Fase 1: ¿puedo coger el coche o la moto para ir a hacer ejercicio o pasear en otro lado?

Gente paseando y haciendo deporte por el parque de los Pericones
Gente paseando y haciendo deporte por el parque de los Pericones
EUROPA PRESS
Gente paseando y haciendo deporte por el parque de los Pericones

Desde este lunes 25 de mayo, un 53% de la población en España se encuentra en la Fase 1 del plan de desescalada y un 47% en la Fase 2. Este proceso hasta llegar a la "nueva normalidad" será gradual, asimétrico, coordinado con las diferentes Comunidades Autónomas y adaptable en función de la evolución de la epidemia en cada territorio. 

Las medidas para la flexibilización de las restricciones en aquellos territorios que se encuentren en Fase 1 están publicadas en la Orden SND/399/2020, de 9 de mayo, y las marcadas para la aplicación en la Fase 2 en la Orden SND/414/2020, de 16 de mayo. Además, este sábado 23 de mayo el Ministerio de Sanidad ha publicado una nueva orden en el Boletín Oficial del Estado (BOE) con las modificaciones y especificaciones concretas en ambas fases.

¿Cuáles son las medidas en la Fase 1 para paseos y actividad física?

Estas órdenes regulan las medidas a adoptar en relación con los paseos y la práctica de actividad física. En este sentido, ¿hay novedades en la Fase 1? ¿puedo desplazarme en coche o moto a otra zona para hacer deporte o pasear? 

A partir de este lunes, las personas que se encuentren en la Fase 1 podrán salir a pasear o a practicar deporte individual (correr, montar en bicicleta...) al aire libre y sin contacto físico en grupos de hasta 10 personas, respetando siempre las medidas de seguridad e higiene de las autoridades sanitarias. 

Las franjas horarias establecidas para practicar alguna de estas actividades se mantienen en esta fase, salvo para territorios con menos de 10.000 habitantes que no tendrán limitación horaria. No obstante, las comunidades y ciudades autónomas podrán acordar adelantar dos horas las franjas horarias y que terminen hasta dos horas después, "siempre y cuando no se incremente la duración total de dicha franja". 

Respecto a los desplazamientos para pasear o practicar deporte, no está permitido coger el coche, la moto o utilizar el transporte público para desplazarse a otra zona a realizar estas actividades, salvo que se trate de deportistas y/o entrenadores federados.

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