El Gobierno baja el IVA al 10% a los servicios prestados por artistas

  • También queda protegida, durante los periodos de inactividad , la situación de la trabajadora embarazada o en periodo de lactancia natural.
Ensayo de la obra “Un muerto con suerte” en el Teatro Echegaray de Málaga.
Ensayo de la obra “Un muerto con suerte” en el Teatro Echegaray de Málaga.
TEATRO ECHEGARAY / DANIEL PÉREZ
Ensayo de la obra “Un muerto con suerte” en el Teatro Echegaray de Málaga.

El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes un real decreto-ley para apoyar la creación artística. Esta resolución incluye una serie de medidas como la bajada del IVA a los servicios prestados por autores, creadores y productores del 21 al 10%.

Pedro Sánchez, presidente del Gobierno, ha asegurado en la rueda de prensa posterior a la reunión que mantuvo con su equipo, que estas medidas suponían "un paso adelante en el ámbito cultural" y que respondía a una "reivindicación histórica" para dotar al sector de unas "condiciones laborales dignas".

Además, los artistas podrán continuar en el Régimen General de Seguridad Social durante periodos de inactividad, incluida la baja por maternidad o lactancia, y compatibilizar la pensión de jubilación con los ingresos por derechos de propiedad intelectual.

En una nota de prensa emitida este viernes, el Ministerio de Cultura y Deporte expone que las medidas se centran en la fiscalidad del sector, la protección laboral y de Seguridad Laboral, y la compatibilidad entre prestaciones por jubilación e ingresos por derechos de autor.

En concreto, en materia de fiscalidad, el real decreto ley aprobado baja el IVA del 21% al 10%, aplicable a los servicios prestados por intérpretes, artistas, directores, técnicos que sean personas físicas, a los productores y organizadores de obras y espectáculos culturales. En este sentido, a partir del 1 de enero de 2019 se recuperará la aplicación del tipo reducido de IVA a estos servicios esenciales de la industria cultural, con el objetivo de fomentar la creación artística, el crecimiento de la industria cultural y la difusión y acceso a la cultura de los ciudadanos.

Además se reducirá, del 19 al 15%, el tipo de retención e ingreso a cuenta del IRPF aplicable a los rendimientos del capital mobiliario procedentes de la propiedad intelecutal cuando el contribuyente no sea el autor. De este modo, se equipara este tipo de retención al que tienen los propios autores, se explica desde el Ministerio. "Con esta iniciativa se beneficia, entre otros, a los herederos del artista, para que no les retengan más que al propio artista", expone la nota de prensa.

Producción Internacional

Según lo acordado, también se eliminarán las obligaciones, incluidas en la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2018, que debían asumir los productores de cine para acogerse a la deducción fiscal por producir cine internacional en España.

Por otro lado, se prevé que los artistas en espectáculos públicos podrán continuar incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social durante periodos de inactividad de forma voluntaria, siempre y cuando, acrediten, al menos, 20 días en alta con prestación real de servicios de dica actividad en el año natural anterior. Esta inclusión deberá solicitarse a la Tesorería General de la Seguridad.

Por otro lado, también queda protegida, durante los periodos de inactividad, la situación de la trabajadora embarazada o en periodo de lactancia natural hasta que el hijo cumpla nueve meses, que no pueda continuar realizando la actividad laboral de artista en espectáculos públicos.

En un plazo de seis meses, desde la publicación del presente real decreto-ley, el Gobierno aprobará una norma para reglar la compatibilidad de la pensión de jubilación con las actividades de aquellos profesionales dedicados a la creación artística que perciban por esa acividad derechos de propiedad intelectual.

Ese reconocimiento de compatibilidad llevará aparejada una cotización de solidaridad del 8%, que en caso de tratarse de trabajadores por cuenta ajena será a cargo del empresario el 6%, y del trabajador el 2%.

Asimismo, el real decreto prevé modificar la regulación de la relación laboral especial de los artistas en espectáculos públicos.

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