El Constitucional ampara a Otegi y rechaza repetir el juicio contra él por el intento de la reconstrucción de Batasuna

El pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha acordado amparar al líder de EH Bildu, Arnaldo Otegi, y ha rechazado repetir el juicio por el caso Bateragune.
El pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha acordado amparar al líder de EH Bildu, Arnaldo Otegi, y ha rechazado repetir el juicio por el caso Bateragune.
El pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha acordado amparar al líder de EH Bildu, Arnaldo Otegi, y ha rechazado repetir el juicio por el caso Bateragune.
El líder de EH Bildu, Arnaldo Otegui, en una imagen de archivo.
Europa Press

El Tribunal Constitucional (TC) ha dado amparo al líder de EH Bildu, Arnaldo Otegi, al mostrarse en contra de repetir el juicio por el 'caso Bateragune' como ordenó en 2020 el Tribunal Supremo. El órgano de garantías ha estipulado que repetir el proceso supondría vulnerar el derecho del abertzale a la tutela judicial efectiva porque quebraría el principio de non bis in idem, según el cual no se puede juzgar a una persona dos veces por los mismos hechos. Se trata del segundo fallo del Constitucional que esta semana enmienda una decisión del Supremo.

El debate de la sentencia redactada por el exministro Juan Carlos Campo ha sido intenso y ha monopolizado el Pleno. El resultado ha sido de siete votos a favor y cuatro en contra, una muestra más de la dinámica de bloques asentada desde que se renovó el tribunal a principios del año pasado. Tres de los magistrados conservadores formularán un voto particular explicando por qué se oponen al amparo y cuatro de los progresistas redactarán votos concurrentes explicando o ampliando sus argumentos a favor. 

Así se pone punto y final a un periplo judicial que comenzó en verano de 2011 contra los líderes de la alianza Bateragune. Todo se remonta al año 2002, cuando se aprobó la ley de partidos para la ilegalización de las formaciones políticas que apoyaban a ETA. 

Según decretó la Audiencia Nacional, la alianza independentista Bateragune se había fundado en 2008 bajo las órdenes de ETA en un intento de reconstruir Batasuna, que había sido ilegalizada en 2003 a raíz de la ley de partidos. En 2009 se detuvo a diez abertzales que estaban detrás del proyecto, entre ellos Otegi, Arkaitz Rodríguez, Rafael Díez Usabiaga, Miren Zabaleta y Sonia Jacinto. 

El asunto se llevó a juicio en junio de 2011 en la Sección Cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, presidida por la magistrada Ángela Murillo, que el año anterior había sido apartada de otro juicio contra Otegi. En este procedimiento, la jueza preguntó al dirigente vasco si condenaba a ETA y este se acogió a su derecho de no responder. "Ya sabía yo que no me iba a contestar a la pregunta", dijo la togada, y Otegi logró con esa frase demostrar ante la Audiencia Nacional que Murillo no era imparcial. Sin embargo, cuando intentó apartarla del 'caso Bateragune' no logró el apoyo de la Audiencia ni del Supremo ni del Constitucional.

En septiembre de 2011, Otegi fue condenado a 10 años de prisión y una pena idéntica de inhabilitación por la sala presidida por Murillo. El líder abertzale recurrió ante el Supremo, que en 2012 desestimó su recurso pero rebajó la pena a seis años y medio. El Supremo coincidió con la Audiencia Nacional en considerar acreditado que Bateragune se había fundado bajo las directrices de ETA, pero no vio indicios que situaran a Otegi en la cúpula de la organización terrorista. 

La sentencia del Supremo fue recurrida por los condenados ante el Tribunal Constitucional, que rechazó los recursos en 2014. Pero las vías legales no se habían agotado: en 2015 Otegi presentó una demanda ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) contra el presidente del Constitucional, otro magistrado del tribunal y Ángela Murillo. Al año siguiente cumplió su condena y salió de prisión. 

Llevaba más de dos años fuera de la cárcel cuando el Tribunal de Estrasburgo respondió su demanda, una vez ETA ya se había disuelto. La reprimenda a España fue importante: el tribunal europeo sentenció que el juicio contra Otegi había sido injusto por la falta de imparcialidad de la magistrada Ángela Murillo. Así que en julio de 2020 el Supremo tuvo que anular la sentencia, pero en diciembre de ese año (y esto es lo que se ha debatido ahora en el Tribunal Constitucional) decidió por unanimidad que había que repetir el juicio.

"Un defecto procesal no puede convertirse en una exención penal", razonó la Sala de lo Penal del alto tribunal. Con lo que, más de cuatro años después de cumplir condena, Otegi recurrió de nuevo la decisión del Supremo y el Tribunal Constitucional decidió paralizar cautelarmente el procedimiento hasta resolver el asunto. 

La respuesta ha llegado este miércoles como un nuevo varapalo del tribunal de garantías al Supremo. El Constitucional destaca que Otegi no pidió repetir el procedimiento cuando acudió al TEDH y dice que hay que preservar el principio del non bis ni ídem, más aún cuando las penas impuestas por el Supremo se han cumplido ya íntegramente. 

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