El Constitucional estudiará la reforma del reglamento del Senado que impulsó el PP para dilatar la tramitación de la amnistía

La sede del Tribunal Constitucional, en Madrid.
La sede del Tribunal Constitucional, en Madrid.
TC
La sede del Tribunal Constitucional, en Madrid.

El Tribunal Constitucional estudiará la reforma del reglamento del Senado impulsada por el Partido Popular para dilatar la tramitación de la ley de amnistía. En el Pleno celebrado este martes, la corte de garantías ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad que interpuso el Grupo Parlamentario Socialista contra esta modificación de los artículos 133 y 182 del reglamento aprobada el pasado 14 de noviembre en la Cámara Alta. 

La reforma ideada por el PP permite que la Mesa del Senado decida no tramitar por vía de urgencia la proposición de ley de amnistía, sin importar que el Congreso de los Diputados haya procedido de esa manera. Esto implica al parecer del PSOE una vulneración del artículo 90.3 de la Constitución, que dice: "El plazo de dos meses de que el Senado dispone para vetar o enmendar el proyecto se reducirá al de veinte días naturales en los proyectos declarados urgentes por el Gobierno o por el Congreso de los Diputados". 

El pasado 19 de diciembre, cuando el PSOE anunció el recurso, el portavoz socialista en el Senado, Juan Espadas, afirmó que la reforma era "inconstitucional" y que "vulnera las competencias del Congreso". No solo por ir en contra de la Constitución, también porque la aprobación de la reforma no estuvo precedida de "los trámites esenciales previstos en el Reglamento del Senado". 

"Nos llama la atención la brocha gorda con la que el PP ha entendido que su mayoría absoluta lo facultaba para hacer algo tan inconstitucional", exclamó Espadas. El quid  de la cuestión está en la forma de interpretar el artículo 90.3 de la Constitución. El precepto habla expresamente de proyectos de ley, por lo que el PP no considera que sea aplicable a las proposiciones de ley. Según Génova, la omisión "no es casual sino fruto de la voluntad de los constituyentes"

El PSOE, en cambio, asegura que la jurisprudencia del Tribunal Constitucional ha considerado reiteradamente que el artículo 90.3 no solo es aplicable a los proyectos de ley, que emanan del Gobierno, sino también a las proposiciones de ley, como es el caso de la amnistía, que emanan de las Cortes.

"[El Senado] no puede decidir unilateralmente que no le concierne la regulación constitucional sobre la urgencia de la tramitación de los textos legislativos  que proceden de el Congreso", reza el recurso que el Pleno del Tribunal Constitucional ha admitido a trámite. Al contrario que el PSOE, el PP sostuvo al aprobar la medida que se trata de una reforma para la "mejora de la calidad democrática" tramitada conforme al criterio de los servicios jurídicos de la Cámara. 

La ley que pretende aprobar el PSOE y sus socios requiere, a su juicio, una tramitación ordinaria y no urgente, cuando además la fórmula elegida de la proposición de ley ha evitado que jueces y expertos se pronuncien para emitir una "opinión jurídica" al respecto de la norma.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento