Decae la alarma y empieza el caos: ¿Qué restricciones hay? ¿Quién decide? ¿Cuáles están en el aire?

  • Las autonomías deberán ratificar ante el TSJ y el Supremo las medidas que afecten a derechos fundamentales.
  • ​De momento, Baleares, Valencia y Cataluña han recibido el visto bueno de los magistrados; País Vasco, no.
  • ​El toque de queda y el cierre perimetral, las medidas más polémicas a aplicar sin estado de alarma.
La Polic’a Local de Granada realiza controles de tr‡fico en los accesos de la ciudad debido al cierre perimetral establecido a causa del incremento de personas infectadas por coronavirus en la capital y su ‡rea metrop
La Polic’a Local de Granada realiza controles de tr‡fico en los accesos de la ciudad debido al cierre perimetral establecido a causa del incremento de personas infectadas por coronavirus en la capital y su ‡rea metrop
Alex Camara
La Polic’a Local de Granada realiza controles de tr‡fico en los accesos de la ciudad debido al cierre perimetral establecido a causa del incremento de personas infectadas por coronavirus en la capital y su ‡rea metrop
Agentes de la Polic’a Local de Granada.

El estado de alarma decae el próximo domingo 9 de mayo. Después de nueve meses, las autonomías abandonan el paraguas jurídico que ha valido hasta ahora para imponer restricciones a los derechos fundamentales con las que controlaban la pandemia de Covid. Por ello, muchas de ellas han comenzado ya a trabajar en el día después, aunque no todas con el mismo resultado. Como venían advirtiendo los juristas, el caos legal ya ha llegado, pues algunos Tribunales Superiores de Justicia (TSJ) están avalando las restricciones en unas comunidades, mientras que los jueces las están rechazando en otras.

¿En qué comunidades han aprobado las restricciones?

De momento, han sido varios los tribunales que han validado diferentes restricciones autonómicas. Baleares fue la primera en conseguir el visto bueno de su TSJ. El jueves, los magistrados permitieron al Govern balear seguir imponiendo el toque de queda entre las 23:00 y las 6:00 horas, controles para la entrada en la Comunidad, limitaciones a las reuniones y encuentros sociales y restricciones de aforo en lugares de culto. Consideran los jueces que "no hay derechos absolutos". La Fiscalía se opuso a algunas de estas medidas al entender que carecían de la suficiente cobertura, una vez terminado el paraguas legal del estado de alarma, y estudia recurrir.

Este viernes, los magistrados de la Comunidad Valenciana y Cataluña han aprobado las medidas de sendos gobiernos. En el territorio valenciano estará prohibida hasta el 24 de mayo la circulación de personas entre las 00:00 y las 6:00 horas y se impondrá una limitación de las agrupaciones o reuniones de carácter familiar a un número máximo de 10 personas, así como la reducción al 75% del aforo en los lugares de culto. En Cataluña, el número de personas que pueden reunirse se reduce a seis, pero no habrá toque de queda.

¿En cuáles se han denegado?

El primer -y, de momento, único- varapalo se lo ha llevado el País Vasco. Sus jueces, al contrario que los baleares, consideran que el Ejecutivo de Iñigo Urkullu no tiene la competencia suficiente para cerrar perimetralmente Euskadi cuando su tasa de incidencia acumulada de contagios por covid-19 en 14 días sea superior a 200 por cada 100.000 habitantes, como pretendía el Ejecutivo vasco, ni tampoco para imponer el toque de queda nocturno. 

¿Cómo es posible que se aprueben medidas en una comunidad y no en otras?

Hasta ahora, las autonomías contaban con un amplio margen para actuar contra la pandemia. En octubre, y tras un verano convulso también en los tribunales, el Gobierno volvió a aprobar la declaración de un estado de alarma en el que establecía el toque de queda y compartía la cogobernanza con las autonomías. En la práctica, les otorgaba un paraguas jurídico para establecer restricciones a derechos fundamentales sin mayores problemas.

Sin embargo, nueve meses después, este domingo ese paraguas decae y el futuro de algunas medidas de las autonomías pende de un hilo, aunque el Gobierno ha movido ficha para –al menos– intentar evitar una discordancia normativa, es decir, que unas autonomías se permitan unas restricciones y en otras no. Ello podría suponer, a juicio de la Fiscalía, el incumplimiento del artículo 14 del principio de igualdad entre españoles de la Constitución.

¿Quién tiene la última palabra?

En este contexto, el Ejecutivo aprobó un real decreto-ley en el que otorga al Tribunal Supremo la última palabra sobre las restricciones que podían implantar las autonomías, con el fin de que no hubiese diferenciaciones. 

El funcionamiento es el siguiente: en primer lugar, las autonomías deberán solicitar la ratificación judicial al tribunal superior de justicia (TSJ) de cada comunidad. Después, en caso de que las restricciones propuestas sean denegadas, la comunidad podrá ir al Supremo. Para ello, deberá presentar un recurso en los tres días siguientes a su rechazo por parte del TSJ. El Supremo abrirá entonces un plazo de tres días para que las partes presenten alegaciones y, después, decidirá en cinco días.

Las asociaciones de jueces han mostrado malestar, al igual que lo ha hecho el propio Alto Tribunal. En un informe que realizó de forma exprés, el TS duda de la constitucionalidad de la norma, aprobada en el Consejo de Ministros del pasado martes, a pocos días de que decaiga la alarma. Además, el informe asegura que el Ejecutivo que dirige Pedro Sánchez convierte a los tribunales de justicia en "una suerte de copartícipes ejecutivos en el proceso de adopción de medidas".

¿Qué restricciones están en el aire?

No todas las medidas contra la Covid adoptadas por las administraciones públicas limitan derechos fundamentales, pero hay dos que los juristas ven inviable aplicar sin el paraguas jurídico del estado de alarma, reflejado en el artículo 116 de la Constitución Española: el toque de queda y los cierres perimetrales. Incluso, el exministro de Sanidad, Salvador Illa, lo reconoció en junio del pasado año. "La movilidad no se puede restringir fuera del estado de alarma", señaló el pasado mes de junio

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