Hasta cuándo se puede votar por correo en las elecciones de País Vasco 2024

Un ticket de turno de voto por correo
Los vascos y vascas residentes en País Vasco que quieran depositar su voto de manera presencial deberán hacerlo en una oficina de Correos.
Europa Press
Un ticket de turno de voto por correo

El pasado 23 de febrero el l lehendakari Iñigo Urkullu anunció la convocatoria de las elecciones vascas para el próximo 21 de abril. Con ello, son más de 2 millones de ciudadanos vascos los que están citados a las urnas para elegir al que quieran que sea su próximo representante autonómico. Los colegios electorales abrirán durante la jornada dominical para que los vascos y vascas se acerquen a depositar su voto.

Por su parte, la parte de la población que reside en País Vasco, pero que no está el día de las elecciones en el territorio, o que reside en el extranjero pero sigue empadronada en la comunidad, ya puede ejercer su voto mediante correo.

Tal y como informan desde la web oficial del Gobierno vasco, existen tres grupos de personas que pueden votar por correo en las próximas elecciones del 21 de abril:

  • Quienes viven en País Vasco, pero deseen votar por correo por la circunstancia que fuere.
  • Quienes estén empadronados, pero residan de manera temporal fuera de País Vasco.
  • Quienes residan de manera permanente en el extranjero, pero tienen derecho al voto en estas elecciones. Es el denominado voto CERA, el censo de personas residentes que se denominan ausentes.

Voto por correo de los residentes en País Vasco o temporales en el Estado

Los residentes en Euskadi o temporales en el Estado ya pueden solicitar el voto por correo. Tienen como fecha límite el 11 de abril y podrán hacerlo de dos maneras diferentes: 

  • Mediante el impreso en papel disponible en todas las oficinas de Correos y descargable en las páginas web de Correos, del INE o del Gobierno Vasco. Este deberán rellenarlo con los datos requeridos, firmarlo a mano y entregarlo personalmente en cualquier oficina de Correos. Para la entrega será necesario identificarse mediante un documento oficial válido (DNI, NIE, etc.).
  • Solicitarlo online a través de la página web de Correos. Para ello tamibén será necesario pasar un proceso previo de autenticación con un certificado digital oficial válido (Izenpe, DNI electrónico, etc.).

Los solicitantes recibirán la documentación y las papeletas entre el 1 y el 4 de abril. Con esa documentación podrán emitir su voto por correo certificado de manera presencial y previa identificación en cualquier oficina de Correos con fecha límite del 17 de abril.

Voto por correo para los residentes temporales de País Vasco en el extranjero

Aquellos ciudadanos vascos que esten residiendo temporalmente en el extranjero tambien pueden realizar la solicitud del voto por correo. Solamente tienen que inscribirse como 'no residente' en el Registro de Matrícula Consular y la fecha límite para ello es el 23 de marzo. Una vez inscritos, podrán recoger el impreso de la solicitud de voto por correo en el Consulado o descargárselo de la web del Gobierno Vasco o de la del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.

La oficina del Censo Electoral remitirá la documentación y las papeletas electoral por correo certificado y el elector o electora las enviará, también por correo certificado a su mesa electoral, entre el 26 de marzo al 17 de abril.

Voto por correo para los residentes permanentes de País Vasco en el extranjero

Por primera vez, los vascos y vacas que residen permanentemente en el extranjero van a poder votar en las elecciones autómicas. Esto se ha conseguido mediante la modificación del artículo 75 de la LOREG (voto rogado). Para poder votar por correo, solamente tendrán que estar inscritos en el censo CERA de residentes ausentes. Estas personas recibirán automáticamente la documentación en su domicilio sin tener que solicitarlo.

  • Entre el 16 y el 22 de marzo: entrega del correo certificado con la documentación necesaria para votar, a excepción de las papeletas.
  • Entre el 27 y el 31 de marzo: correo ordinario con las papeletas de todas las candidaturas (también podrán obtenerse en los consulados o descargarse de la página web del Gobierno Vasco).
  • Entre el 13 y el 18 de abril: plazo para depositar el voto en la urna del Consulado.
  • 16 de abril: fecha límite de remitir por correo certificado el voto escogido al Consulado correspondiente.
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