La Fiscalía solicita archivar la querella de Òmnium contra el rey emérito por fraude fiscal y blanqueo

El Rey Juan Carlos, en una imagen de archivo
El Rey Juan Carlos, en una imagen de archivo
JOAN LLADO
El Rey Juan Carlos, en una imagen de archivo

La Fiscalía del Tribunal Supremo ha solicitado la inadmisión a tramite de la querella contra Juan Carlos I por presuntos delitos de corrupción, de blanqueo de capitales y de fraude fiscal relacionado con el origen de su presunta fortuna en cuentas en el extranjero, presentada el pasado mes de julio por la asociación independentista Òmnium Cultural.

Así como ha admitido que la comisión rogatoria, solicitada en su momento a la Fiscalía de la República y Cantón de Ginebra en relación con la investigación abierta al Rey emérito Juan Carlos I, "abre nuevas perspectivas" y la necesidad de ser complementada con la práctica de otras diligencias.

El Ministerio Público, además, ha solicitado en el escrito que se inadmita la denuncia por parte de Atenes des Juristes pels Drets Civils, una segunda querella muy similar que se adhirió a la de Ómnium. Una demanda que se centraba en la solicitud de la investigación sobre la procedencia de la "fortuna" de Don Juan Carlos I en posibles cuentas en el extranjero y que se requiera a Suiza el bloqueo de las cuentas en ese país porque hay "indicios suficientes para iniciar una investigación por corrupción" y porque la Fiscalía helvética también está indagando al respecto.

Y es que, para el fiscal, la falta de precisión de ambas reclamaciones no facilita un estudio perfecto de los hechos "todo parece indicar, a la vista de lo preceptuado en los artículos 131 y siguientes del Código Penal, que, a tales hipotéticos delitos, les sería de aplicación el instituto de la prescripción".

El informe de 14 páginas, no obstante, alude que la inviolabilidad. A pesar de que en el artículo 56 de la Constitución se recoge "que no es susceptible de matización, excepción o exclusión", la Fiscalía habla de que "puede entenderse como sinónimo de irresponsabilidad", pues "no se puede perseguir penalmente al Monarca y, en cuanto se refiere a la responsabilidad civil, no se le puede demandar ante la jurisdicción ordinaria" por hechos cometidos hasta su abdicación el 18 de junio de 2014.

Por otro lado, el pasado 4 de agosto, la Sala de vacaciones del Tribunal Supremo rechazaba la adopción de medidas cautelares que había solicitado la asociación cultural como retirada de pasaporte contra Juan Carlos I y recordó que el Rey emérito no está investigado por este órgano. 

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