus competencias a las autonomías. 

21 de junio: Decae el estado de alarma y comienzan los rebrotes

Tras más de tres meses encerrados en sus casas y después de una progresiva desescalada por fases coordinada por el Gobierno central, el 21 de junio de 2020 los españoles dijeron adiós al estado de alarma y al confinamiento. Lo hicieron con la esperanza de recuperar su vidas -pausadas durante casi cien días- en la tan prometida 'nueva normalidad', que nunca llegó a materializarse, sino que dio paso a una 'nueva excepcionalidad'.

En un escenario con una incidencia acumulada a 14 días de 8 casos por 100.000 habitantes, volvían a ser las comunidades autónomas las responsables de adoptar las medidas necesarias para frenar el avance de la COVID-19. La situación parecía controlada en una España que apenas había dado cabida a las reuniones sociales desde marzo y en la que el buen tiempo dificultaba la propagación de la enfermedad.

Sin embargo, llegaron los rebrotes. La primera comunidad en verse afectada por estos repuntes fue Cataluña, que confinó perimetralmente la zona del Segrià para tratar de contener la pandemia. Ya aquí afloraron los primeros problemas vinculados a las competencias de las autonomías para tomar este tipo de decisiones, después de que un juez impidiese inicialmente el cierre de la comarca, más tarde avalado por otro magistrado. 

Cataluña fue de las primeras regiones en ver cómo el virus se propagaba, pero no la única, porque un julio moderadamente tranquilo fue solo el preludio del incremento de casos que se produciría en agosto. Los rebrotes, que en un principio parecían meros hechos puntuales, empezaron a extenderse por todo el país, que estrenó septiembre rondando los 10.000 contagios al día. La situación se desbordaba y la hipotética segunda ola que en junio resultaba tan lejana comenzaba a tomar cuerpo.

9 de octubre: Estado de alarma en Madrid

El verano fue avanzando y las comunidades más castigadas por la pandemia en ese momento, como Cataluña y País Vasco, aprobaron restricciones enfocadas fundamentalmente a la limitación de aforos. Ni siquiera en este ámbito fueron unánimes las decisiones de la Justicia, que ratificó una serie de medidas en Granollers y las revocó en Terrassa. Los Gobiernos de estas autonomías veían con impotencia cómo el coronavirus se difundía en sus territorios y solo podían "recomendar" no salir de casa y reducir los contactos, cuando habrían querido decretar un confinamiento domiciliario, para el que no tenían potestad.

El gran problema estalló cuando, a finales de septiembre, Madrid colapsó. La cifra de nuevos casos no dejaba de crecer y la segunda ola era una realidad en la capital de España. Ante esta circunstancia, el Gobierno autonómico optó por reducir los aforos y cerrar perimetralmente 37 zonas de salud de la Comunidad desde el 19 de ese mes. Impedía, así, la entrada y salida no justificada de estos territorios, que serían revisados cada siete días.

No obstante, las pegas continuaron. El Ejecutivo de Sánchez no veía con buenos ojos las limitaciones dictadas por Madrid, pues las consideraba insuficientes, y comenzó un tira y afloja entre los dos Gobiernos, el central y el regional, que se prolongó durante varias semanas. Empezó así un verdadero sainete en el que unos -el Ministerio de Sanidad- intentaban imponer su voluntad a través del Consejo Interterritorial de Salud y otros -los de Díaz Ayuso- buscaban rebelarse.

Este tira y afloja culminó el 9 de octubre de octubre con la declaración unilateral por parte del Ejecutivo nacional del estado de alarma en Madrid, con lo que que se convertía en la "autoridad competente" en materia de pandemia en la región. Todo esto ocurría en un incoherente escenario en el que, según la comunidad autónoma, la Justicia revocaba restricciones en algunos territorios que en otros, en condiciones semejantes, ratificaba.

25 de octubre: Segundo estado de alarma y cogobernanza

El preocupante empeoramiento de la situación, con una segunda ola que era ya palpable en toda España, y las divergencias en las resoluciones de los Tribunales Superiores de Justicia llevaron a varias comunidades a solicitar a Pedro Sánchez la declaración de un segundo estado de alarma en todo el territorio nacional. El presidente escuchó sus peticiones y el 25 de octubre entró en vigor ya con la idea de que se pudiera prolongar hasta el 9 de mayo.

El miedo cundió entonces entre los ciudadanos, que temieron volver al pasado y verse abocados a un nuevo encierro domiciliario como el vivido entre marzo y junio. Sin embargo, nada tenían que ver un estado de alarma con otro, pues este segundo no pretendía desposeer a las autonomías de sus competencias, como el primero, sino dotarlas de un marco de cogobernanza que amparase las restricciones, como el toque de queda o el confinamiento perimetral regional.

Aunque en este caso las comunidades mantenían su autonomía para decidir, el estado de alarma sí imponía alguna obligación, como la existencia de un toque de queda entre las 00.00 y las 5.00 horas como mínimo, y se reservaba la capacidad de obligar al cierre perimetral.

9 de mayo: Acaba el segundo estado de alarma

Ahora, la incertidumbre es qué ocurrirá a partir de este domingo, cuando decaiga el estado de alarma y las regiones no dispongan de este marco para imponer restricciones como el toque de queda o el cierre perimetral. Para ponerlas en práctica necesitarían el beneplácito de los tribunales, pues limitan los derechos fundamentales de los ciudadanos. 

Esta circunstancia se produce después de que muchas comunidades solicitasen al Ejecutivo central durante meses una prórroga o, al menos, nueva legislación al respecto. De hecho, algunas de ellas, como Aragón o País Vasco, han optado por crear su propia regulación en los ámbitos que les competen para disponer de una base que sustente sus decisiones.

Por el momento, incluso antes del fin del estado de alarma, los tribunales ya se han pronunciado de manera contradictoria en varias autonomías. Así, los Tribunales Superiores de Justicia de Baleares y de la Comunidad Valenciana han dado el visto bueno al toque de queda en esas regiones, mientras que el organismo análogo en el País Vasco lo ha rechazado, cuando este territorio presenta una situación epidemiológica mucho peor que los otros dos.

No obstante, el País Vasco -o cualquier comunidad que se vea en esta coyuntura- pueden recurrir la decisión del Tribunal Superior de Justicia de la autonomía correspondiente ante el Supremo, que será quien tenga la última palabra, de acuerdo con el real decreto-ley aprobado en la última reunión del Consejo de Ministros. Ahora, la gran preocupación es si el alivio de las restricciones provocará un aumento de los contagios y cómo reaccionará la Justicia en caso de que sean precisas mayores limitaciones.

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